Mitigación de Pérdida Cláusulas de Ejemplo

Mitigación de Pérdida. La aplicación adecuada de procesos extra-judiciales a créditos en Incumplimiento permiten que el deudor conserve la propiedad y a la vez evita pérdidas para el Administrador. La cooperación entre “SCV-SHF” y el Administrador es indispensable para ayudar a disminuir la pérdida, así como para otorgar la mejor opción al deudor para que éste conserve la vivienda. Por lo anterior, es un requisito que el Administrador colabore de buena fe en cualquier actividad necesaria cuyo objetivo sea disminuir la pérdida esperada. Para lograr un adecuado proceso de Mitigación de Pérdida, es fundamental trabajar de manera inmediata con el deudor en cuanto éste muestre problemas para realizar el pago de su crédito. El apartado Razones más comunes para caer en incumplimiento de este Anexo, puede servirle de guía para determinar el problema central de la falta de pago y determinar si el crédito se curará o si será necesario recuperar la vivienda. Los esfuerzos de Mitigación de Pérdida pueden derivar en diferentes alternativas que limiten la pérdida por Incumplimiento. Toda alternativa que modifique las características originales del crédito requiere de la autorización por escrito de “SCV-SHF” y, en cualquiera de los casos y de acuerdo al presente Contrato de Seguro de Crédito a la Vivienda celebrado entre “EL BENEFICIARIO” y “SCV-SHF”, es indispensable que los pagos por concepto de Prima por el Seguro de Crédito a la Vivienda y Primas de seguro de vida y daños se mantengan vigentes. Cabe señalar que si el evento que cubra las pólizas de seguro antes señaladas (Vida y Daños) sucede antes del pago de la reclamación del SCV, la Cobertura del Seguro mencionada cubrirá las pérdidas asociadas al saldo insoluto del crédito.
Mitigación de Pérdida. Alternativas para Actualizar el Crédito. Alternativas de Recuperación de la Vivienda. o Dación en Pago. o Adjudicación. Monto a Pagar por la Reclamación del SCV Opción de Compra Razones más Comunes para Caer en Incumplimiento  ANEXO H. ANEXO H 1/2. SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE LA COBERTURA DEL SEGURO. ANEXO H 2/2. ANEXO A LA SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DEL EJERCICIO DE LA COBERTURA. RELACIÓN DE CRÉDITOS Y SALDOS INSOLUTOS.  ANEXO I. TÉRMINOS PARA LA APROBACIÓN Y SOLICITUD DE LA VENTA DEL INMUEBLE COMO COLATERAL DEL CRÉDITO ASEGURADO.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.