PROPONENTES PLURALES. Se entenderá presentada una oferta por un proponente plural cuando de manera conjunta dos o más personas naturales o jurídicas presenten una sola oferta al proceso. En tal caso se entenderá como proponente para todos los efectos dentro del presente proceso al grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente plural, deberá acreditar estar conformado y anexar el documento suscrito por sus integrantes. (formato 3 o 4 según sea el caso) La presentación de ofertas por parte de proponentes plurales deberá sujetarse a las siguientes condiciones: a) Modalidad de asociación (consorcio o unión temporal). b) Nombre e identificación del proponente plural y de sus integrantes. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo a los numerales anteriores, según su naturaleza. c) Objeto del proceso de selección. d) Para Consorcios deberá señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. e) Para Uniones Temporales deberá indicarse el porcentaje de participación y señalar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato. f) Acreditar el nombramiento de un representante del proponente plural, quien deberá tener facultades para representar a los integrantes del proponente plural, sin limitaciones de cuantía o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO en el curso del proceso de selección; (iv) Recibir las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar, incluyendo la comunicación de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir los documentos que se requieran, incluso el contrato de ser el caso, y (vii) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo con lo previsto en los numerales anteriores, según su naturaleza. Los aspectos requeridos en los numerales anteriores deberán acreditarse mediante la presentación del acuerdo consorcial o del acuerdo de constitución de la unión temporal, en el que se consignen los acuerdos que den cuenta de esta información. Las personas que integren el consorcio o unión temporal responderán solidariamente por las obligaciones contraídas en razón de la oferta y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responderán solidariamente por la obligación que debía cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato por parte de cada uno de los integrantes. Las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la oferta y del contrato afectarán a todos los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, deben informar el número de NIT de cada uno y su participación en el valor del contrato, y (iii) Si la facturación se hará por el consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que en el evento de adjudicación del contrato se diligenciará el NIT para la suscripción correspondiente. Una vez presentada la oferta y verificado el cierre del proceso de selección e incluso en la etapa de ejecución del contrato, no se aceptará cambio en los porcentajes de participación del proponente plural o sobre el alcance de las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas o naturales).
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación
PROPONENTES PLURALES. Se entenderá presentada una oferta por un proponente plural cuando Los proponentes podrán presentar propuestas conjuntas en calidad de manera conjunta dos o más personas naturales o jurídicas presenten una sola oferta al proceso. En tal caso se entenderá como proponente para todos los efectos dentro del presente proceso al grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente plural, deberá acreditar estar conformado y anexar el documento suscrito por sus integrantes. (formato 3 o 4 según sea el caso) La presentación de ofertas por parte de proponentes plurales deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
a) Modalidad de asociación (consorcio o unión temporal).
b) Nombre e identificación del proponente plural y , para lo cual deberán indicar expresamente si su participación es a título de sus integrantes. Todos los integrantes deben acreditar su existenciaconsorcio o unión temporal, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo conforme a los numerales anteriores, según su naturaleza.
c) Objeto del proceso de selección.
d) Para Consorcios deberá señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
e) Para Uniones Temporales deberá indicarse el porcentaje de participación y señalar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato.
f) Acreditar el nombramiento de un representante del proponente plural, quien deberá tener facultades para representar a los integrantes del proponente plural, sin limitaciones de cuantía o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO lo señalado en el curso parágrafo 1 del proceso artículo 7 de selección; (iv) Recibir las comunicaciones y notificaciones a que haya lugarla Ley 80 de 1993. Igualmente, incluyendo la comunicación los proponentes podrán ofertar como oferente plural por medio de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la promesas de sociedad futura, debiendo adjuntar el Anexo 09 - Modelo de Documento de Constitución para Promesa de Sociedad Futura, no obstante tomando en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir los documentos que se requieran, incluso el contrato de ser el caso, y (vii) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo con consideración lo previsto en los numerales anterioresartículos 110 y 119 del Código de Comercio y en la jurisprudencia, según dicha forma de asociación se tomará como un consorcio. En ningún caso pueden existir varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, so pena del rechazo de su naturalezapropuesta. Los aspectos requeridos Cuando la propuesta se presente en los numerales anteriores deberán acreditarse mediante consorcio o unión temporal, se requiere: • Que hayan sido conformados antes de presentar la presentación propuesta y que se acredite la existencia del acuerdo consorcial consorcio o del acuerdo de constitución de la unión temporal, para lo cual deberá aportarse el documento de constitución suscrito por cada uno de sus miembros. Si los integrantes son personas jurídicas, este documento deberá estar firmado por el/los representante(s) legal(es). Nota: El proponente que se presente en cualquiera de estas formas deberá presentar el documento de constitución, Anexo 8- Modelo de Documento de Constitución del Consorcio o Unión Temporal, en el que se consignen cual deberá indicar como mínimo lo siguiente:
