PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Queda entendido que ADDIUVA podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. AACR podrá prestar los servicios en forma directa, con recursos técnicos y humanos propios, o en forma indirecta, por intermedio de contratistas, subcontratistas o proveedores, siempre que en el lugar en donde ha de prestarse el servicio de asistencia exista la infraestructura pública o privada, tales como vías y calles que permitan el acceso al DOMICILIO o las condiciones de seguridad y vigilancia pública o privada que garanticen la integridad personal del funcionario, colaborador, técnico o proveedor que vaya a prestar el servicio de asistencia.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Queda entendido que AAHS podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Se describen a continuación las condiciones para la prestación del SERVICIO.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Los servicios brindados en la Unidad son operados por los siguientes subcontratos. Servicio de alimentación: Euroclar S.A., RUT 216137370015, con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxxxx 0000 xxxx 000, Xxxxxxxxxx. Sistema de mantenimiento de la infraestructura y reposición de equipos, aseo y control de plagas, lavandería y economato: Etarey S.A., RUT 217423450015, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxxx.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 4.1. La Sociedad prestará los Servicios al Cliente de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo y las Prácticas del sector. Los Servicios prestados por la Sociedad serán únicamente para uso y beneficio del Cliente.
4.2. Salvo que la Sociedad reciba instrucciones previas por escrito en sentido contrario por parte del Cliente, ningún tercero tiene derecho a dar instrucciones en relación con el Acuerdo o la prestación de los Servicios.
4.3. En la prestación de los Servicios, el Cliente o sus Representantes pueden instruir expresamente a la Sociedad que entregue un Informe a un tercero en particular, o la Sociedad puede verse obligada a ello de conformidad con las Prácticas del sector. En tal caso, se reconoce y acuerda expresamente que la Sociedad estará irrevocablemente autorizada a entregar dicho Informe al tercero en cuestión.
4.4. El Cliente reconoce y acepta que los Servicios se prestan dentro de los límites del alcance de los servicios establecidos en la Propuesta y/o de conformidad con las instrucciones específicas del Cliente confirmadas por la Sociedad o, en ausencia de tales instrucciones, de conformidad con cualquier Práctica del sector que sea pertinente. Además, el Cliente acepta y reconoce que los Servicios no están necesariamente diseñados ni pretenden abordar todas las cuestiones de calidad, seguridad, rendimiento o estado de los productos, materiales, servicios, sistemas o procesos probados, inspeccionados o certificados, y el alcance de los servicios no refleja necesariamente todas las normas que pueden aplicarse a dichos productos, materiales, servicios, sistemas o procesos probados, inspeccionados o certificados. El Cliente entiende que la confianza en cualquier Informe se limita a los hechos y declaraciones establecidos en dicho Informe, el cual únicamente representa la revisión y/o el análisis por parte de la Sociedad de los hechos, información, documentos, muestras y/u otros materiales existentes en el momento de la prestación de los Servicios.
4.5. La Sociedad no acepta ninguna responsabilidad por los actos u omisiones del Cliente o de terceros que se basen en el contenido del Informe.
4.6. En ninguna circunstancia la Sociedad o sus Representantes estarán obligados por el Cliente a firmar ninguna indemnización, renuncia u otros compromisos o acuerdos específicos del sitio (de cualquier tipo) ni el Cliente podrá exigir que se firme cualquier compromiso o acuerdo de este tipo, y si a pesar de ello se firman dichos instrumentos, serán co...
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 34.1. El licitante ganador prestará los servicios conforme a los términos y requerimientos de la convocatoria y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros. PRESENTAR UNA CONDICIÓN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y PLAZO DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 1, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El licitante ganador prestará los servicios conforme a los términos y requerimientos de la licitación y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros, conforme con el ANEXO 1.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Queda entendido que SAS podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad.