Incumplimiento del plazo para hacer la recepción. Si la recepción se efectuase pasado el plazo de un mes, contado a partir de la fecha fijada y la demora fuese imputable a la Administración, el contratista tendrá derecho a ser indemnizado de los daños y perjuicios que la demora le irrogue.
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Incumplimiento del plazo para hacer la recepción. Si la recepción se efectuase pasado el plazo de un mes, contado a partir de la fecha fijada y la demora fuese imputable a la ala Administración, el contratista tendrá derecho a ser indemnizado de los daños y perjuicios que la demora le irrogue.
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Incumplimiento del plazo para hacer la recepción. Si la recepción se efectuase pasado el plazo de un mes, mes contado a partir de la fecha fijada y la demora fuese imputable a la Administración, el contratista tendrá derecho a ser indemnizado de los daños y perjuicios que la demora le irrogue.
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