Forma de pago de los SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la API, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes: a) El PROVEEDOR proporcionará los servicios en los domicilios comunicados por la API. b) En los siguientes cinco días posteriores a la entrega del servicio, el PROVEEDOR entregará a la API la factura correspondiente a los servicios prestados, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación en los 20 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere. c) En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, la API rechazará, dentro de un plazo máximo de 3 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR ganador para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 15 días iniciara a partir de la fecha de la nueva presentación. d) El PROVEEDOR deberá presentar en compañía de la primera factura que presente para pago, carta original de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación de los servicios, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, banco y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica. A efecto de tramitar cada pago, la API requerirá al PROVEEDOR una factura que cumpla con los requisitos fiscales. Los pagos serán mensuales y se efectuarán a mes vencido dentro de los 20 días posteriores al que el PROVEEDOR presente la factura. Cadenas Productivas. En virtud de que la API, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del PROVEEDOR mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico. El PROVEEDOR, podrá iniciar su afiliación comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación Para que proceda la tramitación del pago, el PROVEEDOR deberá presentar mensualmente copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses de recibo, así como de la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y de pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta. De la misma manera de conformidad con el artículo 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el PROVEEDOR deberá entregar copia simple de la declaración correspondiente y del acuse de recibo del pago del impuesto, así como de la información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de dicho impuesto.
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Samples: Contract for Optimization Study and Project, Contract for Supply and Installation of Self Supporting Tower
Forma de pago de los SERVICIOS. Las políticas En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Banobras realizará el pago que aplicará de los servicios objeto de la APIcontratación por mes vencido y dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la presentación de la Factura y, para en su caso, la facturación Nota de Crédito correspondientes al mes de que se derive de la prestación de los SERVICIOS trate y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
a) El PROVEEDOR proporcionará los servicios en los domicilios comunicados por la API.
b) En los siguientes cinco días posteriores a la entrega de la Constancia de Aceptación de los Servicios emitida por el Titular de la Gerencia de Servicios Generales, de haber recibido los servicios, a su entera satisfacción, en términos del serviciocontrato y sus anexos. La Factura y, en su caso la Nota de Crédito mencionadas en el PROVEEDOR entregará párrafo anterior, deben estar en formato digital, debida y fiscalmente requisitadas conforme a la API norma fiscal vigente. Con la factura correspondiente a los servicios prestados, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación en los 20 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere.
c) En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, la API rechazará, dentro de un plazo máximo de 3 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR ganador para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 15 días iniciara a partir de la fecha de la nueva presentación.
d) El PROVEEDOR deberá presentar en compañía de la primera factura que presente para pago, carta original de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación facturación de los servicios, firmada el Proveedor, por el conducto de su Representante Legal, con atención a o bien, de quien éste designe por escrito al Titular de la Jefatura del Departamento Gerencia de Tesorería; indicando número Servicios Generales de cuenta bancariaBanobras, banco debe presentar conciliado y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga formalizado el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica. A efecto de tramitar cada pago, la API requerirá al PROVEEDOR una factura que cumpla con los requisitos fiscales. Los pagos serán mensuales y se efectuarán a mes vencido dentro Informe Mensual de los 20 días posteriores al que Servicios Prestados durante el PROVEEDOR presente la factura. Cadenas Productivas. En virtud de que la API, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del PROVEEDOR mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico. El PROVEEDOR, podrá iniciar su afiliación comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación Para que proceda la tramitación mes objeto del pago, documento este último en el PROVEEDOR deberá presentar mensualmente copia que, en su caso, también se establecerán expresamente las cantidades a penalizar con motivo del atraso en que incurra el Proveedor a los plazos, términos y condiciones pactados para la entrega de los comprobantes fiscales por concepto servicios. El Proveedor debe conciliar el soporte de pago la facturación, previo a su presentación en forma electrónica y en formato MS-EXCEL 2013 o superior.
1. Primera facturación:
1.1. El Proveedor debe hacer entrega, en medio electrónico y en formato MS- EXCEL 2013 o superior, del Inventario Electrónico Inicial xx Xxxxx de salarios Archivo, conforme a lo solicitado en el inciso “a) Registro xx Xxxxx de Archivo” del apartado “II. Alcance general de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratadoservicios” de este Anexo Técnico.
1.2. El Proveedor debe considerar la parte proporcional, en su caso, de los acuses de recibo, así como siguientes servicios correspondientes al primer mes de la declaración relación contractual:
1.2.1. Resguardo de entero Caja(s) de las retenciones Archivo.
1.2.2. Recolección de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y Caja(s) de pago Archivo para el envío al Recinto del
1.2.3. Extracción de las cuotas obrero patronales Caja(s) de Archivo para su envío al Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta. De la misma manera de conformidad con el artículo 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el PROVEEDOR deberá entregar copia simple de la declaración correspondiente y del acuse de recibo del pago del impuesto, así como de la información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de dicho impuesto.Edificio Sede de
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Samples: Licitación Pública
Forma de pago de los SERVICIOS. El pago se realizará en dos (2) cuotas con cargo al presupuesto del año respectivo, de manera proporcional a los servicios y en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento publicada por el Banco Central de Chile, el día de emisión de la orden de compra correspondiente. El primer pago se realizará una vez certificada por la Contraparte Técnica la recepción conforme de las respectivas Pólizas de Seguros, y considerará la proporcionalidad desde la emisión de la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2021; el segundo pago corresponderá a los servicios prestados durante el año 2022. El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro respectivo, de acuerdo a las condiciones solicitadas en el párrafo anterior, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura. En el caso de las órdenes de compra asociadas al pago de los deducibles que pudieren ocasionarse, éstas se emitirán previo requerimiento de la Contraparte técnica, de conformidad a lo señalado en el punto 1.6.3 de las bases técnicas. El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro de acuerdo a las condiciones declaradas en la orden de compra aceptada por aquel, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura. Las políticas facturas deberán ser extendidas a nombre de pago que aplicará la APISubsecretaría de Transportes, RUT 00.000.000-0, con domicilio en Xxxxxxxxxx X° 000, Xxxxxxxx, y deben ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. Los pagos se efectuarán mediante transferencia electrónica de fondos, para lo cual se requerirá la facturación información necesaria al prestador del servicio, una vez recibida conforme la respectiva factura. La Subsecretaría de Transportes pagará el precio de los servicios prestados por el contratista, siempre que se derive de la prestación de cumplan los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientessiguientes requisitos:
a) El PROVEEDOR proporcionará los servicios en los domicilios comunicados por Que el acto administrativo que adjudique la APIlicitación se encuentre totalmente tramitado.
b) En los siguientes cinco días posteriores Que las órdenes de compra se encuentren en estado “Aceptada”.
c) Que el proveedor haya cumplido cabalmente con el servicio contratado y con las bases de licitación. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría deberá informar en forma favorable respecto a la entrega recepción conforme de las pólizas por parte del servicioproveedor contratado, dejando constancia de lo exigido en este punto.
d) Que el proveedor contratado presente junto a las respectivas facturas, el PROVEEDOR entregará Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario N° 30-1), otorgado por la Dirección del Trabajo, según ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886, en estado pagado, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. En el evento que existieran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores de la persona natural o jurídica contratada o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago generados en razón de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones; en este caso, la persona natural o jurídica contratada deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de vigencia de la contratación, con un máximo de seis meses. El incumplimiento de esta obligación por parte del prestador dará derecho a la API Subsecretaría a dar por terminado la factura correspondiente respectiva contratación, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que la persona natural o jurídica referida no podrá participar. En atención a la modalidad de pago, para los servicios prestados, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después efectos del artículo 3° de la recepción de Ley Nº 19.983, que regula la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación en los 20 días naturales contados transferencia y otorga mérito ejecutivo a partir de la fecha de presentación copia de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere.
c) En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, la API rechazará, dentro de Subsecretaría tendrá un plazo máximo de 3 8 (ocho) días naturalescorridos, contados desde la documentación y la devolverá al PROVEEDOR ganador para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 15 días iniciara a partir de la fecha de la nueva presentación.
