PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva), se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusula. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva), independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. El SERCOP procederá a aplicar la suspensión del contratista en el Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación: a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle de la circunstancia que justifique la sanción, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanción. b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegado, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanción.
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Samples: Cataloging Agreement, Catalogación Del Servicio De Metalmecánica
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. 1.- La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retrasoincumplimiento. En los casos en que exista incumplimiento en la entrega prestación del mobiliario escolar servicio por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Marco, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. le sean aplicables.
2.- El SERCOP procederá a aplicar a la suspensión de el/ la proveedor (a) del contratista en el Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden -Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle -Detalle de la circunstancia que justifique la sanción, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones -Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanción.
b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanción.
c) La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente.
3.- Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. 1.- La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la de entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso de que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. le sean aplicables.
2.- El SERCOP procederá a aplicar la suspensión suspensiónde el/ la proveedor (a) del contratista en el Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción correspondientesuspensióncorrespondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden -Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle -Detalle de la circunstancia que justifique la sanciónsuspensión, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones -Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanciónsuspensión.
b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanciónsuspensión.
c) La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente.
3.- Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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Samples: Selection of Suppliers for the Provision of Textile Products
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. 1.- La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la de entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Marco, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. le sean aplicables.
2.- El SERCOP procederá a aplicar a la suspensión o sanción del contratista en el el/ la proveedor (a) del Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden -Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle -Detalle de la circunstancia que justifique la sanción, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones -Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanción.
b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanción.
c) La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente.
3.- Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. 1.- La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la de entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso de que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. le sean aplicables.
2.- El SERCOP procederá a aplicar la suspensión de el/ la proveedor (a) del contratista en el Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción suspensión correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden -Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle -Detalle de la circunstancia que justifique la sanciónsuspensión, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones -Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanciónsuspensión.
b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanciónsuspensión.
c) La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente.
3.- Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante Entidad Contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la de entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes Entidades Contratantes adeuden al contratistaproveedor. En caso de que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante Entidad Contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugarle sean aplicables. El SERCOP procederá a aplicar la suspensión del contratista en el (la) proveedor(a) del Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) : La entidad contratante Entidad Contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción suspensión correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle de la circunstancia que justifique la sanciónsuspensión, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanción.
b) suspensión. El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanciónsuspensión. La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente. Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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Samples: Proveedor De Productos Alimenticios
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES. 1.- La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. En los casos en que exista incumplimiento en la de entrega del mobiliario escolar por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por el administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, la entrega se podrá realizar en un plazo máximo adicional de hasta 10 diez (10) días, sin que durante dicho tiempo sea aplicable multa alguna, caso contrario se aplicarán las multas descritas en el numeral 1 de ésta cláusuladescritas. Las multas impuestas podrán ser descontadas de cualquier valor que las entidades contratantes adeuden al contratista. En caso de que el proveedor se niegue a pagar el valor establecido como multa, la entidad contratante deberá comunicar tal hecho al SERCOP para que ésta Entidad analice la pertinencia técnica y jurídica de realizar proceder con el trámite de la terminación unilateral del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva)Compromiso, independientemente de que se incorporen en las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. le sean aplicables.
2.- El SERCOP procederá a aplicar la suspensión de el/ la proveedor (a) del contratista en el Catálogo Dinámico Inclusivo, siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a) La entidad contratante afectada deberá notificar al SERCOP, mediante oficio con la solicitud expresa de aplicar la sanción suspensión correspondiente, en donde conste lo siguiente: • Orden -Orden de compra: número, descripción y fecha de emisión; • Detalle -Detalle de la circunstancia que justifique la sanciónsuspensión, expuesta con claridad y precisión; y, • Explicaciones -Explicaciones del proveedor, si las hubiere. A este oficio se deberá adjuntar el expediente completo de la compra o compras que motivan la solicitud de sanciónsuspensión.
b) El administrador del Acuerdo de Compromiso (Convenio Xxxxx xx Xxxxx Inclusiva) realizará la recopilación de información que considere necesaria para emitir un informe sustentado, que será puesto a consideración del Director General o su delegadoGeneral, en el cual se recomiende la aplicación o no de la sanciónsuspensión.
c) La máxima autoridad del SERCOP o su delegado, en base al informe presentado por el administrador del contrato, expedirá la resolución respectiva en caso de considerarlo pertinente.
3.- Suspensión definitiva del registro único de proveedores: Se producirá cuando el proveedor adjudicatario haya entregado información adulterada, siempre que dicha situación haya sido declarada en sentencia ejecutoriada de última instancia, sin posibilidad de rehabilitarse en el RUP.
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Samples: Selection of Suppliers for the Provision of Animals