Common use of OBRAS DE EDIFICACIÓN Clause in Contracts

OBRAS DE EDIFICACIÓN. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.2. de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación tendrán la consideración de “edificación” las siguientes obras: • Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. • Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría o el conjunto del sistema estructural, o que tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio. • Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de la norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes del objeto de protección. El contratista vendrá, en su caso, obligado a cumplir todas las prescripciones de dicha normativa y en concreto y con carácter previo a la aprobación de la certificación final de obra habrá de hacer entrega en el Servicio que tramita el expediente (Apdo. O Cuadro de Características) la siguiente documentación: - Libro del Edificio de conformidad con el art. 7 de la LOE que contendrá: .- Instrucciones para uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Se indicarán revisiones obligatorias y convenientes de las instalaciones (calefacción, fontanería…etc) y plazos máximos recomendados. .- El mantenimiento de los materiales usados en la construcción para que sean observados por el Ayto. .- La relación identificativa de los intervinientes en el proceso de edificación. - Documentación necesaria para proceder a la inscripción registral de la edificación según el Modelo que se incorpora a este Pliego. - Dossier con la documentación necesaria para proceder a la inscripción Catastral de la edificación: ➢ Fotografía a color del edificio completo, y de la fachada en tamaño 10 x 15. (Si el edificio tiene más de una fachada, se aportará una fotografía de cada una de las fachadas). ➢ Plano de emplazamiento, con indicación del nombre de la localidad, de la vía pública y del número. ➢ Plano de la parcela, acotado y superficiado con indicación de la escala. ➢ Planos acotados por cada planta del edificio con distinta distribución, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada uno de los locales con uso diferenciado, con expresión de las superficies construidas. ➢ Memoria de materiales y calidades del proyecto ejecutado. ➢ Documentación acreditativa del coste de ejecución material de las obras. ➢ Acta de recepción de las obras

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Samples: Contrato De Obra De Adapatación De Las Antiguas Instalaciones De La Policia, Contrato De Acceso a Datos Por Cuenta De Terceros Reunidos

OBRAS DE EDIFICACIÓN. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.2. de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación tendrán la consideración de “edificación” las siguientes obras: • Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. • Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría o el conjunto del sistema estructural, o que tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio. • Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de la norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes del objeto de protección. El contratista vendrá, en su caso, obligado a cumplir todas las prescripciones de dicha normativa y en concreto y con carácter previo a la aprobación de la certificación final de obra habrá de hacer entrega en el Servicio que tramita el expediente (Apdo. O Cuadro de Características) la siguiente documentación: - .- Libro del Edificio de conformidad con el art. 7 de la LOE LOE. que contendrá: .- Instrucciones para uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Se indicarán revisiones obligatorias y convenientes de las instalaciones (calefacción, fontanería…etc) y plazos máximos recomendados. .- El mantenimiento de los materiales usados en la construcción para que sean observados por el Ayto. .- La relación identificativa de los intervinientes en el proceso de edificación. - .- Documentación necesaria para proceder a la inscripción registral de la edificación según el Modelo que se incorpora a este Pliego. - .- Dossier con la documentación necesaria para proceder a la inscripción Catastral de la edificación: ➢ Fotografía a color del edificio completo, y de la fachada en tamaño 10 x 15. (Si el edificio tiene más de una fachada, se aportará una fotografía de cada una de las fachadas). ➢ Plano de emplazamiento, con indicación del nombre de la localidad, de la vía pública y del número. ➢ Plano de la parcela, acotado y superficiado con indicación de la escala. ➢ Planos acotados por cada planta del edificio con distinta distribución, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada uno de los locales con uso diferenciado, con expresión de las superficies construidas. ➢ Memoria de materiales y calidades del proyecto ejecutado. ➢ Documentación acreditativa del coste de ejecución material de las obras. ➢ Acta de recepción de las obras

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Por Procedimiento Negociado

OBRAS DE EDIFICACIÓN. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.2. de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación tendrán la consideración de “edificación” las siguientes obras: Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría o el conjunto del sistema estructural, o que tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio. Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de la norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes del objeto de protección. El contratista vendrá, en su caso, obligado a cumplir todas las prescripciones de dicha normativa y en concreto y con carácter previo a la aprobación de la certificación final de obra habrá de hacer entrega en el Servicio que tramita el expediente (Apdo. O Cuadro de Características) la siguiente documentación: - Libro del Edificio de conformidad con el art. 7 de la LOE que contendrá: .- Instrucciones para uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Se indicarán revisiones obligatorias y convenientes de las instalaciones (calefacción, fontanería…etc) y plazos máximos recomendados. .- El mantenimiento de los materiales usados en la construcción para que sean observados por el Ayto. .- La relación identificativa de los intervinientes en el proceso de edificación. - Documentación necesaria para proceder a la inscripción registral de la edificación según el Modelo que se incorpora a este Pliego. - Dossier con la documentación necesaria para proceder a la inscripción Catastral de la edificación: Fotografía a color del edificio completo, y de la fachada en tamaño 10 x 15. (Si el edificio tiene más de una fachada, se aportará una fotografía de cada una de las fachadas). Plano de emplazamiento, con indicación del nombre de la localidad, de la vía pública y del número. Plano de la parcela, acotado y superficiado con indicación de la escala. Planos acotados por cada planta del edificio con distinta distribución, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada uno de los locales con uso diferenciado, con expresión de las superficies construidas. Memoria de materiales y calidades del proyecto ejecutado. Documentación acreditativa del coste de ejecución material de las obras. Acta de recepción de las obras

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Samples: Contrato Del Servicio De Gestión Integral Del Espacio Joven Del Ayuntamiento De Valladolid