INSPECCIÓN Y AUDITORÍAS. El Consultor deberá conservar los documentos y registros relacionados con actividades del contrato por un periodo de siete (7) años después de la expiración de este contrato, de tal forma que el Contratante, o su representante designado y/o el Banco los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por el Contratante o el Banco, si así lo exigiera el Contratante o el Banco según sea el caso.
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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement, Loan Agreement
INSPECCIÓN Y AUDITORÍAS. El Consultor contratista deberá conservar los documentos y registros relacionados con actividades del contrato por un periodo de siete (7) años después de la expiración de este contrato, de tal forma que el Contratante, o su representante designado y/o el Banco los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por el Contratante o el Banco, si así lo exigiera el Contratante o el Banco según sea el caso.
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Samples: Loan Agreement