Common use of PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES Clause in Contracts

PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación y Servicios de esta Administración, de 8:00 a 14:00 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE LA OBRA DE REPARACIÓN DE BACHES EN TODO EL ENTORNO XXXXXX XX XXXXXXX", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo II. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante declaración apropiada de entidad financiera. La solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con el art. 76 del TRLCSP: Mediante la presentación de una relación de obras similares a las que se pretende contratar ejecutadas en los últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, precisando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. i) Ficha de Terceros. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este caso, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:

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Samples: Contract for Road Repair Works

PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento Ayuntamiento de Contratación y Servicios de esta AdministraciónAtxondo, de 8:00 9 a 14:00 14 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DE LA OBRA LAS OBRAS PARA EL ACONDICIONAMIENTO DEL FRONTÓN DE REPARACIÓN DE BACHES EN TODO EL ENTORNO XXXXXX XX XXXXXXXAPATAMONASTERIO.", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo II. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán xxxxxxx acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, Declaración expresa responsable de no estar incurso en su caso, por la Agencia Estatal ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Administración Tributaria acreditativa Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el del cumplimiento de sus las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante declaración apropiada de entidad financiera. La solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con el art. 76 del TRLCSP: Mediante la presentación de una relación de obras similares a las que se pretende contratar ejecutadas en los últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, precisando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. i) Ficha de Terceros. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este caso, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:

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Samples: Construction Contract

PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación y Servicios la Secretaría de esta Administración, de 8:00 09:00 a 14:00 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE EL SUMINISTRO Y LA OBRA COLOCACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR PARA EL AHORRO ENERGÉTICO Y LA REDUCCIÓN DE REPARACIÓN LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA DEL POLÍGONO XXXXXXXXX DE BACHES EN TODO EL ENTORNO XXXXXX XX XXXXXXXZEGAMA", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo II. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, Declaración expresa responsable de no estar incurso en su caso, por la Agencia Estatal ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Administración Tributaria acreditativa Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el del cumplimiento de sus las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes., salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador: e-1) Justificación de la solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante declaración apropiada de entidad financiera. La solvencia técnica quien licite se acreditará por uno o varios de los medios los siguientes: - Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. -Las cuentas anuales presentadas en el siguiente Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios/as no obligados/as a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. -Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades empresariales, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.. Si, por una razón justificada, la persona empresaria no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de acuerdo con el art. 76 del TRLCSP: Mediante la presentación de una relación de obras similares a las cualquier otro documento que se pretende contratar ejecutadas en considere apropiado por el órgano de contratación. e-2) Justificación de la solvencia técnica deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: 1. Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el , indicando su importe, las fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el lugar órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de ejecución este certificado, mediante una declaración del empresario. 2. Descripción de las obrasinstalaciones técnicas, precisando si se realizaron según de las reglas medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. 3. Descripción y fotografía del producto a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. 4. Certificados expedidos por las los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que se rige acrediten la profesión y se llevaron normalmente conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”determinadas especificaciones o normas. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. i) Ficha Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I Las proposiciones podrán presentarse sin la documentación referida en esta cláusula, identificada con las letras a), b), c), d), e), f) y g); pero en ese caso, el adjudicatario tendrá que aportarla antes de Tercerosla formalización del contrato. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las Asimismo, las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, También se podrá recabar que los licitadores aporten presentar dicha documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este casofotocopia simple, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada pero en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contrataciónadjudicatario del contrato, previo a la vista formalización del mismo, deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la justificación efectuada por el licitador y aportación de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:originales.

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Samples: Suministro Y Colocación Del Alumbrado Público Exterior

PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación y Servicios de esta Administración, de 8:00 a 14:00 15:00 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE LA OBRA DE REPARACIÓN REMODELACIÓN DE BACHES ESCALERAS DEL PARQUE DE BIZKOTXALDE EN TODO EL ENTORNO XXXXXX XX XXXXXXXBASAURI", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo IIsubcontratar. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. Las licitadoras deberán indicar, si lo estiman necesario, que parte de su oferta técnica se considera confidencial e intransferible. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante declaración apropiada de entidad financiera. La solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con el art. 76 del TRLCSP: Mediante la presentación de una relación de obras similares a las que se pretende contratar ejecutadas en los últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, precisando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la las misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. gf) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. hg) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. ih) Ficha de Terceros. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y eb) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. El Comité de negociación estará integrado por X. Xxxx Xxxxxxxx del Olmo y por X. Xxxxx Xxxxx. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este caso, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:

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PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación y Servicios de esta Administracióndel Ayuntamiento xx Xxxxxxx, de 8:00 horas a 14:00 horas, 15:00 horas todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SUMINISTRO DE LA OBRA MATERIAL DE REPARACIÓN DE BACHES EN TODO PINTURA PARA EL ENTORNO XXXXXX AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo II. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, Declaración expresa responsable de no estar incurso en su caso, por la Agencia Estatal ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Administración Tributaria acreditativa Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el del cumplimiento de sus las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes., salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La solvencia económica y financiera deberá podrá acreditarse mediante declaración apropiada por uno o varios de entidad financiera. los medios establecidos en el artículo 75 del T.R.L.C.S.P. La solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio podrá acreditar mediante alguno de acuerdo con el art. 76 del TRLCSPlos siguientes medios: Mediante la presentación de una la relación de obras similares muestras, descripciones y fotografías de los productos a las que se pretende contratar ejecutadas en suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. • Mediante la relación de los principales suministros de material de pintura efectuados durante los cinco últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el , indicando su importe, las fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el lugar órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por xxxxx, a falta de ejecución de las obraseste certificado, precisando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación mediante una declaración del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”empresario. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. i) Ficha de Terceros. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y eb) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este caso, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:

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Samples: Suministro De Pintura

PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES. El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación y Servicios la Secretaría de esta Administración, de 8:00 9,00 a 14:00 14,00 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación. Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE LA OBRA DE REPARACIÓN DE BACHES EN TODO EL ENTORNO XXXXXX XX XXXXXXXDE......................................", que contenga los siguientes documentos: 1.- Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I. 2.- La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de la declaración responsable. 3.- Documento en el que se indique la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar ajustado al modelo incorporado en el Anexo II. Deberán señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, señalando el importe, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación establecido en el art.227.2.e) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el porcentaje que le importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del contratista y justificando la aptitud de éste para ejecutarla. a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Certificaciones positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, Declaración expresa responsable de no estar incurso en su caso, por la Agencia Estatal ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Administración Tributaria acreditativa Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el del cumplimiento de sus las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. e) La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante declaración apropiada de entidad financiera. La solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con el art. 76 del TRLCSP: Mediante la presentación de una relación de obras similares a las que se pretende contratar ejecutadas en los últimos cinco años; alguna de ellas deberá estar avalada por certificados de buena ejecución que incluirán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, precisando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen ritmo. Estas solvencias podrán ser acreditadas si se presenta documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar las obras del Grupo G “Viales y Pistas” y el subgrupo 4 “Con firmes de mezclas bituminosas”. f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo establecido en el art. 67 del TRLCSP y 52 del Reglamento. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. i) Ficha de Terceros. Para los licitadores que no hayan contratado anteriormente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. (Anexo II). Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato. Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar. En este caso, el/los licitador/es requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error. Se advierte que en el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador/es del procedimiento. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse. En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales) para la preferencia de la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:

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