d) El PROVEEDOR deberá presentar en compañía de la primera factura que presente para pago, carta original de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación de los servicios, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, banco y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica. A efecto de tramitar cada pago, la API requerirá al PROVEEDOR una factura que cumpla con los requisitos fiscales. Los pagos serán mensuales y se efectuarán a mes vencido dentro de los 20 días posteriores al que el PROVEEDOR presente la factura. Cadenas Productivas. En virtud de que la API, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del PROVEEDOR mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico. El PROVEEDOR, podrá iniciar su afiliación comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación Para que proceda la tramitación del pago, el PROVEEDOR deberá presentar mensualmente copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses de recibo, así como de la declaración de entero recepción de las retenciones respectivas facturas, para reclamar en contra de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y de pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta. De la misma manera de conformidad con el artículo 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el PROVEEDOR deberá entregar copia simple de la declaración correspondiente y del acuse de recibo del pago del impuesto, así como de la información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de dicho impuestosu contenido.
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Samples: Contratación Del Servicio De Seguros
Forma de pago de los SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la API, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
a) El PROVEEDOR PRESTADOR DE SERVICIOS proporcionará los servicios en los domicilios comunicados establecidos por la API. El PRESTADOR DE SERVICIOS verificará con el Departamento de Recursos Materiales de la API, los servicios efectuados cada día, quedarán registrados en una bitácora de control. En el caso de los días sábado, se verificarán el siguiente día hábil.
b) En los siguientes cinco días naturales posteriores a la entrega del serviciofinalización de cada mes, el PROVEEDOR PRESTADOR DE SERVICIOS entregará a la API la factura correspondiente a los servicios prestadosprestados en dicho mes, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación en los 20 15 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere.
c) En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, la API rechazará, dentro de un plazo máximo de 3 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR ganador PRESTADOR DE SERVICIOS para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 15 días iniciara a partir de la fecha de la nueva presentación.
d) El PROVEEDOR PRESTADOR DE SERVICIOS deberá presentar en compañía de la primera factura que presente para pago, carta original en hoja membretada de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación de los servicios, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, banco banco, cable interbancaria, plaza y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía la transferencia electrónica. A efecto de tramitar cada pago, la API requerirá al PROVEEDOR una factura que cumpla con los requisitos fiscales. bancaria correspondiente.
e) Los pagos por los SERVICIOS serán mensuales y se efectuarán a mes vencido dentro de los 20 días posteriores al que el PROVEEDOR presente la factura. Cadenas Productivas. En virtud de que la API, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del PROVEEDOR mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico. El PROVEEDOR, podrá iniciar su afiliación comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación Para que proceda la tramitación del pago, el PROVEEDOR deberá presentar mensualmente copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses de recibo, así como de la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y de pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta. De la misma manera de conformidad con el artículo 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el PROVEEDOR deberá entregar copia simple de la declaración correspondiente y del acuse de recibo del pago del impuesto, así como de la información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de dicho impuestovencido.
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Forma de pago de los SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la APIASIPONA DOS BOCAS, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
a) El PROVEEDOR proporcionará los servicios en los domicilios comunicados por la APIASIPONA DOS BOCAS.
b) En los siguientes cinco días posteriores a la entrega del servicio, el PROVEEDOR entregará a la API ASIPONA DOS BOCAS la factura correspondiente a los servicios prestados, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación en los 20 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere.
c) En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, la API ASIPONA DOS BOCAS rechazará, dentro de un plazo máximo de 3 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR ganador para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 15 días iniciara a partir de la fecha de la nueva presentación.
d) El PROVEEDOR deberá presentar en compañía de la primera factura que presente para pago, carta original de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación de los servicios, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, banco y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica. A efecto de tramitar cada pago, la API ASIPONA DOS BOCAS requerirá al PROVEEDOR una factura que cumpla con los requisitos fiscales. Los pagos serán mensuales y se efectuarán a mes vencido dentro de los 20 días posteriores al que el PROVEEDOR presente la factura. Cadenas Productivas. En virtud de que la APIASIPONA DOS BOCAS, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del PROVEEDOR mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico. El PROVEEDOR, podrá iniciar su afiliación comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación afiliación. Para que proceda la tramitación del pago, el PROVEEDOR deberá presentar mensualmente copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses de recibo, así como de la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y de pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el artículo 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta. De la misma manera de conformidad con el artículo 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el PROVEEDOR deberá entregar copia simple de la declaración correspondiente y del acuse de recibo del pago del impuesto, así como de la información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de dicho impuesto.
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Samples: Contratación De Servicios