Common use of INFORMACIÓN DE CRÉDITOS REESTRUCTURADOS Clause in Contracts

INFORMACIÓN DE CRÉDITOS REESTRUCTURADOS. “EL BENEFICIARIO” o administrador de la cartera crediticia deberá enviar a “LA ASEGURADORA”, la información que a continuación se describe en formato TXT con el fin de reportar los Créditos Asegurados reestructurados en el mes en que se hayan llevado a cabo las reestructuras correspondientes. 1 NUC Original Alfanumérico 30 2 NUC Xxxxx Xxxxxxxxxxxx 00 0 Xx. xx Xxxxxx Original Sin decimales Numérico 10 4 Plazo Remanente Crédito Original Sin decimales Numérico 1 5 Mensualidad Crédito Original Sin comas a 2 decimales Numérico 21 6 Saldo Insoluto antes de la Reestructura Sin comas a 2 decimales Numérico 21 7 Meses Vencidos a la Reestructura Sin decimales Numérico 1 8 Monto Capitalizado de Intereses Sin decimales Numérico 1 9 Saldo a Reestructurar Sin comas a 2 decimales Numérico 21 10 Divisa del Saldo del Crédito Reestructurado 2= Pesos Sin decimales Numérico 1 11 Plazo del Crédito Reestructurado Sin decimales Numérico 6 12 Mensualidad del Crédito Reestructurado Sin comas a 2 decimales Numérico 21 13 Fecha de Reestructura DD/MM/AAAA Alfanumérico 10 14 Tasa Total 2 decimales Numérico 6 15 Monto del Concepto Seguros Vida, Daño y Desempleo 2 decimales Numérico 10 • 1 = Clave única de identificación del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado. • 2 = Clave única de identificación del Crédito Asegurado después de la reestructura. • 3 = Número que ratifica el otorgamiento del Seguro de Crédito a la Vivienda. • 4 = Por default igual a 0. • 5 = Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el crédito hipotecario que se le otorgó al momento de la originación. • 6 = Saldo insoluto del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado, es decir, Capital total adeudado por el Acreditado. • 7 = Número de mensualidades adeudadas por el Acreditado al momento de la reestructura. • 8 = Monto de intereses vencidos no pagados incorporados al capital del Crédito Asegurado a reestructurar. • 9 = Monto del Crédito Asegurado a reestructurar. • 10 = Denominación del Crédito Asegurado después de ser reestructurado. • 11 = Plazo (en meses) en el que se tendrá que amortizar el Crédito Asegurado reestructurado. • 12 = Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el Crédito Asegurado reestructurado. • 13 = Se refiere a la fecha en que se firma la escritura del crédito reestructurado. • 14 = Tasa de interés del crédito hipotecario reestructurado que se aplicará al Acreditado final. • 15 = Monto cobrado por concepto de seguros de vida, daños y desempleo contratados para el crédito hipotecario reestructurado. La reclamación del SCV deberá presentarse al término del proceso de recuperación según lo establecido en la Cláusula Séptima del Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda. Para lograr lo anterior, es necesario que la Solicitud de Reclamación, así como la documentación requerida, se presenten dentro de los 2 (dos) años posteriores a la conclusión del proceso de recuperación. De presentarse una Solicitud de Reclamación después de este período, “SCV-SHF” no pagará el monto de la Cobertura del Seguro. Presentar la información requerida para cada alternativa de manera oportuna ayudará a “SCV-SHF” a atender la Solicitud de Reclamación a la brevedad. Se requiere que la carta de Solicitud de Reclamación (Anexo H1/2 del Anexo H del presente Contrato) y su formato anexo (Anexo H2/2 del Anexo H de este Contrato) se elaboren en papel membretado de “EL BENEFICIARIO” y que ambos documentos incluyan el nombre y puesto de quien los firma. “SCV-SHF” requiere que “EL BENEFICIARIO” envíe junto con la Solicitud de Reclamación, la documentación que respalde el tipo de recuperación al que se llegó:  Sentencia Ejecutoriada. Copia certificada de la sentencia firme y definitiva que resuelve sobre el fondo del juicio en lo principal, en la que se condena al Acreditado por lo menos, al pago del principal e intereses ordinarios del Crédito Asegurado, y a las prestaciones reclamadas por “EL BENEFICIARIO”.  