DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

DEL SERVICIO. Coordinación y supervisión técnica de todas las actividades que integra el Componente de energías del Proyecto, de acuerdo a la Matriz de Responsabilidades Institucionales, actuando en forma directa con las entidades beneficiarias, los organismos participantes, y el Comité Técnico de Coordinación. 4.ACTIVIDADES Las actividades a ser desarrolladas por el consultor son: Realizar la verificación de requisitos de las solicitudes que le sean derivadas, identificar las necesidades de apoyo y complementación, preparar la carpeta de la solicitud para su presentación al comité. Elaborar, revisar y ajustar Términos de Referencia (TdR) y presupuestos referenciales en coordinación con los responsables de las entidades beneficiarias. Solicitar la convocatoria a comité cuando corresponda en el marco del Reglamento Operativo del PROMULPRE. En coordinación con las otras áreas de la UCEP, participar en la elaboración del plan operativo anual consolidado y programa plurianual. Realizar el seguimiento de cumplimiento de los indicadores establecidos para los estudios a su cargo y recomendar los ajustes necesarios en el marco lógico/Matriz de Resultados del programa, de manera que su ejecución se ajuste a los cronogramas y presupuestos aprobados. Velar por la adopción e implementación de las medidas de control interno que aseguren la correcta ejecución del programa. Coadyuvar en la inscripción de los recursos en el Presupuesto General del Estado y el registro en el SISIN de los estudios a su cargo. Revisar la documentación y recomendar el desembolso de recursos de acuerdo al avance y ejecución de los estudios de preinversión que sean solicitadas por las entidades beneficiarias. Sistematizar la información Generada de los estudios a su cargo, como insumos para los informes de programa. Apoyar en el seguimiento y ejecución de las consultorías contratadas Coadyuvar en el trabajo de evaluación de fin del proyecto. Revisión de los informes técnicos, de los estudios a su cargo. Solicitar cuando corresponda los desembolsos parciales de las consultorías de los estudios a su cargo. Revisar las solicitudes de modificación de contratos de las consultorías y otorgar la conformidad a los mismos. Elaboración de los informes requeridos por la coordinación general. Efectuar actividades inherentes al cargo por instrucción del Coordinador de la Unidad Ejecutora del PROMULPRE y/o de la Jefatura de la Unidad de Preinversión dependiente de la Dirección General de Programación y Preinversión. Respo...
DEL SERVICIO. La recepción y liquidación del contrato se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 222 y 307 del TRLCSP. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Universidad, la totalidad de la prestación. Su constatación exigirá por parte de la Universidad, la formalización del correspondiente Acta de Recepción o la emisión de un informe de conformidad dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución del servicio.
DEL SERVICIO. PRIMERA.- “EL CLIENTE”, a través del centro de atención telefónica, puede instruir a través de un representante de “BANCOMER” debidamente autorizado por éste con funciones específicas, el cual podrá realizar operaciones a nombre de “EL CLIENTE”, las cuales podrán ser las siguientes:
DEL SERVICIO. En caso de que el vehículo asegurado sufriera alguno de los siguientes eventos:
DEL SERVICIO. El servicio de Pago Móvil que BANSI pone a disposición del CLIENTE le permitirá realizar transacciones autorizadas por él mismo a través de la APP, tales como lo son: - Consultas de saldos y límites de operación de la cuenta. - Transferencias de recursos con cargo a la cuenta asociada a su dispositivo electrónico con destino a otra cuenta en moneda nacional. - Ubicación de sucursales y/o cajeros automáticos. - Cancelación del Servicio.
