GARANTÍA DEL PROVEEDOR. 14.1. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.2. El Período de Garantía de los materiales y equipos así como de las obras o servicios contratados se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato, y en su defecto, durante un (1) año a partir de la fecha del Documento de Recepción Provisional; si no se levantara el Documento de Recepción Provisional, el año se contará desde la conformidad de ENEL a la entrega del material, o desde la comunicación de la finalización de la obra o del servicio contratado y entrega de la documentación por parte del Proveedor, para la tramitación de la autorización administrativa para poner en servicio la obra en su caso. 14.3. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.4. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.5. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.6. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.7. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.8. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación. 14.9. Según redacción contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
Appears in 3 contracts
Samples: Anexo Xi México, Anexo Xiv Guatemala, Anexo Xiii Costa Rica
GARANTÍA DEL PROVEEDOR. 14.1. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.2. El Período de Garantía de los materiales y equipos equipos, así como de las obras o servicios contratados se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato, y en su defecto, durante un (1) año a partir de la fecha del Documento de Recepción Provisional; si , salvo que la legislación establezca un periodo mayor, en cuyo caso aplicaría lo último. En el supuesto en que no se levantara emitiese el Documento de Recepción Provisional, el año se contará desde la conformidad de ENEL a la entrega del materialmaterial y/o equipo, o desde la comunicación de la finalización de la obra o del servicio contratado y entrega de la documentación por parte del Proveedor, para la tramitación de la autorización administrativa para poner en servicio la obra en su caso.
14.3. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.4. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.5. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.6. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.7. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.8. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.9. Según redacción regulación contenida en el apartado homónimo de la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.10. Según regulación contenida en la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.11. Según regulación contenida en la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.12. Según regulación contenida en la Parte General de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
14.13. Si al vencer el Período de Garantía no hubieren transcurrido seis (6) meses, al menos desde la entrada en servicio de la instalación principal de ENEL a la que se destine o forme parte el objeto del Contrato, el Período de Garantía quedará automáticamente prorrogado hasta transcurridos dichos periodo, salvo que los materiales o equipos aportados por el Proveedor hayan sufrido una reparación o sustitución, en cuyo caso, serán garantizados por tiempo igual al período del compromiso garantizado a partir de la fecha en que fueron reparados y/o sustituidos. En ningún caso implicará mayores costes para ENEL.
14.14. Vencido el Período de Garantía y efectuada la Recepción Definitiva, ENEL podrá proceder, para su exclusivo provecho, directamente por sí o por medio de terceros, a modificar o alterar libremente los materiales y equipos objeto del Contrato o las construcciones realizadas o instalaciones montadas, incluso cuando estén amparadas por licencias, patentes u otras formas de propiedad industrial a favor del Proveedor, preservando en todo caso la confidencialidad debida en razón de éstas.
Appears in 2 contracts
Samples: Anexo Xiii Guatemala, Purchase Agreement