PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Cláusulas de Ejemplo

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. (Decreto 614 de 1984 Min. Protección Social) COPASO (Resolución 2013 de 1986, Art. 63 Decreto Ley 1295 de 1994). Para las Empresa para las cuales no aplica el COPASO, debe tenerse el Vigía Ocupacional según lo reglamentado en el Artículo 35 del Decreto Ley 1295 de 1994. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. Servicios de Gestión Ambiental (Decreto 2676 de 2000, Resolución 1164 de 2002 y Decreto 4741 de 2005).
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. El Contratista, además de la obligación de establecer y ejecutar en forma permanente el programa de salud ocupacional según lo establecido en las normas vigentes sobre la materia, será responsable de los perjuicios ocasionados por la falta de medidas de salubridad en su ambiente de trabajo.
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. Aspectos Ambientales
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. La empresa proponente deberá adjuntar a la propuesta el sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a lo exigido por la normatividad vigente en Salud Ocupacional ley 1562 de 2012 Decreto 614 de 1984; Decreto 1295 de 1994, Decreto 2346 de 2007 y la Resolución 1016 de 1989. El programa deberá ser acreditado por un profesional en Salud Ocupacional con Licencia vigente y una vinculación laboral de mínimo veinticuatro (24) meses con la empresa proponente. Allegar con la propuesta un cronograma de capacitación encaminado a la prevención y mitigación de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, mejorando las condiciones de trabajo y salud de los colaboradores.
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. Los proponentes deberán allegar con su propuesta el programa de salud ocupacional de sus trabajadores, en los términos previstos en el Decreto 1530 de 1996 y demás normas vigentes. organigrama de la empresa programa de salud ocupacional La propuesta económica más favorable a los intereses de esta entidad, es la que contemple todos los requerimientos de los salarios previstos en el formato que acompaña a los estudios técnicos, la cantidad de personas requeridas y el cumplimiento de la seguridad social y la dotación en los casos a que haya lugar.
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. El principal objetivo de un Programa de Salud Ocupacional es el de proveer de seguridad, protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo, según lo reglamentado en el Decreto 614 de 1984 del Ministerio de la Protección Social y según lo recomendado por la norma técnica ICONTEC GTC 34. Se deberá presentar el Programa de Salud Ocupacional de la empresa con el compromiso de realizar los ajustes pertinentes a los subprogramas que conforman este programa de acuerdo a los nuevos riesgos del personal en misión de la E.S.E. H.R.M.B. El Programa de Salud Ocupacional; que debe seguir los lineamientos del Programa de Salud Ocupacional de la E.S.E. H.R.M.B. Dar cumplimento a la Resolución 1401 del 14 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2007, sobre investigación de accidentes de trabajo.
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. Durante los diez (10) días calendario posteriores al perfeccionamiento del contrato por parte de la Agencia Logística, el oferente favorecido deberá presentar a la interventoría el programa de salud ocupacional, además tiene la obligación de establecer y ejecutar en forma permanente el programa de salud ocupacional y seguridad industrial según lo establecido en las normas vigentes, es responsable de los riesgos originados en su ambiente de trabajo (Capítulo VI prevención y promoción de riesgos profesionales, Decreto 1295 de 1994). El plan de salud ocupacional debe tener en cuenta mínimo los siguientes objetivos:  Identificar los factores de riesgo existentes, con el fin de poner en práctica medidas de control que mejoren las condiciones de trabajo y salud para las personas que trabajan en la obra.  Crear estándares de seguridad y vigilancia que ayuden a evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.  Planear, organizar y desarrollar eventos de instrucción y capacitación que sirvan de elementos de formación integral en el trabajo y fomente la participación activa de los trabajadores en general.  Ubicar y mantener al trabajador según sus aptitudes físicas y psicológicas, en ocupaciones que pueda desempeñar eficientemente sin poner en peligro su salud o la de sus compañeros.  Procurar una adecuada y oportuna atención médica en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. El plan de salud ocupacional y seguridad industrial debe incluir el cronograma de actividades por semanas a desarrollar durante la ejecución de la obra (capacitaciones, fechas para la conformación de las brigadas, fecha para conformación del COPASO, etc.) el cual deberá ser revisado y aprobado por la interventoría. Dicho cronograma será el documento que servirá para realizar el seguimiento al plan de salud ocupacional y seguridad industrial por parte de la interventoría.
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. El programa es un documento en el que se va a determinar las medidas de intervención de acuerdo a lo detallado en el diagnóstico o valoración de riesgos, en el mismo se proponen las actividades en función de los objetivos metas y políticas de la empresa y que quedaran establecidas en un cronograma de trabajo para su seguimiento y evaluación respectiva. Las actividades podrán desglosarse en forma de subprogramas o áreas de salud ocupacional para una mejor interpretación y desarrollo del mismo, por ejemplo: • SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL • SUBPROGRAMA DE ORDEN Y LIMPIEZA • SUBPROGRAMA DE HIGIENE OCUPACIONAL • SUBPROGRAMA ERGONÓMICO • SUBPROGRAMA DE PRIMEROS AUXILIOS • SUBPROGRAMA DE PROTECCIÓN PERSONAL • SUBPROGRAMA DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE INCENDIOS • SUBPROGRAMA DE EMERGENCIAS (debe ajustarse a la guía de presentación del PLAN DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS, diseñada por el Ministerio).
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. El Contratista, además de la obligación de establecer y ejecutar en forma permanente el programa de salud ocupacional según lo establecido en las normas vigentes sobre la materia, será responsable de los perjuicios ocasionados por la falta de medidas de salubridad en su ambiente de trabajo. Las políticas Ambientales y Sociales El BEI pretende añadir valor mediante la mejora de la sostenibilidad social y ambiental de todos los proyectos que financia y, como tal, los proyectos deben cumplir con los requisitos ambientales y sociales del Banco. Los constructores son responsables del cumplimiento de las exigencias ambientales y sociales del BEI. En cuanto a la contratación, el contratista está obligado a cumplir con las leyes laborales aplicables y las normas nacionales e internacionales de protección del medio ambiente, salud y seguridad, incluidos aquellos contenidos en cualquier pertinente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) los convenios y acuerdos internacionales sobre protección del medio ambiente. El Contratista se obliga a ejecutar las obras de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre el medio ambiente y las normas especiales para el trámite y obtención de las autorizaciones y permisos específicos otorgados por autoridad competente, tales como manejo y disposición de residuos sólidos y líquidos domésticos, manejo de materiales y sobrantes de obra, vertimiento de aguas residuales, concesión de aguas y registro ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Durante el desarrollo del proyecto el contratista será el responsable del cumplimiento de todas las medidas de manejo ambiental a implementar y de los requerimientos que la Autoridad Ambiental disponga. Ejecución del contrato Inicio, planificación y control de obra Desde la firma del acta de inicio y entrega del sitio, la fiscalización tendrá la obligación de supervisar el cumplimiento del proyecto, para el efecto, en cada informe de aprobación de planilla verificará el cumplimiento por parte del contratista, y adjuntará copias de los documentos habilitantes antes descritos. El contratista y la fiscalización serán los responsables directos de los valores consignados en las planillas de ejecución de trabajos o avance de obra, en base a la supervisión in situ de los trabajos.