NIVEL DE VULNERABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

NIVEL DE VULNERABILIDAD. Este se determina de acuerdo al capítulo 10 de NSR 10.

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  • INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES EL CONTRATISTA manifiesta bajo la

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Inhabilidades No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

  • Admisibilidad de variantes Procede: NO

  • Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

  • ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS ✘ NO SÍ Elementos y condiciones sobre los que se aceptan:

  • Privacidad Para acceder a nuestro sitio web y/o servicios, es posible que se le pida que proporcione cierta información sobre usted como parte del proceso de registro. Usted se compromete a que toda la información que proporcione sea siempre precisa, correcta y actualizada. Hemos desarrollado una política para abordar cualquier preocupación sobre la privacidad que pueda tener. Para más información, consulte nuestra Declaración de privacidad y nuestra Política de cookies.

  • Movilidad Las movilidades se rigen por los principios siguientes: Con carácter general, dentro del Grupo Profesional será posible desarrollar cual- quier función de acuerdo con las titulaciones académicas o profesionales que sean necesarias para desarrollar la actividad laboral. Cuando se produzca una movilidad hacia oficios, incluso de otro Grupo Profe- sional, cuyo nivel mínimo sea superior al nivel profesional consolidado por el/la trabajador/a se mantendrá el nivel salarial asociado al nivel de clasificación profe- sional de que este disponga hasta ese momento. En la primera entrevista individual que se le lleve a cabo una vez que transcurra un año de ejercicio profesional en el nuevo oficio, siempre que acredite, como mínimo, el ejercicio de las competencias asociadas al nivel de entrada en el oficio, podrá adquirir cada año, al menos, un nivel profesional superior al que ostente, hasta alcanzar dicho nivel profesional de entrada a la función. En lo sucesivo, alcanzado este la evolución profesional y eco- nómica se regirá por lo dispuesto en el apartado 1.3. Como particularidad del Grupo Profesional de Personal Horario y sin perjuicio de las facultades previstas en la normativa vigente que resulte de aplicación, la movilidad hacia oficios cuyo nivel máximo esté por debajo del nivel profesional del trabajador/a podrá producirse en los casos en que sea necesario reconducir exce- dentes de efectivos de un oficio, previa información a la Comisión de Seguimiento de Clasificaciones Profesionales sobre el número y tipo de movilidades. A efectos laborales se entiende por falta toda acción u omisión que suponga quebranto de los deberes de cualquier índole impuestos por las disposiciones la- borales vigentes. Toda falta cometida por un/a trabajador/a se clasificará atendiendo a su impor- tancia, trascendencia o malicia, en leve, grave o muy grave. La enumeración de las faltas que se hace en los números siguientes es meramente enunciativa. a) Faltas leves:

  • Modalidades Contratos de duración determinada.

  • REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Los interesados en cotizar deberán cumplir con los siguientes requisitos, los cuales se consideran indispensables para la aceptación de la oferta y su evaluación: 3.1. Al momento de presentar la oferta el contratista evaluara los requerimientos solicitados por la institución y no se permitirán ningún cobro adicional para lo cual el adjudicatario deberá tomar todas las previsiones necesarias al momento de presentar la oferta. 3.2. En el caso de firmas consultoras se requiere la descripción de la organización, que incluya actividades, registro legal y profesional de dicha firma, domicilio, ubicación geográfica y una descripción general sobre las actividades que desarrolla. 3.3. En el caso de firmas consultoras deberá presentar el currículo vitae del o los funcionarios que desarrollarán la actividad, que incluya sus años de experiencia, datos personales y la descripción de las actividades a las que se dedican. Se deben aportar todos los títulos y los certificados que lo respaldan. Además, el funcionario que funja como líder del equipo de trabajo deberá de tener como grado mínimo Maestría en Administración con énfasis en cualquier rama o en Contaduría Pública, inscrito y activo ante el colegio respectivo 3.4. En el caso de los profesionales independientes, su currículo vitae, que incluya sus años de experiencia, datos personales y la descripción de las actividades a las que se dedica. Se deben aportar todos los títulos y los certificados que lo respaldan. Además, el oferente debe de tener como grado mínimo Maestría en Administración con énfasis en cualquier rama o en Contaduría Pública, inscrito y activo ante el colegio respectivo. 3.5. El oferente deberá demostrar mediante declaración jurada que cuenta con al menos 3 años de experiencia en ejecución de asesorías relacionadas en materia de implementación de Normas Internacionales de Información Financiera y en desarrollo de modelos financieros en materia actuarial. 3.6. El oferente deberá demostrar que tiene experiencia en trabajos similares al solicitado en este cartel, para la cual deberá aportar las constancias que así lo acrediten.