Dación en pago. Copia simple de la escritura pública de la Dación en Pago. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Avalúo del Inmueble al momento de la Dación registrado en SHF. o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  Dación en pago con Convenio. Copia certificada del convenio judicial que contenga la dación en pago y el Auto de Ejecución del Convenio. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  El Crédito Asegurado registre al menos 18 mensualidades consecutivas no pagadas. Copia certificada de la sentencia en primera instancia con resolución favorable para la recuperación de los recursos del Crédito Asegurado.  Venta del Inmueble. Copia de la escritura pública que contenga la venta del Inmueble objeto del Crédito Asegurado y la autorización del precio de venta de “SCV-SHF”.  Garantía fiduciaria. En el caso en que se haya realizado la ejecución del fideicomiso de garantía, “EL BENEFICIARIO”, por conducto de su representante y bajo protesta de decir verdad, deberá manifestar: que el Inmueble fue recuperado físicamente, la ejecución del fideicomiso de garantía y que el Acreditado no ha interpuesto medio de defensa alguno. Adicionalmente, “EL BENEFICIARIO” en cada Solicitud de Reclamación deberá presentar: 1. Tabla de amortización firmada por el Acreditado o pantalla del sistema de “EL BENEFICIARIO”, en donde se demuestre el saldo vencido del crédito al momento del Incumplimiento o certificación de saldo firmada por “EL BENEFICIARIO”. 2. Bitácora de Cobranza en la que se señale la causa del Incumplimiento y, en caso de que no se muestre el motivo, se recibirá la Carta de Causa de Incumplimiento en hoja membretada y firmada por el responsable de la cobranza. 3. Póliza de SCV. Los Criterios para la Mitigación de Pérdida de “SCV-SHF” describen los procedimientos a seguir por los Administradores de créditos que cuentan con la Cobertura del Seguro de “SCV-SHF” y que han caído en Incumplimiento. Estos procedimientos simplificados están diseñados para facilitar el cumplimiento de lo establecido en el Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda celebrado con “SCV-SHF” y al mismo tiempo se adhieren a las sanas prácticas de Administración de Cartera. El apegarse a estos criterios ayuda a que “SCV-SHF” brinde un mejor servicio de reclamación de seguros. La siguiente información tiene como propósito ser una guía para administrar Créditos Asegurados por “SCV-SHF” que han caído en Incumplimiento. Estos criterios pueden cambiar con el paso del tiempo para afrontar cambios de regulación para el ramo hipotecario. Cualquier duda o comentario puede dirigirse a la Dirección de Seguros de Crédito de “LA ASEGURADORA”.

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Samples: Contrato De Seguro De Crédito a La Vivienda

INFORMACIÓN DE CRÉDITOS REESTRUCTURADOS. “EL BENEFICIARIO” o administrador Administrador de la cartera crediticia deberá enviar a “LA ASEGURADORA”, la información que a continuación se describe en formato TXT con el fin de reportar los Créditos Asegurados reestructurados en el mes en que se hayan llevado a cabo las reestructuras correspondientes. 1 NUC Original Alfanumérico 30 2 NUC Xxxxx Xxxxxxxxxxxx 00 0 Xx. xx Xxxxxx Original Sin decimales Numérico 10 4 Plazo Remanente Crédito Original Sin decimales Numérico 1 5 Mensualidad Crédito Original Sin comas a 2 decimales Numérico 21 6 Saldo Insoluto antes de la Reestructura Sin comas a 2 decimales Numérico 21 7 Meses Vencidos a la Reestructura Sin decimales Numérico 1 8 Monto Capitalizado de Intereses Sin decimales Numérico 1 9 Saldo a Reestructurar Sin comas a 2 decimales Numérico 21 10 Divisa del Saldo del Crédito Reestructurado 2= Pesos Sin decimales Numérico 1 11 Plazo del Crédito Reestructurado Sin decimales Numérico 6 12 Mensualidad del Crédito Reestructurado Sin comas a 2 decimales Numérico 21 13 Fecha de Reestructura DD/MM/AAAA AAA A Alfanumérico 10 14 Tasa Total 2 decimales Numérico 6 15 Monto del Concepto Seguros Vida, Daño y Desempleo 2 decimales Numérico 10 • 1 =  1= Clave única de identificación