MONEDA DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

MONEDA DE PAGO. Los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
MONEDA DE PAGO. 16.5 Los pagos de acuerdo con el Contrato se harán en la moneda o monedas en la en las que se solicite el pago en la Propuesta.
MONEDA DE PAGO. El pago del contrato debe hacerse en la moneda o monedas en que el oferente ganador haya cotizado el precio de su oferta.
MONEDA DE PAGO. En el caso de que EL PROVEEDOR sea nacional, el pago se hará conforme a la Ley Monetaria mediante transferencia electrónica en pesos mexicanos. • En el caso de que EL PROVEEDOR sea extranjero, y el pago se realice en territorio Nacional, será conforme a la Ley Monetaria. Si es en el extranjero se hará mediante transferencia electrónica o carta de crédito en caso de aplicar financiamiento (el costo del establecimiento de la carta de crédito debe ser cubierto por EL PROVEEDOR con la moneda establecida en el Contrato.
MONEDA DE PAGO. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 118 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14 -06-12), los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
MONEDA DE PAGO. Todos los pagos contemplados en este Contrato de Transporte deberán efectuarse en pesos colombianos. Las facturas por concepto de Servicio de Transporte de Gas Natural serán nominadas en Dólares y serán convertidas por EL TRANSPORTADOR y pagadas en pesos colombianos, utilizando como base la tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx del último día del Mes que se factura.
MONEDA DE PAGO. 40.1 Todo pago bajo este Contrato se hará en la(s) moneda(s) que se indican en el mismo, salvo que las CEC indiquen otra cosa.
MONEDA DE PAGO. Los pagos se efectuarán en moneda nacional.
MONEDA DE PAGO. 45.1 Todo pago previsto en el presente Contrato se efectuará en las monedas que se indican en las CEC.
MONEDA DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos. El plazo comenzará a regir a partir de la presentación de la factura y su correspondiente conformidad de recepción. El término fijado será interrumpido si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir imputables al acreedor, hasta cumplir el trámite o subsanado el vicio. Si se previese el “pago contra entrega” se entenderá que el mismo se realizará dentro de las 48 horas de presentada la documentación indicada anteriormente. Si se realizara algún pago en concepto de anticipo, el contratante deberá presentar una garantía por el 100% de los montos a anticipar, mediante las modalidades previstas en el ARTÍCULO 5°. El pago se efectuará en moneda de curso legal de la República Argentina, salvo que el Oferente sea extranjero, en cuyo caso se efectuará en la moneda de curso legal del país del Oferente. Para el caso de cotizaciones realizadas en moneda extranjera por un Oferente local, se efectuará la conversión según el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, al cierre de las operaciones del día anterior del efectivo pago.