Necesidades administrativas a satisfacer. Cesión y tratamiento de datos. (Cláusulas 40, 48, 55 y 59) 87 En el documento de licitación de cada contrato basado se concretará la necesidad a satisfacer mediante el contrato basado, así como la cesión y tratamiento de datos. Por tanto, de conformidad con el artículo 122.2 letras a), b) y d) LCSP, en aquellos contratos basados cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, la finalidad para la cual se cederán los datos personales y las obligaciones que derivan de las citadas letras del precepto, se encuentran señaladas en el apartado 1 del Anexo I al presente pliego referido a este lote, las cuales son calificadas como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP y así constará todo ello en el documento de licitación.
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