RESOLUCIONES RECURRIBLES Cláusulas de Ejemplo

RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a) del parágrafo I del Artículo 90, de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 del Decreto Supremo Nº 0181; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I del Decreto Supremo Nº 0181.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra: La Resolución de Aprobación del DBC con las enmiendas, si hubieran.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra:
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Conforme lo establecido en el Artículo 90 de las NB-SABS, los proponentes no podrán interponer el Recurso Administrativo de Impugnación.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra la Resolución Administrativa de Expresiones de Interés.
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría para Empresas Consultoras en la Modalidad ANPE. 5 legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I de las NB- SABS. 10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
RESOLUCIONES RECURRIBLES. Los proponentes podrán interponer, Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones de: