INEXACTITUD EN LA DECLARACIÓN DE EDAD. De acuerdo con lo previsto por el artículo 1161 del Código de Comercio, si respecto a la edad del 1. Si la edad verdadera está fuera de los límites autorizados por la tarifa de PREVISORA, el contrato quedará sujeto a la sanción prevista en el Artículo 1058 del Código de Comercio tal como se indica en la cláusula anterior. 2. Si es mayor que la declarada el seguro se reducirá en la proporción necesaria para que su valor guarde relación matemática con la prima anual percibida por PREVISORA, y 3. Si es menor el valor del seguro se aumentará en la misma proporción establecida en el ordinal segundo.
Appears in 2 contracts
Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement