Common use of PENALIZACIÓN POR REPORTES IRREGULARES O AUSENCIA DE ESTOS Clause in Contracts

PENALIZACIÓN POR REPORTES IRREGULARES O AUSENCIA DE ESTOS. El Instituto no amparará ningún reclamo de indemnización cuando el Asegurado no haya presentado algún reporte durante la vigencia de la póliza. El Instituto tendrá derecho a realizar un estudio contable para verificar los montos de los créditos otorgados durante los períodos no reportados y podrá ajustar la prima a cobrar según el resultado de dicho estudio. Asimismo, queda entendido que, ante la ocurrencia y presentación de un reclamo amparable, el Instituto procederá a revisar los registros contables que respalden los reportes enviados por el Asegurado, de tal forma que si se determina que la suma reportada es inferior a la suma de los créditos otorgados en el mes inmediato anterior de la fecha de ocurrencia del evento, la diferencia porcentual que así se determine será aplicada al monto de la pérdida amparable y su resultado se deducirá de tal pérdida, sin perjuicio de la participación que deba aplicarse según se estableció en esta póliza.

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Samples: www.ins-cr.com, www.grupoins.com, www.grupoins.com

PENALIZACIÓN POR REPORTES IRREGULARES O AUSENCIA DE ESTOS. El Instituto no amparará ningún reclamo de indemnización cuando el Asegurado no haya presentado algún reporte durante la vigencia de la póliza. El Instituto tendrá derecho a realizar un estudio contable para verificar los montos de los créditos otorgados durante los períodos no reportados y podrá ajustar la prima a cobrar según el resultado de dicho estudio. Asimismo, queda entendido que, ante la ocurrencia y presentación de un reclamo amparable, el Instituto procederá a revisar los registros contables que respalden los reportes enviados por el Asegurado, de tal forma que si se determina que la suma reportada es inferior a la suma de los créditos otorgados en el mes inmediato anterior de la fecha de ocurrencia del evento, la diferencia diferen cia porcentual que así se determine será aplicada al monto de la pérdida amparable y su resultado se deducirá de tal pérdida, sin perjuicio de la participación que deba aplicarse según se estableció en esta póliza.

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Samples: sevins.ins-cr.com

PENALIZACIÓN POR REPORTES IRREGULARES O AUSENCIA DE ESTOS. El Instituto no amparará ningún reclamo de indemnización cuando el Asegurado no haya presentado algún reporte durante la vigencia de la póliza. El Instituto tendrá derecho a realizar un estudio contable para verificar los montos de los créditos otorgados durante los períodos no reportados y podrá ajustar la prima a cobrar según el resultado de dicho estudio. Asimismo, queda entendido que, ante la ocurrencia y presentación de un reclamo amparable, el Instituto procederá a revisar los registros contables que respalden los reportes enviados por el Aseguradoasegurado, de tal forma que si se determina que la suma reportada es inferior a la suma de los créditos otorgados en el mes inmediato anterior de la fecha de ocurrencia del evento, la diferencia porcentual que así se determine será aplicada al monto de la pérdida amparable y su resultado se deducirá de tal pérdida, sin perjuicio de la participación que deba aplicarse según se estableció en esta póliza.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento