OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Suministrar los bienes a que se refiere la CLÁUSULA PRIMERA y la Sección I de este contrato específico, de acuerdo con las especificaciones técnicas y de calidad, así como en los plazos y lugares requeridos.
2. No difundir a terceros sin autorización expresa de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
3. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la "LAASSP".
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos.
2. Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de los bienes, así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato. NO APLICA
3. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen. NO APLICA
5. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
6. No difundir a terceros sin autorización expresa de "EL CENACE" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
7. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del "RLAASSP".
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos. Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos. Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL INP” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato. Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. 1. Prestar "LOS SERVICIOS" en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y su anexo técnico.
2. Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de "LOS SERVICIOS", así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato. (No aplica)
3. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato y su anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
5. No difundir a terceros sin autorización expresa de "EL CENACE" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
6. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del "RLAASSP". Y en su caso, a la Auditoría Superior de la Federación.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar las siguientes actividades diarias para dar cumplimiento al presente contrato:
A) Recepción, conteo y carga del producto en el andén de la Planta de “LICONSA”, conforme a las “Guías de Distribución”, las cuales serán entregadas diariamente por la Subgerencia de Distribución y Mantenimiento a Lecherías y/o Subgerencia xx Xxxxxx de Beneficiarios y/o Subgerencia de Distribución según sea el caso, indicando las rutas, destinos, productos y volúmenes, de acuerdo a las necesidades de “LICONSA”.
B) Transportación, distribución, resguardo, descarga y entrega del producto en cada una de las lecherías de las rutas asignadas, obligándose a cumplir en todo momento, en el orden, productos y cantidades indicadas en las “Guías de Distribución” y en su caso llevar a cabo la devolución de leche sobrante a la Planta de Origen de “LICONSA”. En el caso que la unidad de transporte no pueda estacionarse frente a la cortina o puerta de descarga de la lechería, y por obstrucción de la misma deba hacerlo a varios metros de distancia, deberá utilizar un “diablito” para realizar la descarga, evitando arrastrar las canastillas en el pavimento, cemento, tierra o fango. De ninguna manera dejará de realizar la entrega en una o más lecherías de la ruta por obstrucción del aparcamiento frente a las mismas, con la salvedad que la calle de acceso esté cerrada por alguna de las siguientes razones: obras públicas, tránsito y vialidad, ferias o causa fortuita, en cuyo caso deberá reportarse inmediatamente a la Subgerencia de Distribución y Mantenimiento a Lecherías y/o Subgerencia xx Xxxxxx de Beneficiarios y/o Subgerencia de Distribución según sea el caso, para recibir instrucciones al respecto. El recorrido de las rutas se hará invariablemente con un operario y un ayudante.
C) Llevar a cabo la requisición de formatos y recolección de documentación generada por la operación, en el origen y los puntos de destino y entregarlos a la Subgerencia de Distribución y Mantenimiento a Lecherías y/o Subgerencia xx Xxxxxx de Beneficiarios y/o Subgerencia de Distribución, según sea el caso, de “LICONSA”; en las ocasiones de devolución de leche sobrante se requisitarán los formatos correspondientes.
D) Al momento de la carga, deberán presentar los vehículos que realizarán “LOS SERVICIOS”, TOTALMENTE LIMPIOS, particularmente en el interior de las cajas, sin olores y libres de rastros de cualquier producto utilizado para su limpieza.
E) Recolectar las canastillas vacías y ...
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” se obliga a: Prestar a "EL AYUNTAMIENTO" el servicio convenido en el presente instrumento, en términos de la CLÁUSULA PRIMERA y de conformidad del presente Contrato. Contar con el personal profesional y técnicos especializados en el ramo, suficiente para la ejecución, operación y supervisión continua del servicio.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Proporcionar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y su anexo técnico.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y su anexo técnico.
c) Realizar los trámites de importación y cubrir los impuestos y derechos que se generen, cuando se trate de bienes de procedencia extranjera
d) Xxxxxx la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL CENACE” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
e) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del “RLAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Otorgar los bienes en las fechas, plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato para la “ADQUISICIÓN DE UNIFORMES Y ACCESORIOS PARA EL PROGRAMA DEPORTIVO SEP-SNTE INVIERNO 2023-2024, DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.”, en los términos y condiciones establecidos en este contrato, en la CONVOCATORIA, el ANEXO 1, ANEXO TÉCNICO que forma parte de la convocatoria, el ACTA CORRESPONDIENTE A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE FALLO de fecha 26 xx xxxxx de 2024, así como a las PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA, presentadas por “EL PROVEEDOR”, que forman parte integral del mismo.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en este contrato, en la CONVOCATORIA, el ANEXO 1, ANEXO TÉCNICO que forma parte de la convocatoria, el ACTA CORRESPONDIENTE A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE FALLO de fecha 26 xx xxxxx de 2024, así como a las PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA, presentadas por “EL PROVEEDOR”, que forman parte integral del mismo.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA AEFCM” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” será el único responsable por la deficiencia en la ejecución de la prestación del servicio, así como del incumplimiento a las obligaciones previstas en este instrumento cuando no se ajuste al mismo, al igual que de los daños y perjuicios que con motivo de la prestación del servicio contratado cause a “LA SECRETARÍA”, hasta por el monto total previsto en la Cláusula Segunda de este instrumento.