del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado. • 2 =  2= Clave única de identificación del Crédito Asegurado después de la reestructura. • 3 =  3= Número que ratifica el otorgamiento del Seguro de Crédito a la Vivienda. • 4 =  4= Por default igual a 0. • 5 =  5= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el crédito hipotecario que se le otorgó al momento de la originación. • 6 =  6= Saldo insoluto del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado, es decir, Capital total adeudado por el Acreditado. • 7 =  7= Número de mensualidades adeudadas por el Acreditado al momento de la reestructura. • 8 =  8= Monto de intereses vencidos no pagados incorporados al capital del Crédito Asegurado a reestructurar. • 9 =  9= Monto del Crédito Asegurado a reestructurar. • 10 =  10= Denominación del Crédito Asegurado después de ser reestructurado. • 11 =  11= Plazo (en meses) en el que se tendrá que amortizar el Crédito Asegurado reestructurado. • 12 =  12= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el Crédito Asegurado reestructurado. • 13 = Se refiere a la fecha en que se firma la escritura del crédito reestructurado. • 14 = Tasa de interés del crédito hipotecario reestructurado que se aplicará al Acreditado final. • 15 = Monto cobrado por concepto de seguros de vida, daños y desempleo contratados para el crédito hipotecario reestructurado. La reclamación del SCV deberá presentarse al término del proceso de recuperación según lo establecido en la Cláusula Séptima del Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda. Para lograr lo anterior, es necesario que la Solicitud de Reclamación, así como la documentación requerida, se presenten dentro de los 2 (dos) años posteriores a la conclusión del proceso de recuperación. De presentarse una Solicitud de Reclamación después de este período, “SCV-SHF” no pagará el monto de la Cobertura del Seguro. Presentar la información requerida para cada alternativa de manera oportuna ayudará a “SCV-SHF” a atender la Solicitud de Reclamación a la brevedad. Se requiere que la carta de Solicitud de Reclamación (Anexo H1/2 del Anexo H del presente Contrato) y su formato anexo (Anexo H2/2 del Anexo H de este Contrato) se elaboren en papel membretado de “EL BENEFICIARIO” y que ambos documentos incluyan el nombre y puesto de quien los firma. “SCV-SHF” requiere que “EL BENEFICIARIO” envíe junto con la Solicitud de Reclamación, la documentación que respalde el tipo de recuperación al que se llegó:  Sentencia Ejecutoriada. Copia certificada de la sentencia firme y definitiva que resuelve sobre el fondo del juicio en lo principal, en la que se condena al Acreditado por lo menos, al pago del principal e intereses ordinarios del Crédito Asegurado, y a las prestaciones reclamadas por “EL BENEFICIARIO”.  Dación en pago. Copia simple de la escritura pública de la Dación en Pago. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Avalúo del Inmueble al momento de la Dación registrado en SHF. o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  Dación en pago con Convenio. Copia certificada del convenio judicial que contenga la dación en pago y el Auto de Ejecución del Convenio. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  El Crédito Asegurado registre al menos 18 mensualidades consecutivas no pagadas. Copia certificada de la sentencia en primera instancia con resolución favorable para la recuperación de los recursos del Crédito Asegurado.  Venta del Inmueble. Copia de la escritura pública que contenga la venta del Inmueble objeto del Crédito Asegurado y la autorización del precio de venta de “SCV-SHF”.  Garantía fiduciaria. En el caso en que se haya realizado la ejecución del fideicomiso de garantía, “EL BENEFICIARIO”, por conducto de su representante y bajo protesta de decir verdad, deberá manifestar: que el Inmueble fue recuperado físicamente, la ejecución del fideicomiso de garantía y que el Acreditado no ha interpuesto medio de defensa alguno. Adicionalmente, “EL BENEFICIARIO” en cada Solicitud de Reclamación deberá presentar: 1. Tabla de amortización firmada por el Acreditado o pantalla del sistema de “EL BENEFICIARIO”, en donde se demuestre el saldo vencido del crédito al momento del Incumplimiento o certificación de saldo firmada por “EL BENEFICIARIO”. 