Common use of ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN Clause in Contracts

ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN. Para la adquisición de bienes y/o servicios de características técnicas uniformes, el orden de elegibilidad estará dado por el menor precio ofertado al culminar la subasta inversa presencial. En caso que se rechace la oferta de mejor precio, Migración Colombia podrá adjudicar el proceso de selección a quien haya ofertado el segundo mejor precio o declarar desierto el proceso. Por ofertas hábiles, entiéndase, como aquellas ofertas que han cumplido en su totalidad con los requisitos jurídicos, financieros, y técnicos exigidos en el pliego de condiciones. La respuesta a las observaciones efectuadas a los informes de verificación de requisitos habilitantes jurídicos, financieros, técnicos de las propuestas se darán a conocer en la misma audiencia de subasta, de lo cual se dejará constancia en el acta respectiva. La adjudicación se hará mediante Audiencia de Subasta Inversa, de conformidad con lo dispuesto en el cronograma del proceso en los términos establecidos a los proponentes en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015. La Resolución de adjudicación se materializará de conformidad con el Cronograma. Los Oferentes se entenderán notificados en la misma audiencia de subasta y demás proponentes con la publicación del Acto Resolución de Adjudicación, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP. El acto de adjudicación es irrevocable, salvo las excepciones contempladas por el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la entidad como al adjudicatario, contra él no procede recurso alguno. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, Migración Colombia podrá adjudicarle el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no habrá lugar a la subasta inversa.

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Samples: Pliego De Condiciones

ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos habilitantes y calificados los factores de evaluación, se determinará un orden de elegibilidad preliminar. Para determinar éste orden de elegibilidad preliminar se tendrán en cuenta el puntaje obtenido por los proponentes que hayan dado cumplimiento a la adquisición totalidad de bienes y/o servicios los requisitos habilitantes, y el primer lugar lo ocupará el proponente que haya obtenido el mayor xxxxxxx, el segundo lugar lo ocupará aquel proponente que haya obtenido el segundo mayor xxxxxxx y así sucesivamente hasta ordenar por su puntaje a la totalidad de características técnicas uniformeslos proponentes habilitados. Una vez concluida la evaluación técnica, la entidad, en audiencia pública dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas. En presencia del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación, la entidad procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta económica del proponente. Si el valor de la propuesta excede la disponibilidad presupuestal, la misma será rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación. Si el valor excede la disponibilidad presupuestal, se declarará desierto el concurso. Para tal efecto, el Departamento – Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, citará al proponente ubicado en el primer lugar del orden de elegibilidad estará dado por y abrirá el menor precio ofertado al culminar sobre con la subasta inversa presencialoferta económica con el fin de verificar si la oferta económica está en el rango del valor estimado. En caso afirmativo, revisará con el oferente la consistencia de la oferta con las necesidades de la Entidad Estatal a que se rechace la oferta de mejor precio, Migración Colombia podrá adjudicar refiere el proceso de selección a quien haya ofertado el segundo mejor precio o declarar desierto el proceso. Por ofertas hábiles, entiéndase, como aquellas ofertas que han cumplido en su totalidad con los requisitos jurídicos, financieros, y técnicos exigidos en el pliego de condiciones. La respuesta a las observaciones efectuadas a los informes de verificación de requisitos habilitantes jurídicos, financieros, técnicos de las propuestas se darán a conocer en la misma audiencia de subasta, de lo cual se dejará constancia en el acta respectiva. La adjudicación se hará mediante Audiencia de Subasta Inversa, de conformidad con lo dispuesto en el cronograma numeral 4 del proceso en los términos establecidos a los proponentes en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 2.2.1.2.1.3.2.2 del Decreto 1082 de 2015. La Resolución de adjudicación se materializará de conformidad con Si llegan a un acuerdo, dejarán constancia del mismo y firmarán el Cronogramacontrato. Los Oferentes se entenderán notificados en la misma audiencia de subasta y demás proponentes con la publicación del Acto Resolución de AdjudicaciónEn caso negativo; o, en el Sistema Electrónico caso de Contratación Pública – SECOP. El acto de adjudicación es irrevocableno llegar a un acuerdo, salvo las excepciones contempladas por el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la entidad como Entidad Estatal citará al adjudicatario, contra él no procede recurso alguno. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso proponente ubicado en el cualsegundo lugar del orden de elegibilidad y revisará con él, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, Migración Colombia podrá adjudicarle el contrato al único oferente si el valor consistencia de la oferta es igual o inferior con las necesidades de la Entidad Estatal a la disponibilidad presupuestal para que se refiere el numeral ya citado del Decreto 1082 de 2015. En caso en que lleguen a un acuerdo, dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato; en caso contrario, caso en declarará desierto el cual no habrá lugar a la subasta inversaProceso de Contratación.

