Common use of Pago de los recibos Clause in Contracts

Pago de los recibos. El abonado deberá pagar los recibos emitidos por la empresa operadora hasta la fecha de vencimiento de los mismos. De no efectuarse el pago hasta esa fecha y sin perjuicio de su obligación de pago, la empresa operadora podrá cobrar, adicionalmente, el respectivo interés. En ningún caso, la empresa operadora podrá realizar cobros adicionales por concepto de gastos de cobranza de los recibos; sin perjuicio del derecho que corresponda a la empresa operadora de efectuar cobros adicionales derivados de un proceso judicial. Los abonados del servicio telefónico fijo dispondrán de un plazo adicional de ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento antes señalada, sin cobro de intereses ni recargo de ninguna naturaleza. Al vencimiento de dicho plazo, el abonado deberá pagar, adicionalmente, el respectivo interés, de acuerdo a lo señalado en el primer párrafo. Las empresas operadoras de otros servicios públicos de telecomunicaciones podrán establecer períodos xx xxxxxx si lo consideran pertinente.

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Samples: Texto Único Ordenado De Las Condiciones De Uso De Los Servicios Públicos De Telecomunicaciones, Texto Único Ordenado De Las Condiciones De Uso De Los Servicios Públicos De Telecomunicaciones, Texto Único Ordenado De Las Condiciones De Uso De Los Servicios Públicos De Telecomunicaciones

Pago de los recibos. El abonado deberá debe pagar los recibos emitidos por la empresa operadora hasta la fecha de vencimiento de los mismos. De no efectuarse el pago hasta esa fecha y sin perjuicio de su obligación de pago, la empresa operadora podrá puede cobrar, adicionalmente, el respectivo interés. En ningún caso, la empresa operadora podrá puede realizar cobros adicionales por concepto de gastos de cobranza de los recibos; sin perjuicio del derecho que corresponda a la empresa operadora de efectuar cobros adicionales derivados de un proceso judicial. Los abonados del servicio telefónico fijo dispondrán disponen de un plazo adicional de ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento antes señalada, sin cobro de intereses ni recargo de ninguna naturaleza. Al vencimiento de dicho plazo, el abonado deberá debe pagar, adicionalmente, el respectivo interés, de acuerdo a lo señalado en el primer párrafo. Las empresas operadoras de otros servicios públicos de telecomunicaciones podrán pueden establecer períodos xx xxxxxx si lo consideran pertinente.

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Samples: Resolución De Condiciones De Uso