Pedidos de aclaraciones a las Ofertas. La Sociedad podrá solicitar con posterioridad al acto de apertura de las propuestas – sobre Nº 1- , aclaraciones por escrito, asimismo podrá solicitar a cualquiera de los oferentes la documentación que esta crea necesaria a fin de completar la oferta presentada, con anterioridad a la apertura del sobre Nº 2. Estas aclaraciones no podrán alterar la propuesta original, ni modificar las bases de contratación ni el principio de igualdad entre los oferentes. Los aspectos que pudieren prestarse a diferentes interpretaciones respecto a si se tratare de una omisión o de una contradicción aparente dentro mismo de la oferta, pero cuya aclaración no implique la adición de aspectos no indicados en la presentación original, podrán ser objeto de pedido de aclaración por parte de la Gerencia Responsable, mediando intervención de la Gerencia de Asuntos Jurídicos sobre su procedencia. De existir otros aspectos que por cualquier otro motivo, incluyendo el de la simple omisión, sí comprometan la esencia de la presentación, éstos no podrán ser objeto de solicitudes de aclaración. Si evaluada la importancia de la información faltante ésta fuera de suficiente magnitud, podrá sin más ser objeto de descalificación.
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Samples: Concurso De Precios, Public Procurement Contract, Contract for Security Services