2. Bitácora de Cobranza en la que se señale la causa del Incumplimiento y, en caso de que no se muestre el motivo, se recibirá la Carta de Causa de Incumplimiento en hoja membretada y firmada por el responsable de la cobranza. 3. Póliza de SCV. Los Criterios para la Mitigación de Pérdida de “SCV-SHF” describen los procedimientos a seguir por los Administradores de créditos que cuentan con la Cobertura del Seguro de “SCV-SHF” y que han caído en Incumplimiento. Estos procedimientos simplificados están diseñados para facilitar el cumplimiento de lo establecido en el Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda celebrado con “SCV-SHF” y al mismo tiempo se adhieren a las sanas prácticas de Administración de Cartera. El apegarse a estos criterios ayuda a que “SCV-SHF” brinde un mejor servicio de reclamación de seguros. La siguiente información tiene como propósito ser una guía para administrar Créditos Asegurados por “SCV-SHF” que han caído en Incumplimiento. Estos criterios pueden cambiar con el paso del tiempo para afrontar cambios de regulación para el ramo hipotecario. Cualquier duda o comentario puede dirigirse a la Dirección de Seguros de Crédito de “LA ASEGURADORA”.

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INFORMACIÓN DE CRÉDITOS REESTRUCTURADOS. “EL BENEFICIARIO” o administrador Administrador de la cartera crediticia deberá enviar a “LA ASEGURADORA”, la información que a continuación se describe en formato TXT con el fin de reportar los Créditos Asegurados reestructurados en el mes en que se hayan llevado a cabo las reestructuras correspondientes. 1 NUC Original Alfanumérico 30 2 NUC Xxxxx Xxxxxxxxxxxx 00 0 Xx. xx Xxxxxx Original Sin decimales Numérico 10 4 Plazo Remanente Crédito Original Sin decimales Numérico 1 5 Mensualidad Crédito Original Sin comas a 2 decimales Numérico 21 6 Saldo Insoluto antes de la Reestructura Sin comas a 2 decimales Numérico 21 7 Meses Vencidos a la Reestructura Sin decimales Numérico 1 8 Monto Capitalizado de Intereses Sin decimales Numérico 1 9 Saldo a Reestructurar Sin comas a 2 decimales Numérico 21 10 Divisa del Saldo del Crédito Reestructurado 2= Pesos Sin decimales Numérico 1 11 Plazo del Crédito Reestructurado Sin decimales Numérico 6 12 Mensualidad del Crédito Reestructurado Sin comas a 2 decimales Numérico 21 13 Fecha de Reestructura DD/MM/AAAA Alfanumérico 10 14 Tasa Total 2 decimales Numérico 6 15 Monto del Concepto Seguros Vida, Daño y Desempleo 2 decimales Numérico 10 • 1 =  1= Clave única de identificación del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado. • 2 =  2= Clave única de identificación del Crédito Asegurado después de la reestructura. • 3 =  3= Número que ratifica el otorgamiento del Seguro de Crédito a la Vivienda. • 4 =  4= Por default igual a 0. • 5 =  5= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el crédito hipotecario que se le otorgó al momento de la originación. • 6 =  6= Saldo insoluto del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado, es decir, Capital total adeudado por el Acreditado. • 7 =  7= Número de mensualidades adeudadas por el Acreditado al momento de la reestructura. • 8 =  8= Monto de intereses vencidos no pagados incorporados al capital del Crédito Asegurado a reestructurar. • 9 =  9= Monto del Crédito Asegurado a reestructurar. • 10 =  10= Denominación del Crédito Asegurado después de ser reestructurado. • 11 =  11= Plazo (en meses) en el que se tendrá que amortizar el Crédito Asegurado reestructurado. • 12 =  12= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el Crédito Asegurado reestructurado. • 13 = Se refiere a la fecha en que se firma la escritura del crédito reestructurado. • 14 = Tasa de interés del crédito hipotecario reestructurado que se aplicará al Acreditado final. • 15 = Monto cobrado por concepto de seguros de vida, daños y desempleo contratados para el crédito hipotecario reestructurado. La reclamación