Interpretación de los documentos de la Licitación. El encabezado de cada apartado es para efectos de referencia y no será tomado en cuenta para la interpretación de las presentes Bases de Licitación. En caso de discrepancias en las presentes Bases de Licitación y sus Anexos se estará a lo siguiente: (i) Entre un original y sus copias, prevalecerá el original. (ii) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas en letra. (i) Entre la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación. (ii) Entre las Bases de Licitación y el Formato de Oferta prevalecerá el Formato de Oferta. (iii) Entre el Formato de Oferta de Crédito y el Modelo de Contrato de Crédito, en los aspectos comunes, prevalecerá el Formato de Oferta de Crédito. Para la interpretación de las presentes Bases de Licitación se estará a lo siguiente: (i) Al sentido literal de los apartados, cuando sus términos sean claros y no dejen lugar a duda. (ii) Si algún apartado admite diversos sentidos, deberá aplicarse el que se traduzca en las mejores condiciones para el Municipio en la contratación del Financiamiento, y (iii) Si una palabra puede tener distintas acepciones, la misma será considerada en la acepción que sea conforme al objeto y contenido integral de los Documentos de la Licitación.
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Interpretación de los documentos de la Licitación. El encabezado de cada apartado sección es para efectos de referencia y no será tomado en cuenta para la interpretación de las presentes Bases de Licitación. En caso de discrepancias en las presentes Bases de Licitación y sus Anexos se estará a lo siguiente:
(i) Entre un original y sus copias, prevalecerá el original.
(ii) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas en letra.
(iiii) Entre las Bases de Licitación y sus Anexos, prevalecerán las Bases de Licitación, y
(iv) Entre la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación.
(ii) Entre las Bases de Licitación y el Formato de Oferta prevalecerá el Formato de Oferta.
(iii) Entre el Formato de Oferta de Crédito y el Modelo de Contrato de Crédito, en los aspectos comunes, prevalecerá el Formato de Oferta de Crédito. Para la interpretación de las presentes Bases de Licitación se estará a lo siguiente:
(i) Al sentido literal de los apartadoslas secciones, cuando sus términos sean claros y no dejen lugar a duda.
(ii) Si algún apartado alguna sección admite diversos sentidos, deberá aplicarse el que se traduzca en las mejores condiciones para el Municipio Estado en la contratación del FinanciamientoFinanciamiento y, en su caso, de las Garantías Parciales, y
(iii) Si una palabra puede tener distintas acepciones, la misma será considerada en la acepción que sea conforme al objeto y contenido integral de los Documentos de la Licitación.
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