Common use of Plus de Inspección Clause in Contracts

Plus de Inspección. Disfrutará del mismo, en atención al trabajo realizado la persona trabajadora de Inspección en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa que habitualmente realiza fuera de la oficina de la empresa su trabajo sin sujeción al horario prefijado, como compensación al mayor esfuerzo y dedicación que exigen las gestiones y los viajes. La cuantía de este plus para l persona trabajadora de inspección que realice su función fuera del lugar de residencia habitual; y para el que realice su función en el lugar de residencia habitual, se concreta en los siguientes términos: Para el año 2020 el importe de este plus figura cuantificado en el Anexo III del presente Convenio. Para el año 2021 el importe del plus figura cuantificado en el Anexo IV del Convenio. Para los sucesivos años de vigencia del Convenio, el importe del plus se determinará conforme a las previsiones del artículo 43 y siguientes. El plus, en ambas modalidades, podrá ser absorbido por otras remuneraciones de cualquier clase, fijas o variables, o por toda clase de mejoras voluntarias, pactadas o que se pacten en el futuro excepto dietas y gastos de locomoción, aunque si el total de las remuneraciones complementarias y mejoras no alcanza anualmente la cuantía que suponga el plus en cada modalidad, las Entidades deberán complementar hasta el límite del plus, según la modalidad que corresponda.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Plus de Inspección. Disfrutará del mismo, en atención al trabajo realizado la persona trabajadora el personal de Inspección en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa que habitualmente realiza fuera de la oficina de la empresa Empresa su trabajo sin sujeción al horario prefijado, como compensación al mayor esfuerzo y dedicación que exigen las gestiones y los viajes. La cuantía de este plus para l persona trabajadora el personal de inspección que realice su función fuera del lugar de residencia habitual; y para el que realice su función en el lugar de residencia habitual, se concreta en los siguientes términos: Para el año 2020 2016 el importe de este plus figura cuantificado en el Anexo III del presente Convenio. Para el año 2021 2017 el importe del plus figura cuantificado en el Anexo IV del Convenio, que se adaptará en su caso, conforme a las previsiones del art. 37 del Convenio. Para los sucesivos años de vigencia del Convenio, el importe del plus se determinará conforme a las previsiones del artículo 43 38 y siguientes. El plus, en ambas modalidades, podrá ser absorbido por otras remuneraciones de cualquier clase, fijas o variables, o por toda clase de mejoras voluntarias, pactadas o que se pacten en el futuro excepto dietas y gastos de locomoción, aunque si el total de las remuneraciones complementarias y mejoras no alcanza anualmente la cuantía que suponga el plus en cada modalidad, las Entidades deberán complementar hasta el límite del plus, según la modalidad que corresponda.

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Samples: Convenio Colectivo General

Plus de Inspección. Disfrutará del mismo, en atención al trabajo realizado la persona trabajadora el personal de Inspección en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa que habitualmente realiza fuera de la oficina de la empresa su trabajo sin sujeción al horario prefijado, como compensación al mayor esfuerzo y dedicación que exigen las gestiones y los viajes. La cuantía de este plus para l persona trabajadora el personal de inspección que realice su función fuera del lugar de residencia habitual; y para el que realice su función en el lugar de residencia habitual, se concreta en los siguientes términos: Para el año 2020 2016 el importe de este plus figura cuantificado en el Anexo anexo III del presente Convenio. Para el año 2021 2017 el importe del plus figura cuantificado en el Anexo anexo IV del Convenio, que se adaptará en su caso, conforme a las previsiones del artículo 37 del Convenio. Para los sucesivos años de vigencia del Convenio, el importe del plus se determinará conforme a las previsiones del artículo 43 38 y siguientes. El plus, en ambas modalidades, podrá ser absorbido por otras remuneraciones de cualquier clase, fijas o variables, o por toda clase de mejoras voluntarias, pactadas o que se pacten en el futuro excepto dietas y gastos de locomoción, aunque si el total de las remuneraciones complementarias y mejoras no alcanza anualmente la cuantía que suponga el plus en cada modalidad, las Entidades entidades deberán complementar hasta el límite del plus, según la modalidad que corresponda.

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Samples: Convenio Colectivo

Plus de Inspección. Disfrutará del mismo, en atención al trabajo realizado la persona trabajadora el personal de Inspección en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa que habitualmente realiza fuera de la oficina de la empresa su trabajo sin sujeción al horario prefijado, como compensación al mayor esfuerzo y dedicación que exigen las gestiones y los viajes. La cuantía de este plus para l persona trabajadora el personal de inspección que realice su función fuera del lugar de residencia habitual; y para el que realice su función en el lugar de residencia habitual, se concreta en los siguientes términos: Para el año 2020 2012 el importe de este plus figura cuantificado en el Anexo anexo III del presente Convenio. Para el año 2021 2013 el importe del plus figura cuantificado en el Anexo anexo IV del Convenio, que se adaptará en su caso, conforme a las previsiones del artículo 37 del Convenio. Para los sucesivos años de vigencia del Convenio, el importe del plus se determinará conforme a las previsiones del artículo 43 38 y siguientes. El plus, en ambas modalidades, podrá ser absorbido por otras remuneraciones de cualquier clase, fijas o variables, o por toda clase de mejoras voluntarias, pactadas o que se pacten en el futuro excepto dietas y gastos de locomoción, aunque si el total de las remuneraciones complementarias y mejoras no alcanza anualmente la cuantía que suponga el plus en cada modalidad, las Entidades deberán complementar hasta el límite del plus, según la modalidad que corresponda.

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Samples: Convenio Colectivo Nacional Para Entidades De Seguros, Reaseguros Y Mutuas De Accidentes De Trabajo