FACULTAD GENERAL Cláusulas de Ejemplo

FACULTAD GENERAL. El CETAC/DGAC velará permanentemente por que la prestación de los servicios aeroportuarios se lleve a cabo de manera que satisfaga de la mejor forma los intereses de los usuarios y del país.

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  • Objetivo General El objetivo general del programa es:

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • DATOS GENERALES 1.1 Nombre y Dirección de la Planta, Teléfonos, 1.1 y 1.2 Comprobar documentalmente 1.2 Dirección electrónica y correo electrónico. Nombre y puestos de los directivos principales de la planta. que presenta la información solicitada en los puntos indicados, pudiendo solicitar su verificación en el domicilio de la empresa durante la relación comercial con CFE.

  • Servicios Generales Está integrado por quienes realicen servicios y trabajos no específicamente bancarios, tales como conserjería, vigilancia, conservación, limpieza y cualesquiera otros de análoga naturaleza. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los niveles IX al XII. El Nivel XII quedará reservado al personal de limpieza.

  • Secciones sindicales Los trabajadores afiliados a sindicatos con presencia en los Comités de Empresa, en Centros de Trabajo que ocupen más de 250 trabajadores, cualquiera que sea la clase de su contrato, podrán constituir Secciones Sindicales, que estarán representadas, a todos los efectos, por Delegados Sindicales elegidos por y entre sus afiliados en el correspondiente Centro de Trabajo. El número de Delegados Sindicales, por cada Sección Sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10% de los votos en la elección al Comité de Empresa, se determinará según la siguiente escala: De 250 trabajadores a 750: Uno. De 751 trabajadores a 2.000: Dos. De 2.001 trabajadores a 5.000: Tres. De 5.000 trabajadores en adelante: Cuatro. Las Secciones Sindicales de aquellos sindicatos que, representados en el Comité de Empresa de Centros de 250 o más trabajadores, no hubieran obtenido, en la elección del mismo, el 10% de los votos, estarán representados por un solo Delegado Sindical. Constituida la Sección Sindical, en la forma y condiciones anteriormente establecidas, el correspondiente sindicato lo comunicará fehacientemente a la Dirección del Centro, señalando el nombre de los delegados que hubieran resultado elegidos para representarle, reconociéndoseles, a partir de ese momento, su condición de representantes del sindicato a todos los efectos. Los Delegados Sindicales, en el supuesto de que no formen parte del Comité de Empresa, tendrán las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros de los Comités de Empresa, así como los siguientes derechos: cve: BOE-A-2011-13276 1. Tener acceso a la misma información y documentación que la Empresa ponga a disposición del Comité de Empresa, estando obligados los Delegados Sindicales a guardar sigilo profesional en aquellas materias en las que legalmente proceda. 2. Asistir a las reuniones de los Comités de Empresa y de los órganos internos de la Empresa en materia de Seguridad y Salud, con voz, pero sin voto. 3. Ser oídos por la Empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular, y especialmente en los despidos y sanciones de estos últimos. 4. A los derechos establecidos en el apartado b) del punto 2.1. de este Capítulo.