1. Si los acuerdos que den cuenta de esta informaciónproponentes desean participar como consorcio o como unión temporal.
2. Las personas reglas básicas que integren regulen las relaciones entre sus integrantes.
3. Si se trata de unión temporal deberán indicarse además los términos y extensión (actividades y porcentaje) de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin el consentimiento previo de la entidad.
4. La persona que para todos los efectos legales representará al consorcio o unión temporal responderán solidariamente por y quien contará con las obligaciones contraídas en razón de la oferta facultades amplias y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responderán solidariamente por la obligación que debía cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato por parte de cada uno de los integrantes. Las actuaciones, hechos suficientes para obligar y omisiones que se presenten en desarrollo de la oferta y del contrato afectarán responsabilizar a todos los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, deben informar el número de NIT cual no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman.
5. Que el término de su duración no sea inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo el presente requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integrantes.
6. Que se haya designado un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal. El representante legal deberá contar con facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del consorcio o la unión temporal. El representante no podrá ser remplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman. La aceptación del representante deberá constar con su participación firma en el valor documento de constitución del contrato, y (iii) Si consorcio o de la facturación se hará por el unión temporal.
7. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre del consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que y en el evento de adjudicación del contrato se diligenciará el NIT para cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la suscripción correspondiente. Una vez presentada elaboración y presentación de la oferta propuesta y verificado el cierre del proceso de selección e incluso en la etapa de celebración y ejecución del contrato, no se aceptará cambio en los porcentajes de participación del proponente plural o sobre el alcance de caso que la entidad le adjudique el proceso. En especial tendrá las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas o naturales)facultades suficientes para:
a) Presentar la Propuesta.
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Samples: Service Agreement, Supply Agreement
PROPONENTES PLURALES. Se entenderá presentada una oferta Propuesta por un proponente plural Proponente plural, cuando de manera conjunta dos o más personas naturales y/o jurídicas presenten una sola oferta al procesoPropuesta en la Licitación. En tal caso se entenderá tendrá como proponente Proponente, para todos los efectos dentro del de la presente proceso Licitación, al grupo conformado por la pluralidad de personas personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente Los miembros originales del Proponente plural que aparezcan en la Propuesta deberán permanecer como miembros durante todo el plazo de vigencia del Contrato. Lo anterior, salvo autorización previa en contrario de METRO CALI S.A., la cual será impartida siempre que ésta lo considere conveniente o necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones del Contrato, evento en el que en todo caso el sustituto y/o cesionario deberá tener iguales o mejores indicadores de experiencia que los de la persona que sustituye o cede su participación en el Proponente plural, según se tuvieron en cuenta al evaluar y adjudicar el Contrato a la Propuesta de la cual hizo parte el miembro que sustituye o cede su participación. En todo caso, el sustituto deberá acreditar estar conformado y anexar presentar ante METRO CALI S.A., como requisito previo para la autorización de la sustitución, todos los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos, según corresponda en cada caso. Sin perjuicio de lo indicado, el miembro del Proponente plural que pretenda ser sustituido o cedido, continuará respondiendo solidariamente por el cumplimiento total del objeto contratado. Lo expuesto anteriormente, deberá constar en el documento suscrito por sus integrantes. (formato 3 de constitución de los Consorcios y Uniones Temporales o 4 en los estatutos de la sociedad futura, según sea el caso) . La presentación de ofertas Propuestas por parte de proponentes plurales Proponentes plurales, deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
3.1.6.1 Consorcios y Uniones Temporales
a) Modalidad Acreditar la existencia del Consorcio o de asociación (consorcio o unión temporal)la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro. En el caso en que en la Propuesta no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.
b) Nombre e identificación del proponente plural y de sus integrantes. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo a los numerales anteriores, según su naturaleza.
c) Objeto del proceso de selección.
