FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Usted firma un pagaré incompleto ("Pagaré") a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas: (a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx. (b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato. (c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco. (d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas. (e) El Pagaré será emitido con la "Cláusula Sin Protesto". Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado. (f) El Banco podrá transferir el Pagaré.
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Samples: Contrato De Línea De Préstamo Comercial, Línea De Préstamo Comercial, Préstamo Dinerario Comercial
FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 27287, Ley de Tìtulos Valores y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Circular sobre Tìtulo Valor emitido en forma incompleta, Usted firma un pagaré incompleto ("Pagaré") a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré será emitido con la "Cláusula Sin Protesto". Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado.
(f) El Banco podrá transferir el Pagaré.
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Samples: Préstamo Personal, Préstamo Personal
FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Circular sobre Título Valor emitido en forma incompleta. Usted firma un pagaré incompleto ("Pagaré") a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré será emitido con la "Cláusula Sin Protesto". Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado.
(f) El Banco podrá transferir el Pagaré. IMPORTANTE: No firme este documento si Usted no ha recibido una copia del Pagaré o si no ha sido informado por el Banco acerca de los mecanismos legales que lo protegen.
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Samples: Loan Agreement
FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Usted firma un pagaré incompleto ("“Pagaré"”) a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré será emitido con la "“Cláusula Sin Protesto"”. Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado. Usted asumirá los gastos del protesto.
(f) El Banco podrá transferir el Pagaré. IMPORTANTE: No firme este documento si Usted no ha recibido una copia del Pagaré o si no ha sido informado por el Banco acerca de los mecanismos legales que lo protegen.
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Samples: Préstamo Personal
FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 27287, Ley de Títulos Valores, y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Circular sobre Título Valor emitido en forma Incompleta, Usted firma un pagaré incompleto ("Pagaré") a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré será emitido con la "Cláusula Sin Protesto". Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado.
(f) El Banco podrá transferir el Pagaré.
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FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 27287, Ley de Títulos Valores, y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Circular sobre Título Valor emitido en forma incompleta, Usted firma un pagaré incompleto ("“Pagaré"”) a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré pagaré será emitido con la "“Cláusula Sin Protesto"”. Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado.
(f) El Banco podrá transferir el Pagaré. IMPORTANTE: No firme este documento si Usted no ha recibido una copia del Pagaré o si no ha sido informado por el Banco acerca de los mecanismos legales que lo protegen.
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Samples: Préstamo Personal
FIRMA DE PAGARÉ. De acuerdo a la Ley N° 27287 27287, Ley de Títulos Valores, y a la Circular SBS N° G-0090-2001, Circular sobre Título Valor emitido en forma incompleta, Usted firma un pagaré incompleto ("Pagaré") a favor del Banco. El Pagaré será completado por el Banco siguiendo estas reglas:
(a) El Pagaré indicará el número xxx Xxxxxxxx.
(b) La fecha de emisión del Pagaré será la misma que la fecha de suscripción del Contrato.
(c) El Banco completará el Pagaré si, por cualquier razón, Usted debe pagar de manera inmediata la totalidad xxx Xxxxxxxx. El Pagaré será llenado por el monto total de su deuda, según el cálculo (liquidación) efectuado por el Banco.
(d) La fecha de vencimiento del Pagaré será la fecha en la que el Banco realice el cálculo (liquidación) de liquidación)de la suma que Usted deba. Desde la fecha de vencimiento del Pagaré hasta la fecha en la que Usted lo pague se seguirán generando intereses compensatorios y moratorios a las tasas pactadas.
(e) El Pagaré será emitido con la "Cláusula Sin Protesto". Sin perjuicio de ello, el Pagaré podrá ser protestado.
. (f) El f)El Banco podrá transferir el Pagaré.
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