OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Suministrar los bienes a que se refiere la CLÁUSULA PRIMERA y la Sección I de este contrato específico, de acuerdo con las especificaciones técnicas y de calidad, así como en los plazos y lugares requeridos.
2. No difundir a terceros sin autorización expresa de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
3. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la "LAASSP".
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos.
2. Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de los bienes, así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato. NO APLICA
3. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen. NO APLICA
5. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
6. No difundir a terceros sin autorización expresa de "EL CENACE" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
7. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del "RLAASSP".
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos. Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos. Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL INP” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato. Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Prestar "LOS SERVICIOS" en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y su anexo técnico.
2. Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de "LOS SERVICIOS", así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato. (No aplica)
3. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato y su anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
5. No difundir a terceros sin autorización expresa de "EL CENACE" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
6. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del "RLAASSP". Y en su caso, a la Auditoría Superior de la Federación.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. SE PODRÁN AGREGAR LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTIMEN PERTINENTES.
1. Prestar "EL SERVICIO" objeto del presente contrato específico, de conformidad con las especificaciones, requerimientos, alcances y características citadas en el mismo y en su (apartado, sección o anexo), mismos que debidamente firmados por 'C LAS PARTES" forman parte integrante de este instrumento.
2. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y en general, con todas las que sean aplicables, y responder ante "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" por cualquier daño o perjuicio que resultare por el incumplimiento de las mismas.
3. Responder respecto de la calidad de "EL SERVICIO" en los términos establecidos en el presente contrato específico, en su (apartado, sección o anexo), en el Contrato Marco y en la legislación aplicable.
4. Informar oportunamente a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" de los hechos y razones debidamente justificados que lo imposibiliten para cumplir, en su caso, con las obligaciones que le señala el presente contrato específico (apartado, sección o anexo), a efecto de que determine lo conducente conforme a lo previsto en el contrato específico y las disposiciones aplicables.
5. Ser el único responsable cuando el servicio objeto del presente contrato específico, no se haya realizado de acuerdo a lo estipulado en el mismo, por Io que "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" podrá ordenar la corrección del mismo, sin que "EL PROVEEDOR" tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que ésta se hará por cuenta de "EL PROVEEDOR" en el plazo que para tal efecto se señale. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan, en términos de las cláusulas DÉCIMA CUARTA y DÉCIMA QUINTA de este contrato específico.
6. En caso de realizar servicios excedentes o por mayor valor de Io establecido en este contrato específico, sin que para tales efectos se hubiera obtenido la autorización de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" y sin que se hubiere celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de "EL SERVICIO", no tendrá derecho a reclamar pago adicional alguno por ello.
7. Contar con todas las autorizaciones requeridas por las instituciones gubernamentales competentes, para la adecuada ejecución del contrato específico, por Io que también se obliga a cumplir y realizar "EL SERVICIO" en estricto apego con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, sean éstas municipales, est...
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” se obliga a: Prestar a "EL AYUNTAMIENTO" el servicio convenido en el presente instrumento, en términos de la CLÁUSULA PRIMERA y de conformidad del presente Contrato. Contar con el personal profesional y técnicos especializados en el ramo, suficiente para la ejecución, operación y supervisión continua del servicio.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Proporcionar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y su anexo técnico.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y su anexo técnico.
c) Realizar los trámites de importación y cubrir los impuestos y derechos que se generen, cuando se trate de bienes de procedencia extranjera
d) Xxxxxx la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL CENACE” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
e) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del “RLAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. EL PROVEEDOR" se obliga de conformidad con lo siguiente: Garantiza que "LOS SERVICIOS", serán prestados con las características señaladas en el "ANEXO ÚNICO" de este contrato, a entera satisfacción de "LA SECRETARÍA", en los términos, lugares y dentro del período establecido para la prestación de "LOS SERVICIOS" y/o en los lugares que le indique por escrito el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, por lo que será el único responsable por la prestación y calidad de "LOS SERVICIOS". Si "LA SECRETARÍA" considera que ocurrió una falta a esta garantía, lo notificará a "EL PROVEEDOR" por escrito, describiendo la naturaleza de la misma. En caso de que la falta se confirme, urgentemente la remediará para cumplir totalmente con la garantía. Se compromete a prestar "LOS SERVICIOS" observando la Norma Oficial Mexicana señalada en la declaración II.6 del presente contrato. Responderá de la totalidad de los daños y/o perjuicios causados a los bienes o trabajadores de "LA SECRETARÍA" o a terceros, durante y con motivo de la prestación de "LOS SERVICIOS". En estos casos, "EL PROVEEDOR" contará con 10 (diez) días hábiles contados a partir de que dichos daños y/o perjuicios le sean notificados por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO para manifestar lo que a su derecho convenga. Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO deberá emitir la resolución o determinación correspondiente, misma que será acatada y cumplimentada por "EL PROVEEDOR" en un término no mayor a 15 (quince) días naturales contados a partir de la fecha en que ésta le sea exigida. En caso de que "EL PROVEEDOR" no cubra el valor de los daños, "LAS PARTES" acuerdan que el mismo será descontado del pago derivado de la prestación de "LOS SERVICIOS". Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo de la prestación de "LOS SERVICIOS" objeto del presente contrato, serán cubiertos por "EL PROVEEDOR". "LA SECRETARÍA" únicamente pagará a "EL PROVEEDOR" el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado. No podrá ceder los derechos y obligaciones en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO designado. Para efectos de lo anterior, "EL PROVEEDOR" entregará al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, la solicitud y el contrato de transferencia de derechos de cobro, ratificado ante notario público, celebrado ...
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” será el único responsable por la deficiencia en la ejecución de la prestación del servicio, así como del incumplimiento a las obligaciones previstas en este instrumento cuando no se ajuste al mismo, al igual que de los daños y perjuicios que con motivo de la prestación del servicio contratado cause a “LA SECRETARÍA”, hasta por el monto total previsto en la Cláusula Segunda de este instrumento.