Política de Salvaguardia de Activos Objetivo. La política de salvaguarda de activos tiene por objeto la identificación y protección de activos financieros que el cliente tiene depositados en la Entidad u otras entidades subdepositarias, con una triple finalidad: salvaguardar el derecho de propiedad de los clientes, prohibir la utilización por cuenta propia de los activos del cliente, salvo autorización expresa de éste, minimizar el riesgo de pérdida y deterioro de los activos por su uso indebido. La normativa MiFID establece para las Entidades la obligación de mantener registros internos que garanticen: la efectiva distinción de los activos de un cliente de los de otros clientes y de los de la propia Entidad, su exactitud y su correspondencia con los instrumentos y fondos de los clientes, realizando conciliaciones periódicas con fuentes externas, en caso de utilización de terceras entidades como subdepositarios.
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