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Samples: www.cundinamarca.gov.co

ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN. Para La adjudicación se realizará por la adquisición totalidad de bienes y/o servicios los ítems, de características técnicas uniformesacuerdo con las propuestas que reciba EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA y la que resulte más favorable a los fines de esta selección y necesidad a satisfacer con este proceso, el orden de elegibilidad estará dado por el menor precio ofertado en estricto apego al culminar la subasta inversa presencial. En caso que se rechace la oferta de mejor precio, Migración Colombia podrá adjudicar el proceso deber de selección a quien haya ofertado el segundo mejor precio o declarar desierto el proceso. Por ofertas hábiles, entiéndase, como aquellas ofertas que han cumplido objetiva contenido en su totalidad con los requisitos jurídicos, financieros, la normativa contractual vigente y técnicos exigidos definida en el pliego Pliego de condicionesCondiciones. La respuesta a las observaciones efectuadas a los informes de verificación de requisitos habilitantes jurídicos, financieros, financieros y técnicos y de las evaluación técnica de propuestas se darán xxxxx a conocer en la misma audiencia de subastaadjudicación, de lo cual se dejará constancia en el acta respectiva. La adjudicación se hará mediante Audiencia Resolución de Subasta InversaAdjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el cronograma del proceso en los términos establecidos a los proponentes en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 9 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 39 del Decreto 1082 1540 de 2015. La Resolución de adjudicación se materializará de conformidad con el Cronograma2013. Los Oferentes se entenderán notificados en la misma audiencia de subasta y demás proponentes con la publicación del Acto Resolución de Adjudicación, en el y la misma se publicará Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación Pública – SECOP. xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx El acto de adjudicación es irrevocable, salvo las excepciones contempladas por el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la entidad como al adjudicatario, contra él no procede recurso algunoalguno por la vía gubernativa. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, Migración Colombia podrá adjudicarle el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no habrá lugar a la subasta inversa.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN. Para La adjudicación es total no se aceptarán ofertas parciales, de acuerdo con las propuestas que reciba MIGRACION COLOMBIA y la adquisición que resulte más favorable a los fines de bienes y/o servicios de características técnicas uniformesesta selección y necesidad a satisfacer con este proceso, el orden de elegibilidad estará dado por el menor precio ofertado en estricto apego al culminar la subasta inversa presencial. En caso que se rechace la oferta de mejor precio, Migración Colombia podrá adjudicar el proceso deber de selección a quien haya ofertado el segundo mejor precio o declarar desierto el proceso. Por ofertas hábiles, entiéndase, como aquellas ofertas que han cumplido objetiva contenido en su totalidad con los requisitos jurídicos, financieros, la normativa contractual vigente y técnicos exigidos definido en el pliego Pliego de condicionesCondiciones. La respuesta a las observaciones efectuadas a los informes de verificación de requisitos habilitantes jurídicos, financierosfinancieros y técnicos y de evaluación técnica de propuestas se publicarán en la plataforma del SECOP II, técnicos de las propuestas adicionalmente se darán a conocer en la misma audiencia de subastaadjudicación, de lo cual se dejará constancia en el acta respectiva. La adjudicación se hará mediante Audiencia de Subasta InversaAdjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el cronograma del proceso en los términos establecidos a los proponentes en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 9 de 2015. La Resolución la Ley 1150 de adjudicación se materializará de conformidad con el Cronograma2007. Los Oferentes se entenderán notificados en la misma audiencia de subasta y demás proponentes con la publicación del Acto Resolución Audiencia de Adjudicación, en el y la misma se publicará Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II a través del Portal Único de Contratación Pública – SECOPxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El acto de adjudicación es irrevocable, salvo las excepciones contempladas por el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la entidad como al adjudicatario, contra él no procede recurso algunoalguno por la vía gubernativa. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Si en De conformidad con el proceso Articulo 2.2.1.1.2.2.6 del Decreto 1082 de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado2015, Migración Colombia podrá adjudicarle puede adjudicar el contrato al único oferente si cuando sólo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones, sin perjuicio de las disposiciones especiales establecidas en la ley y el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal presente decreto para el contrato, caso en el cual no habrá lugar a la subasta inversa, el concurso de méritos y las reglas particulares para los procesos con convocatoria limitada a las MIPYME.

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Samples: Pliego De Condiciones