d) Para Consorcios deberá señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
e) Para Uniones Temporales deberá indicarse el porcentaje de participación y señalar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato.
f) Acreditar el nombramiento de un representante del proponente pluralúnico de todas las personas naturales o jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal, quien deberá tener con facultades suficientes para representar a la representación -sin limitaciones- de todos y cada uno de los integrantes del proponente pluralintegrantes, sin limitaciones de cuantía o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder en todos los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO en el curso del proceso de selección; (iv) Recibir las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar, incluyendo la comunicación de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir los documentos aspectos que se requieran, incluso el contrato requieran para la presentación de ser el caso, la Propuesta y (viipara la suscripción del Contrato de Obra.
c) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su Acreditar la existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídicajurídica de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal y de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del Contrato de acuerdo con Obra a través de la forma de asociación escogida.
d) Acreditar un término mínimo de duración del Consorcio o de la Unión Temporal, por lo previsto en los numerales anteriores, según su naturalezamenos igual al término máximo de duración del Contrato de Obra y cinco (5) años más. Los aspectos requeridos en los numerales anteriores literales a) y d) anteriores, deberán acreditarse mediante la presentación del acuerdo consorcial o del acuerdo de constitución de la unión temporalUnión Temporal, en el que se consignen los acuerdos que den cuenta de esta informaciónlo pertinente. Las Cuando una Propuesta sea presentada por dos o más personas a través de las figuras de Consorcio o Unión Temporal, deberá consignarse de manera clara y expresa en el documento de asociación si la misma se da en calidad de Consorcio o Unión Temporal, y en este último caso señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la Unión Temporal en la Propuesta y en el Contrato. Para constituirse en Unión Temporal, deberá expresarse así de manera clara y explícita; de otra forma, en el caso de Propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas se presumirá la intención de concurrir a la Licitación en Consorcio, con los efectos y consecuencias que integren dicha forma de asociación conlleve para los Proponentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. También se presumirá la intención de concurrir a la Licitación en Consorcio, con los efectos señalados, cuando el acuerdo de Unión Temporal no señale con claridad los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la Unión Temporal en la Propuesta y en el Contrato. Los aspectos requeridos en el literal b) precedente deberán acreditarse mediante la presentación del documento en el cual conste el otorgamiento de poder a un representante común con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y a cada uno de los copartícipes en el trámite de la Licitación. El poder podrá ser otorgado en el mismo acto de constitución del Consorcio o la Unión Temporal. Los aspectos requeridos en el literal c) precedente respecto de las personas jurídicas y/o naturales que se asocien en Consorcio o Unión Temporal para la presentación de la Propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en el presente Pliego de Condiciones. Uno de los miembros, del consorcio o unión temporal responderán solidariamente por las obligaciones contraídas en razón de la oferta y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes deberá tener un porcentaje mínimo de participación del 40% dentro de la misma responderán solidariamente estructura del proponente plural. El no cumplimiento de este requisito generará el rechazo de la propuesta para el (los) grupo(s) en que no cumpla, de conformidad con el numeral 5.3.2.
3.1.6.2 Promesa de Sociedad Futura
a) Acreditar la suscripción de la promesa de contrato de sociedad para la constitución de una sociedad mercantil en cuyo objeto se contemple la suscripción y ejecución del Contrato objeto de esta Licitación, en la que se prevea para la sociedad futura un término mínimo de duración por lo menos igual al término del Contrato y cinco (5) años más.
b) Acreditar el nombramiento de un represente único de todas las personas naturales o jurídicas que se comprometan a la obligación constitución de la sociedad futura, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones del grupo, en todos los aspectos que debía cumplirsese requieran desde la presentación de la Propuesta hasta la constitución de la sociedad prometida.