DEL SERVICIO. ÚNICA.- “EL BANCO” ofrece a “EL CLIENTE” un servicio en virtud del cual “EL CLIENTE” podrá de manera integral, bajo un mismo número de cliente y de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en los capítulos III y IV del presente “CONTRATO”, llevar a cabo las siguientes operaciones, en moneda nacional:
DEL SERVICIO. Las partes declaran que los servicios que prestará EL LOCADOR se ejecutaran sin que ello implique una relación de subordinación o dependencia con LA ENTIDAD, y dejan expresa constancia que no existe relación laboral entre LA ENTIDAD y EL LOCADOR. En consecuencia, las partes declaran que la relación derivada de este contrato no genera beneficios o derechos económicos y sociales propios a una relación laboral. EL LOCADOR se obliga a prestar personalmente el servicio objeto de este contrato y conviene expresamente con LA ENTIDAD que no podrá sustituir total o parcialmente su ejecución por terceras personas. Sin embargo, EL LOCADOR podrá valerse de auxiliares o asistentes, bajo su cuenta y riesgo. EL LOCADOR declara que LA ENTIDAD esta libre de toda responsabilidad por los actos y/o contratos que celebre con terceros para la prestación de sus servicios. EL LOCADOR recibirá por sus servicios la suma total de S/.5,667.00 por todo concepto e incluidos los impuesto xx xxx, que se abonará a opción de LA ENTIDAD en armadas periódicas a razón de: Del 26 xx Xxxxx al 31 xx Xxxxx de 2007 : S/. 567.00 Del 01 xx Xxxxx al 30 xx Xxxxx de 2007 : S/. 1700.00 Del 00 xx Xxxx xx 31 xx Xxxx de 2007 : S/. 1700.00 Del 01 xx Xxxxx al 30 xx Xxxxx de 2007 : S/. 1700.00 El pago se efectuara previa presentación de la Conformidad del Servicio y del Recibo por Honorarios Profesionales. El monto fijado por honorarios constituyen un monto bruto, es decir, comprende los impuestos que LA ENTIDAD debe retener, así como cualquier otro concepto o retención que disponga la ley. Las partes acuerdan que LA ENTIDAD no asumirá gastos en los que pudiera incurrir EL LOCADOR, para la prestación de los servicios a su cargo, excepto aquellos que sean previamente convenidos, en los que se encontrarán específicamente, los gastos en los que deba incurrir EL LOCADOR por concepto del pago de tasas, movilidad por desplazamiento a lugares distintos a la sede de LA ENTIDAD, viáticos y contratación de terceros a los que se les encomienden la elaboración de estudios, informes u otros documentos necesarios y complementarios a los servicios para los que se contratan a EL LOCADOR. LA ENTIDAD podrá depositar en una entidad bancaria el pago que origine el presente contrato, con lo que el pago queda ejecutado, lo que se verifica con el depósito. En los casos en que la institución lo considere pertinente podrá autorizar la emisión de un cheque por el pago a ser realizado.
DEL SERVICIO. Volaris proporcionará al Pasajero el servicio de Transporte Aéreo Internacional de un lugar de origen a uno de destino, sujeto al presente contrato de transporte aéreo internacional de Pasajeros, así como a los términos, condiciones y políticas que se encuentran publicadas en el Sitio de Internet y que son aceptadas al momento de contratar el servicio por cualquiera de los canales de compra de Volaris operados por Vuela El Xxxxxxxx, S.A. de C.V. A su vez, Volaris proporcionará al Pasajero el servicio de Transporte Aéreo Interlineal operado por Vuela El Xxxxxxxx, S.A. de C.V. y la aerolínea con quien tenga celebrado un Contrato Interlineal, a través de las rutas sobre las que Volaris o la otra aerolínea tengan derechos de tráfico, acorde a los términos y condiciones de operación de Volaris, así como del operador de transporte aéreo con quien tenga celebrado el Contrato Interlineal que corresponda. El Pasajero en contraprestación por el servicio que se contrate, se obliga a pagar un precio cierto y en dinero más los impuestos, derechos o cargos que exija la legislación vigente y que resulten aplicables de tiempo en tiempo, mismos que el Pasajero podrá consultar en el Sitio de Internet de Volaris, a través del Call Center, la aplicación móvil o en los módulos de atención a Pasajeros en el aeropuerto.
DEL SERVICIO. 1 CAPÍTULO II
DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR podrá suspender la prestación de EL SERVICIO a EL CLIENTE: A. Cuando EL CLIENTE no haya cancelado la factura después de la fecha límite de pago e incurra en xxxx. EL PROVEEDOR realizará las gestiones de cobro correspondientes a partir del vencimiento de la factura. B. Cuando EL CLIENTE utilice EL SERVICIO para explotación no autorizada por la Ley colombiana o esté haciendo uso indebido o fraudulento del mismo, así como de los equipos propiedad de EL PROVEEDOR, si no se subsana la situación en el término de 10 días desde que EL PROVEEDOR haya notificado a EL CLIENTE. C. Cuando EL PROVEEDOR detecte que EL CLIENTE está utilizando EL SERVICIO para actuaciones contrarias a la Ley, La Constitución y las buenas costumbres, se procederá conforme a lo establecido.