Gestión interesada. Cuando el contrato se verifique bajo la modalidad de gestión interesada, se podrá establecer un ingreso mínimo en favor de cualquiera de las partes asociadas, a abonar por la otra parte, cuando el resultado de la explotación no alcance a cubrir un determinado importe de beneficios.
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Gestión interesada. Cuando el contrato se verifique bajo la modalidad de gestión interesada, se podrá establecer un ingreso mínimo en favor de cualquiera de las partes asociadas, a abonar por la otra parte, cuando el resultado de la explotación no alcance a cubrir un determinado importe impone de beneficios.
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Gestión interesada. Cuando el contrato se verifique bajo la modalidad de gestión ges- tión interesada, se podrá establecer un ingreso mínimo en favor fa- vor de cualquiera de las partes asociadas, a abonar por la otra parte, cuando el resultado de la explotación no alcance a cubrir cu- brir un determinado importe de beneficios.
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