COBERTURA BÁSICA Está asegurada dentro del marco de las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil en que incurriere el asegurado por daños a terceros, derivada de las actividades propias de la industria que se mencionan en la carátula de la póliza. Queda asegurada, por ejemplo, su responsabilidad: 1. Como propietario o arrendatario de terrenos, edificios o locales, que sean utilizados para la industria citada. Para asegurar la responsabilidad legal del arrendatario por daños a un inmueble tomado en arrendamiento, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil legal de arrendatario. 2. Derivada de la tenencia y uso de instalaciones de carga y descarga, así como de máquinas de trabajo. 3. Derivada de la posesión y mantenimiento de lugares de estacionamiento y gasolineras a su servicio. Para asegurar daños a vehículos ajenos (o a su contenido) en poder del asegurado, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil del garaje o estacionamiento de automóviles. 4. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sanitarias y de aparatos e instalaciones reconocidas por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa. 5. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones de seguridad a su servicio (servicio contra incendio, perros guardianes, sistemas de alarmas y similares). 6. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sociales a su servicio (comedores, comercios, casas-hogar, guarderías, escuelas, bibliotecas y similares). 7. Derivada del permiso de uso o asignación de lugares y aparatos para la práctica de deportes por el personal de su empresa. No se cubre la responsabilidad civil personal de los participantes en las actividades deportivas. 8. Derivada de excursiones y actos festivos organizados para su personal. 9. Derivada de la propiedad o del mantenimiento de instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), dentro o fuera de sus inmuebles.
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestarán el servicio de energía eléctrica dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial (comercial, oficial, industrial), en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley. Una vez presentada la solicitud por parte del USUARIO, esta será resuelta dentro los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales para autorizar la conexión, en cuyo caso EPM en calidad de operador de red dispondrán de un plazo de tres (3) meses para realizar la conexión. Una vez el USUARIO adelante ante EPM el trámite de conexión a la red, o en su representación lo haga un comercializador, se deberá manifestar explícitamente el comercializador en la solicitud, de lo contrario se entenderá que el USUARIO ha seleccionado a EPM como su comercializador de energía. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por las disposiciones contenidas en el RETIE, el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (Resolución CREG 070 de 1998) o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopte o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, el inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM cobrará las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión, cuando estas sean prestadas por ellas: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas.
Servicio 29 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (8 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Universidad Tecnológica ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 1 Servicio 30 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (8 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Universidad Tecnológica ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. 1 Servicio 31 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (12 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Universidad Tecnológica de Tamaulipas Norte. 1 Servicio 32 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (2 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para el Instituto Tamaulipeco de Becas, Estímulos y Créditos Educativos. 1 Servicio 33 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (4 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para el Colegio de Tamaulipas. 1 Servicio 34 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (33 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para el Instituto Tamaulipeco de Vivienda y Urbanismo. 1 Servicio 35 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (5 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Comisión de Parques y Biodiversidad de Tamaulipas. 1 Servicio 36 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (2 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas. 1 Servicio 37 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (8 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para el Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física Educativa. 1 Servicio 38 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (7 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, así como los excedentes que se generen de dichos servicios, para la Universidad de Seguridad y Justicia de Tamaulipas. 1 Servicio 39 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (1 Equipo) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Comisión ▇▇ ▇▇▇▇ y Pesca Deportiva de Tamaulipas. 1 Servicio 40 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (1 Equipo) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Anticorrupción. 1 Servicio 41 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (1 Equipo) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para Tam Energía Alianza. 1 Servicio 42 Servicio Integral de Equipos Multifuncionales (5 Equipos) que consiste en arrendamiento de equipos y servicio de impresión, copiado, escaneo, para el Centro Regional de Formación Docente e Investigación. 1