c) Acreditar la existencia, pero vigencia, representación legal y la capacidad jurídica de las sanciones causadas por personas integrantes del grupo y de sus representantes legales, para suscribir el incumplimiento, según el caso, se impondrán contrato de acuerdo con la promesa de sociedad y para su participación en la ejecución del contrato por parte sociedad futura que se constituya, en la calidad y proporciones de participación en las que cada uno de los integrantesfuturos asociados se comprometa. Las actuacionesLos aspectos requeridos en el literal a) anterior, hechos deberán acreditarse mediante la presentación del contrato de promesa de constitución de sociedad mercantil, con el cumplimiento de los requisitos previstos en tal literal y omisiones que se presenten en desarrollo el artículo 119 del Código de Comercio, sujetando la suscripción del contrato de sociedad únicamente a la adjudicación de la oferta Licitación, y señalando un término o plazo para la suscripción del contrato afectarán de sociedad en dicho evento, término éste que, en todo caso, deberá permitir el cumplimiento de los plazos máximos establecidos en estos Pliegos. Los aspectos requeridos en el literal b) precedente deberán acreditarse mediante la presentación del documento en el cual conste el otorgamiento de poder a un representante común con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, deben informar el número de NIT de cada uno y su participación copartícipes en el valor del contrato, y (iii) Si trámite de la facturación se hará por el consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que Licitación. El poder podrá ser otorgado en el evento contrato de adjudicación del contrato se diligenciará promesa de constitución de sociedad mercantil. Los aspectos requeridos en el NIT para la suscripción correspondiente. Una vez presentada la oferta y verificado el cierre del proceso de selección e incluso en la etapa de ejecución del contrato, no se aceptará cambio en los porcentajes de participación del proponente plural o sobre el alcance literal c) precedente respecto de las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas y/o naturales)naturales que se comprometan a la constitución de la sociedad futura, deberán acreditarse conforme se indica en el presente Pliego de Condiciones.
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Samples: Public Procurement Agreement
PROPONENTES PLURALES. Se entenderá presentada una oferta por un proponente plural cuando Los proponentes podrán presentar propuestas conjuntas en calidad de manera conjunta dos o más personas naturales o jurídicas presenten una sola oferta al proceso. En tal caso se entenderá como proponente para todos los efectos dentro del presente proceso al grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente plural, deberá acreditar estar conformado y anexar el documento suscrito por sus integrantes. (formato 3 o 4 según sea el caso) La presentación de ofertas por parte de proponentes plurales deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
a) Modalidad de asociación (consorcio o unión temporal).
b) Nombre e identificación del proponente plural y , para lo cual deberán indicar expresamente si su participación es a título de sus integrantes. Todos los integrantes deben acreditar su existenciaconsorcio o unión temporal, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo conforme a los numerales anteriores, según su naturaleza.
c) Objeto del proceso de selección.
d) Para Consorcios deberá señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
e) Para Uniones Temporales deberá indicarse el porcentaje de participación y señalar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato.
f) Acreditar el nombramiento de un representante del proponente plural, quien deberá tener facultades para representar a los integrantes del proponente plural, sin limitaciones de cuantía o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO lo señalado en el curso parágrafo 1 del proceso artículo 7 de selección; (iv) Recibir las comunicaciones y notificaciones a que haya lugarla Ley 80 de 1993. Igualmente, incluyendo la comunicación los proponentes podrán ofertar como oferente plural por medio de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la promesas de sociedad futura, debiendo adjuntar el Anexo 9 - DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN PARA PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA, no obstante tomando en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir los documentos que se requieran, incluso el contrato de ser el caso, y (vii) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo con consideración lo previsto en los numerales anterioresartículos 110 y 119 del Código de Comercio y en la jurisprudencia, según dicha forma de asociación se tomará como un consorcio. En ningún caso pueden existir varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, so pena del rechazo de su naturalezapropuesta. Los aspectos requeridos Cuando la propuesta se presente en los numerales anteriores deberán acreditarse mediante consorcio o unión temporal, se requiere: • Que hayan sido conformados antes de presentar la presentación propuesta y que se acredite la existencia del acuerdo consorcial consorcio o del acuerdo de constitución de la unión temporal, para lo cual deberá aportarse el documento de constitución suscrito por cada uno de sus miembros. Si los integrantes son personas jurídicas, este documento deberá estar firmado por el/los representante(s) legal(es). Nota: El proponente que se presente en cualquiera de estas formas deberá presentar el documento de constitución, Anexo 8 - Modelo de Documento de Constitución del Consorcio o Unión Temporal, en el que se consignen cual deberá indicar como mínimo lo siguiente: Si los acuerdos que den cuenta de esta informaciónproponentes desean participar como consorcio o como unión temporal.
1. Las personas reglas básicas que integren regulen las relaciones entre sus integrantes.
2. Si se trata de unión temporal deberán indicarse además los términos y extensión (actividades y porcentaje) de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin el consentimiento previo de la entidad.
3. La persona que para todos los efectos legales representará al consorcio o unión temporal responderán solidariamente por y quien contará con las obligaciones contraídas en razón de la oferta facultades amplias y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responderán solidariamente por la obligación que debía cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato por parte de cada uno de los integrantes. Las actuaciones, hechos suficientes para obligar y omisiones que se presenten en desarrollo de la oferta y del contrato afectarán responsabilizar a todos los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, deben informar el número de NIT cual no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman.
4. Que el término de su duración no sea inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo el presente requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integrantes.
5. Que se haya designado un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal. El representante legal deberá contar con facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del consorcio o la unión temporal. El representante no podrá ser remplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman. La aceptación del representante deberá constar con su participación firma en el valor documento de constitución del contrato, y (iii) Si consorcio o de la facturación se hará por el unión temporal.
6. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre del consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que y en el evento de adjudicación del contrato se diligenciará el NIT para cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la suscripción correspondiente. Una vez presentada elaboración y presentación de la oferta propuesta y verificado el cierre del proceso de selección e incluso en la etapa de celebración y ejecución del contrato, no en el caso que la entidad le adjudique el proceso. En especial tendrá las facultades suficientes para:
a. Presentar la Propuesta.
b. Suscribir la carta de presentación de la Propuesta.
c. Atender todos los posibles requerimientos que formule la entidad relacionados con la Propuesta.
d. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se aceptará cambio en requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los porcentajes términos y condiciones de participación del proponente plural o sobre la selección.
e. Suscribir el alcance de las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas o naturales)contrato.
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PROPONENTES PLURALES. Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada una oferta por un proponente plural cuando de manera conjunta dos en consorcio o más personas naturales o jurídicas presenten una sola oferta al procesounión temporal. En tal caso se entenderá tendrá como proponente proponente, para todos los efectos dentro del presente proceso al efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente pluralPodrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos: • Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá acreditar estar conformado y anexar declararse de manera expresa en el documento suscrito por sus integrantes. (formato 3 o 4 según sea el caso) La presentación de ofertas por parte de proponentes plurales deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
a) Modalidad acuerdo de asociación (correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros de la unión temporal en la propuesta y ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. • Acreditar un término mínimo remanente de duración del consorcio o unión temporal).
b, de un (1) Nombre e identificación año, contado a partir del proponente plural vencimiento del plazo de duración del contrato. • Acreditar la existencia, y representación legal de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en unión temporal, la capacidad de sus integrantes. Todos los integrantes deben acreditar su existenciarepresentantes para la constitución del consorcio o unión temporal, vigenciala presentación de la propuesta, representación legal la celebración y capacidad jurídica, de acuerdo a los numerales anteriores, según su naturaleza.
c) Objeto del proceso de selección.
d) Para Consorcios deberá señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
e) Para Uniones Temporales deberá indicarse el porcentaje de participación y señalar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato.
f. • Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tienen un término mínimo remanente de duración, de un (1) Acreditar el nombramiento año, contado a partir del vencimiento del plazo de duración del contrato. • La designación de un representante facultado para actuar en nombre y representación del proponente pluralconsorcio o unión temporal. Igualmente, quien deberá tener facultades para representar a designar un suplente que lo reemplace en los integrantes del proponente plural, sin limitaciones casos de cuantía ausencia temporal o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar definitiva. • Los requisitos relacionados con la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO en el curso del proceso de selección; (iv) Recibir las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar, incluyendo la comunicación de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir los documentos que se requieran, incluso el contrato de ser el caso, y (vii) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigenciarepresentación y duración de los consorcios o uniones temporales, representación legal y capacidad jurídica, de acuerdo con lo previsto en los numerales anteriores, según su naturaleza. Los aspectos requeridos en los numerales anteriores deberán acreditarse mediante la presentación del acuerdo documento consorcial o del acuerdo de constitución de la unión temporal, en el que se consignen los acuerdos que den cuenta de esta informacióny la información requerida. Las personas que integren el consorcio o unión temporal responderán solidariamente por las obligaciones contraídas en razón de la oferta y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responderán solidariamente por la obligación que debía cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se impondrán de acuerdo • Los requisitos relacionados con la participación en la ejecución del contrato por parte de cada uno de los integrantes. Las actuacionesexistencia, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la oferta y del contrato afectarán a todos los miembros que conformen el consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica representación y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud jurídica de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, respecto de las personas jurídicas o naturales que se asocien en consorcio o en unión temporal para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente proyecto xx xxxxxx de condiciones. En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, los miembros de la asociación deben informar establecer la modalidad en que se presentan ya sea en consorcio o unión temporal. En el número evento de NIT presentarse propuesta bajo la modalidad de unión temporal, deberán señalarse los términos y extensión de la participación de cada uno y su participación en el valor del contrato, y (iii) Si la facturación se hará por el consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que en el evento de adjudicación del contrato se diligenciará el NIT para la suscripción correspondiente. Una vez presentada la oferta y verificado el cierre del proceso de selección e incluso sus integrantes en la etapa de ejecución del contrato. La responsabilidad es solidaria, no pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones se aceptará cambio en los porcentajes impondrán de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la unión temporal en la ejecución del proponente plural o sobre el alcance de las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas o naturales)contrato.
