PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR. Serán desestimadas las of ertas de las siguientes personas: a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188. b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados. c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena. d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica. f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156. g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
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Samples: Compulsa De Precios, Contratación Directa
PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR. Serán desestimadas las of ertas de las siguientes personas:
a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena.
d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la contrala Corrupción.
e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
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Samples: Compulsa De Precios
PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR. Serán desestimadas las of ertas ofertas de las siguientes personas:
a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena.
d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
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Samples: Consultancy Agreement