DEL SERVICIO El plazo máximo de ejecución para la totalidad del servicio objeto de la presente oferta se establece en 2 años incluyendo un año de prórroga. Durante este año de prórroga, GIAHSA tendrá la potestad de resolver el contrato en el caso de consumir todas horas establecidas como mínimas dentro del PPT. Habida cuenta del carácter esencial de los servicios públicos atendidos por GIAHSA, el retraso en el pago del precio del contrato no habilitará al proveedor para dar por finalizado el contrato, aunque el contratista quedará facultado para exigir los daños y perjuicios que por ese motivo se le causasen. Del mismo modo, atendiendo al hecho de que las prestaciones a las que se refiere este contrato se consideran muy necesarias para el buen funcionamiento de servicios esenciales para la comunidad, si llegara el término del mismo después de haber sido denunciado por una de las partes, y si por razones ajenas a la voluntad de GIAHSA, ésta no se encontrara en condiciones técnicas de afrontar con sus propios medios las referidas tareas o no se hubieran podido contratar de nuevo las mismas, el adjudicatario deberá seguir desarrollándolas por un período no mayor de tres meses desde la fecha de la notificación de resolución de contrato, no pudiendo exigir indemnización por los daños y perjuicios que por ésta causa se le irroguen. El contrato tendrá la duración establecida en el primer párrafo del presente artículo y podrá finalizar por las siguientes causas, además de todas las previstas en la normativa vigente: a) Mutuo acuerdo de las partes b) Muerte o incapacidad sobrevenida del concesionario individual o extinción de la personalidad jurídica. c) Falta de autorización previa en los supuestos de transmisión o modificación, por fusión, absorción o escisión, de la personalidad jurídica del concesionario. d) Caducidad por vencimiento del plazo. e) El incumplimiento por parte del contratista de los requerimientos en materia de seguridad y salud. f) Incumplimiento de las obligaciones asumidas por cualquiera de las partes, sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicios a que haya lugar. Además se considerarán causas de rescisión de contrato las contenidas en la Condiciones Generales de Contratación de Servicios (Anexo 1)
Servicios El Comprador realizará todas las obras preparatorias de acuerdo a la Información Técnica, las cuales serán estructuralmente adecuadas para los Servicios de la Empresa. El Comprador será responsable de proveer el acceso temprano al sitio donde se realizarán los Servicios (“Sitio”) así como las condiciones necesarias para la Empresa poder ejecutar los Servicios. Si el Comprador suministra la transportación de los Equipos a el Sitio, será responsable de su advenimiento en el tiempo que la Empresa lo especifique. El Comprador se asegurará de que la Empresa pueda comenzar los Servicios según el cronograma y horario acordado. La Empresa no rendirá ningún Servicio en Sitios que a su discreción sean peligrosos o sean dañinos a la salud. El Comprador será el único responsable de establecer y mantener durante el Contrato toda medida de seguridad y precaución legalmente requerida. Si así acordado, el Comprador facilitará sin cargo adicional todas las grúas y equipos de izaje y de transporte, herramientas, maquinarias, materiales, y suministros (incluyendo combustibles, aceites, grasas, gas, agua, electricidad, vapor, aire comprimido, calefacción, iluminación, elementos de medición, ensayo de propiedad). La Empresa especificará por escrito sus requerimientos. El Comprador, sin cargo adicional, proveerá capacidad de almacenamiento seguro a la Empresa para cualquier Equipo o material que necesite proteger del ambiente o de robo. El Comprador también proveerá rutas de acceso adecuadas para el transporte de los materiales y Equipos a el Sitio. Cualquier prueba del Equipo acordada previa a la entrega, se realizará únicamente en la fábrica, de acuerdo a las especificaciones técnicas acordadas, en acuerdo con el horario, cronograma de producción y políticas de la fábrica, y con previo aviso a la Empresa. En el evento del Comprador haber exigido una prueba y no asistir, el Comprador aceptará el protocolo de la prueba de fábrica como exacto y final. Si por causas no imputables a la Empresa, el Servicio de arranque solicitado no se realiza o no se puede realizar dentro del plazo contractualmente para tal fin pactado, la Empresa dejará de ser responsable de realizar dicho Servicio. En el caso de que posteriormente el Comprador esté interesado en realizar dicho arranque, la Empresa proporcionará una nueva cotización para este Servicio solo si se reprograma a más tardar dentro de los doce (12) meses posteriores a la entrega del Equipo. En cualquier caso, el Comprador será totalmente responsable de los gastos asociados con las reparaciones necesarias del Equipo y / o las necesidades de mantenimiento descubiertas durante el proceso de arranque diferido. Los períodos de garantía no se extenderán en ningún caso debido a retrasos en la puesta en marcha, y no se emitirá ningún reembolso por los pagos de Servicios de arranque que no se realicen por motivos que no sean imputables a la Empresa. Para instalaciones y proyectos llave en mano, la recepción de los Servicios (“Recepción”) ocurrirá en el momento del arranque satisfactorio a menos que se acuerde lo contrario. Deficiencias menores, falta de energía o cualquier otro suministro que no sea responsabilidad de la Empresa, no impedirán la Recepción, la cual se realizará una vez entregados los Equipos y/o Servicios. A falta de acuerdo sobre la Recepción , la Recepción ocurrirá en la fecha de la notificación de la Empresa. La Empresa no será responsable por ninguna falla o daño a cualquier Equipo causado por interrupción de energía, funcionamiento monofásico, inversión de fase, bajo voltaje u otras deficiencias fuera del control de la Empresa.El Comprador no tendrá derecho a utilizar ninguna parte de los beneficios resultantes de los Servicios previo a la Recepción, o, la Empresa considerará los Servicios recibidos, en cuyo caso quedará relevada de su obligación de reparar cualquier deficiencia. Los Servicios se considerarán finalizados cuando se complete la Recepción. A menos que en la Cotización se acuerde algo distinto o existan circunstancias de Fuerza Mayor o modificaciones, a los fines de la fecha de entrega final, el término de ejecución de los Servicios comenzara a partir de la fecha de recibo del primer pago que corresponda, conforme a los términos de este Contrato.