del SCV deberá presentarse al término del proceso de recuperación según lo establecido en la Cláusula Séptima del Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda. Para lograr lo anterior, es necesario que la Solicitud de Reclamación, así como la documentación requerida, se presenten dentro de los 2 (dos) años posteriores a la conclusión del proceso de recuperación. De presentarse una Solicitud de Reclamación después de este período, “SCV-SHF” no pagará el monto de la Cobertura del Seguro. Presentar la información requerida para cada alternativa de manera oportuna ayudará a “SCV-SHF” a atender la Solicitud de Reclamación a la brevedad. Se requiere que la carta de Solicitud de Reclamación (Anexo H1/2 del Anexo H del presente Contrato) y su formato anexo (Anexo H2/2 del Anexo H de este Contrato) se elaboren en papel membretado de “EL BENEFICIARIO” y que ambos documentos incluyan el nombre y puesto de quien los firma. “SCV-SHF” requiere que “EL BENEFICIARIO” envíe junto con la Solicitud de Reclamación, la documentación que respalde el tipo de recuperación al que se llegó:  Sentencia Ejecutoriada. Copia certificada de la sentencia firme y definitiva que resuelve sobre el fondo del juicio en lo principal, en la que se condena al Acreditado por lo menos, al pago del principal e intereses ordinarios del Crédito Asegurado, y a las prestaciones reclamadas por “EL BENEFICIARIO”.  Dación en pago. Copia simple de la escritura pública de la Dación en Pago. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Avalúo del Inmueble al momento de la Dación registrado en SHF. o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  Dación en pago con Convenio. Copia certificada del convenio judicial que contenga la dación en pago y el Auto de Ejecución del Convenio. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  El Crédito Asegurado registre al menos 18 mensualidades consecutivas no pagadas. Copia certificada de la sentencia en primera instancia con resolución favorable para la recuperación de los recursos del Crédito Asegurado.  Venta del Inmueble. Copia de la escritura pública que contenga la venta del Inmueble objeto del Crédito Asegurado y la autorización del precio de venta de “SCV-SHF”.  Garantía fiduciaria. En el caso en que se haya realizado la ejecución del fideicomiso de garantía, “EL BENEFICIARIO”, por conducto de su representante y bajo protesta de decir verdad, deberá manifestar: que el Inmueble fue recuperado físicamente, la ejecución del fideicomiso de garantía y que el Acreditado no ha interpuesto medio de defensa alguno. Adicionalmente, “EL BENEFICIARIO” en cada Solicitud de Reclamación deberá presentar: 1. Tabla de amortización firmada por el Acreditado o pantalla del sistema de “EL BENEFICIARIO”, en donde se demuestre el saldo vencido del crédito al momento del Incumplimiento o certificación de saldo firmada por “EL BENEFICIARIO”. 2. Bitácora de Cobranza en la que se señale la causa del Incumplimiento y, en caso de que no se muestre el motivo, se recibirá la Carta de Causa de Incumplimiento en hoja membretada y firmada por el responsable de la cobranza. 3. Póliza de SCV. Los Criterios para la Mitigación de Pérdida de “SCV-SHF” describen los procedimientos a seguir por los Administradores de créditos que cuentan con la Cobertura del Seguro de “SCV-SHF” y que han caído en Incumplimiento. Estos procedimientos simplificados están diseñados para facilitar el cumplimiento de lo establecido en el Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda celebrado con “SCV-SHF” y al mismo tiempo se adhieren a las sanas prácticas de Administración de Cartera. El apegarse a estos criterios ayuda a que “SCV-SHF” brinde un mejor servicio de reclamación de seguros. La siguiente información tiene como propósito ser una guía para administrar Créditos Asegurados por “SCV-SHF” que han caído en Incumplimiento. Estos criterios pueden cambiar con el paso del tiempo para afrontar cambios de regulación para el ramo hipotecario. Cualquier duda o comentario puede dirigirse a la Dirección de Seguros de Crédito de “LA ASEGURADORA”.

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INFORMACIÓN DE CRÉDITOS REESTRUCTURADOS. “EL BENEFICIARIO” o administrador Administrador de la cartera crediticia deberá enviar a “LA ASEGURADORA”, la información que a continuación se describe en formato TXT con el fin de reportar los Créditos Asegurados reestructurados reestructurados, deberán enviarla en el mes en que se hayan llevado a cabo las reestructuras correspondientes. 1 NUC Original Alfanumérico 30 2 NUC Xxxxx Nuxxx Xxxxxxxxxxxx 00 0 Xx. xx Xxxxxx Original Xriginal Sin decimales Numérico 10 4 Plazo Remanente Crédito Original Sin decimales Numérico 1 5 Mensualidad Crédito Original Sin comas a 2 decimales Numérico 21 6 Saldo Insoluto antes de la Reestructura Sin comas a 2 decimales Numérico 21 7 Meses Vencidos a la Reestructura Sin decimales Numérico 1 8 Monto Capitalizado de Intereses Sin decimales Numérico 1 9 Saldo a Reestructurar Sin comas a 2 decimales Numérico 21 10 Divisa del Saldo del Crédito Reestructurado 2= Pesos Sin decimales Numérico 1 11 Plazo del Crédito Reestructurado Sin decimales Numérico 6 12 Mensualidad del Crédito Reestructurado Sin comas a 2 decimales Numérico 21 13 Fecha de Reestructura DD/MM/AAAA Alfanumérico 10 14 Tasa Total 2 decimales Numérico 6 15 Monto del Concepto Seguros Vida, Daño y Desempleo 2 decimales Numérico 10 D escripción: 1 = 1= Clave única de identificación del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado. • 2 = 2= Clave única de identificación del Crédito Asegurado después de la reestructura. • 3 = 3= Número que ratifica el otorgamiento del Seguro de Crédito a la Vivienda. • 4 = 4= Por default igual a 0. • 5 = 5= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el crédito hipotecario que se le otorgó al momento de la originación. • 6 = 6= Saldo insoluto del Crédito Asegurado antes de ser reestructurado, es decir, Capital total adeudado por el Acreditado. • 7 = 7= Número de mensualidades adeudadas por el Acreditado al momento de la reestructura. • 8 = 8= Monto de intereses vencidos no pagados incorporados al capital del Crédito Asegurado a reestructurar. • 9 = 9= Monto del Crédito Asegurado a reestructurar. • 10 = 10= Denominación del Crédito Asegurado después de ser reestructurado. • 11 = 11= Plazo (en meses) en el que se tendrá que amortizar el Crédito Asegurado reestructurado. • 12 = 12= Monto de la mensualidad que el Acreditado debe pagar por el Crédito Asegurado reestructurado. • 13 = 13= Se refiere a la fecha en que se firma la escritura del crédito reestructurado. • 14 = 14= Tasa de interés del crédito hipotecario reestructurado que se aplicará al Acreditado acreditado final. • 15 = 15= Monto cobrado por concepto de seguros de vida, daños y desempleo contratados para el crédito hipotecario reestructurado. La reclamación del SCV deberá presentarse al término del proceso En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de recuperación según lo establecido en la Cláusula Séptima del Contrato Ley de Seguro Instituciones de Crédito a la Vivienda. Para lograr lo anteriorSeguros y de Fianzas, es necesario que la Solicitud de Reclamación, así como la documentación requeridacontractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día de de , con el número . La transcripción del precepto legal citado en el párrafo que antecede y/o sitio(s) electrónico(s) para su consulta, se presenten dentro encuentra(n) en el Anexo de los 2 (dos) años posteriores a la conclusión Referencias Legales del proceso de recuperaciónpresente Contrato. A. RECLAMACIÓN DEL SCV 1. De presentarse una Solicitud de Reclamación después de este período, “SCV-SHF” no pagará el monto de la Cobertura del Seguro. Presentar la información requerida para cada alternativa de manera oportuna ayudará a “SCV-SHF” a atender la Solicitud de Reclamación a la brevedad. Se requiere que la carta de Solicitud de Reclamación (Anexo H1/2 del Anexo H del presente Contrato) y su formato anexo (Anexo H2/2 del Anexo H de este Contrato) se elaboren en papel membretado de “EL BENEFICIARIO” y que ambos documentos incluyan el nombre y puesto de quien los firma. “SCV-SHF” requiere que “EL BENEFICIARIO” envíe junto con la Solicitud de Reclamación, la documentación que respalde el tipo de recuperación al que se llegó:  Sentencia Ejecutoriada. Copia certificada de la sentencia firme y definitiva que resuelve sobre el fondo del juicio en lo principal, en la que se condena al Acreditado por lo menos, al pago del principal e intereses ordinarios del Crédito Asegurado, y a las prestaciones reclamadas por “EL BENEFICIARIO”.  Dación en pago. Copia simple de la escritura pública de la Dación en Pago. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Avalúo del Inmueble al momento de la Dación registrado en SHF. o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  Dación en pago con Convenio. Copia certificada del convenio judicial que contenga la dación en pago y el Auto de Ejecución del Convenio. Para este caso, se deberá incluir la siguiente documentación: o Adicionalmente, cuando el evento que dé lugar a la reclamación sea originado por una dación con baja xxxx, entendiendo a ésta como aquella xxxx menor a cuatro pagos vencidos, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde la contratación del SCV, será obligatorio presentar copia del estado de cuenta a la fecha de recuperación, en la que se refleje el Incumplimiento del Acreditado en el crédito a reclamar.  El Crédito Asegurado registre al menos 18 mensualidades consecutivas no pagadas. Copia certificada de la sentencia en primera instancia con resolución favorable para la recuperación de los recursos del Crédito Asegurado.  Venta del Inmueble. Copia de la escritura pública que contenga la venta del Inmueble objeto del Crédito Asegurado y la autorización del precio de venta de “SCV-SHF”.  Garantía fiduciaria. En el caso en que se haya realizado la ejecución del fideicomiso de garantía, “EL BENEFICIARIO”, por conducto de su representante y bajo protesta de decir verdad, deberá manifestar: que el Inmueble fue recuperado físicamente, la ejecución del fideicomiso de garantía y que el Acreditado no ha interpuesto medio de defensa alguno. Adicionalmente, “EL BENEFICIARIO” en cada Solicitud de Reclamación deberá presentar: 1. Tabla de amortización firmada por el Acreditado o pantalla del sistema de “EL BENEFICIARIO”, en donde se demuestre el saldo vencido del crédito al momento del Incumplimiento o certificación de saldo firmada por “EL BENEFICIARIO”. 2. Bitácora de Cobranza en la que se señale la causa del Incumplimiento y, en caso de que no se muestre el motivo, se recibirá la Carta de Causa de Incumplimiento en hoja membretada y firmada por el responsable de la cobranza. 3. Póliza de SCV. Los Criterios para la Mitigación de Pérdida de “SCV-SHF” describen los procedimientos a seguir por los Administradores de créditos que cuentan con la Cobertura del Seguro de “SCV-SHF” y que han caído en Incumplimiento. Estos procedimientos simplificados están diseñados para facilitar el cumplimiento de lo establecido en el Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda celebrado con “SCV-SHF” y al mismo tiempo se adhieren a las sanas prácticas de Administración de Cartera. El apegarse a estos criterios ayuda a que “SCV-SHF” brinde un mejor servicio de reclamación de seguros. La siguiente información tiene como propósito ser una guía para administrar Créditos Asegurados por “SCV-SHF” que han caído en Incumplimiento. Estos criterios pueden cambiar con el paso del tiempo para afrontar cambios de regulación para el ramo hipotecario. Cualquier duda o comentario puede dirigirse a la Dirección de Seguros de Crédito de “LA ASEGURADORA”.

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