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Samples: Licitación Pública
PROPONENTES PLURALES. (a) Como se mencionó en el numeral 3.1 de este Pliego de Condiciones, los Proponentes podrán participar en el Proceso de Selección a través de Estructuras Plurales. Se entenderá presentada una oferta Propuesta por una Estructura Plural, y por ende se considerará que se presentó un proponente plural solo Proponente Plural, cuando de manera conjunta dos o más personas naturales y/o jurídicas presenten una sola oferta al procesoPropuesta bajo la figura de Consorcio o Unión Temporal. En tal caso se entenderá tendrá como proponente Proponente, para todos los efectos dentro del presente proceso Concurso, al grupo conformado por la pluralidad de personas personas, y no a las personas que lo conforman individualmente consideradas. El proponente plural, deberá acreditar estar conformado y anexar el documento suscrito por sus integrantes. .
(formato 3 o 4 según sea el casob) La presentación de ofertas Propuestas por parte de proponentes plurales Proponentes Plurales, deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
a(i) Modalidad Existencia y representación legal de asociación los miembros:
(consorcio o unión temporal).
b1) Nombre e identificación del proponente plural y de sus integrantes. Todos los integrantes deben Los Proponentes Plurales deberán acreditar su la existencia, vigencia, representación legal y la capacidad jurídicajurídica de las personas integrantes de la Estructura Plural y las facultades de sus representantes legales, de acuerdo a en los términos señalados en los numerales anteriores4.4.1 y 4.4.2 de este Pliego, según su naturalezapara suscribir el contrato de Consorcio o Unión Temporal del que trata el numeral 4.4.3(b)(ii) siguiente, para la presentación de la Propuesta y para la ejecución del Contrato de Interventoría.
c(ii) Objeto del proceso Contrato de selecciónConsorcio o Unión Temporal:
(1) El Proponente deberá acreditar la suscripción de un contrato para la formación de un Consorcio o de una Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro.
d(2) Para Consorcios deberá señalarse En el porcentaje caso de constituirse bajo la forma de una Unión Temporal, en el contrato que acredita la formación de la misma se señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno de los integrantesmiembros de la Unión Temporal en la Propuesta y en el Contrato.
e(3) Para Uniones Temporales constituirse en Unión Temporal, deberá indicarse el porcentaje expresarse así de participación manera clara y señalar las obligaciones y responsabilidades explícita; de cada uno de los integrantes respecto a la ejecución del contrato.
f) Acreditar el nombramiento de un representante del proponente pluralotra forma, quien deberá tener facultades para representar a los integrantes del proponente plural, sin limitaciones de cuantía o naturaleza, como mínimo para: (i) Presentar la oferta; (ii) Notificarse, (iii) Responder los requerimientos y aclaraciones que formule la RED ADELCO en el curso del proceso caso de selección; Propuestas presentadas por dos (iv2) Recibir las comunicaciones o más personas jurídicas se presumirá la intención de concurrir al Proceso de Selección en Consorcio, con los efectos y notificaciones a consecuencias que haya lugar, incluyendo la comunicación dicha forma de adjudicación; (v) Participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del proceso de selección. (vi) Suscribir asociación conlleve para los documentos que se requieran, incluso el contrato de ser el caso, y (vii) Representarlos judicial o extrajudicialmente. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídicaProponentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. También se presumirá la intención de concurrir al Concurso en Consorcio, con los numerales anterioresefectos señalados, según su naturaleza. Los aspectos requeridos en los numerales anteriores deberán acreditarse mediante la presentación del acuerdo consorcial o del cuando el acuerdo de constitución Unión Temporal no señale con claridad los términos y extensión de la unión temporal, en el que se consignen los acuerdos que den cuenta de esta información. Las personas que integren el consorcio o unión temporal responderán solidariamente por las obligaciones contraídas en razón de la oferta y del contrato respectivo. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responderán solidariamente por la obligación que debía cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato por parte de cada uno de los integrantes. Las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo miembros de la oferta Unión Temporal en la Propuesta y en el Contrato.
(4) En cualquier caso, todo miembro de la Estructura Plural deberá contar con, por lo menos, un veinte por ciento de participación (20%) en la misma. Adicionalmente, uno de ellos deberá contar con una participación mayor al cincuenta por ciento (50%), y deberá acreditar, por lo menos, el cincuenta por ciento (50%) de la Experiencia Habilitante y Específica acreditada por el Proponente expresada en SMMLV; el cual será denominado Miembro Líder.
(iii) Apoderado Común:
(1) Como parte del contrato afectarán a todos los miembros que conformen acuerdo mediante el consorcio cual se establece el Consorcio o la unión temporal. No podrá haber cesión del porcentaje Unión Temporal, o en documento independiente, las personas jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal, deberán constituir un Apoderado Común y, por lo menos, un suplente con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de participación de los integrantes del consorcio, salvo autorización previa todos y por escrito por parte de la RED ADELCO, que en cualquier caso se otorgará solamente a terceros, no entre asociados, y únicamente cuando la cesión de la participación en el consorcio o unión temporal sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de experiencia técnica y capacidad financiera que los del miembro que cede su participación en el consorcio o unión temporal, según se consideró al evaluar y adjudicar el contrato al proponente del cual hizo parte. La solicitud de cesión deberá estar debidamente justificada. El proponente plural debe tener, como mínimo, una duración no inferior al plazo del contrato y un año más. Para efectos de facturación, en el documento de conformación del consorcio o unión temporal deberá especificarse: (i) Si la facturación se hará en representación del consorcio o la unión temporal por parte de uno de sus integrantes, debe informar el número de NIT de quien facturará, (ii) Si la facturación se hará en forma separada por cada uno de los integrantes miembros del consorcio Consorcio o la unión temporalUnión Temporal, deben informar en todos los aspectos que se requieran desde la presentación de la Propuesta y hasta el número vencimiento del segundo mes contado desde la notificación de NIT la Adjudicación del Concurso al Adjudicatario y, en caso de cada uno resultar Adjudicatario del Concurso, el mandato se extenderá durante toda la vigencia del Contrato de Interventoría y su participación un (1) año después de la terminación del Contrato.
(2) En el evento en el valor del contrato, y (iii) Si la facturación se hará por el consorcio o unión temporal con su propio NIT, debe indicar que en el evento Consorcio o la Unión Temporal participen personas jurídicas extranjeras sin domicilio en el país, se deberá cumplir además con lo previsto en el numeral 4.4.1(e) de adjudicación este Pliego.
(iv) Duración del contrato Consorcio o Unión Temporal:
(1) En el acuerdo mediante el cual se diligenciará constituye el NIT para Consorcio o la suscripción correspondiente. Una vez presentada Unión Temporal, deberá acreditarse un término mínimo de duración del Consorcio o de la oferta Unión Temporal, por lo menos igual al plazo del Contrato de Interventoría y verificado el cierre un (1) año más.
(v) Permanencia de los miembros del proceso de selección e incluso Consorcio o Unión Temporal:
(1) Los miembros del Consorcio o Unión Temporal, que aparezcan en la etapa Propuesta deberán permanecer como miembros del Consorcio o Unión Temporal, con las responsabilidades y participaciones pactadas en la Propuesta, durante todo el Proceso de Selección y, de ser el caso, la ejecución del Contrato de Interventoría. Sólo podrá modificarse lo pactado en dicho contrato, no se aceptará cambio en los porcentajes previa autorización de participación del proponente plural o sobre el alcance de las obligaciones, ni menos cambios en su conformación (integrantes sean personas jurídicas o naturales)la Empresa Férrea Regional.
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Samples: Interventor Integral Contract