EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Las personas jurídicas deberán acreditar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una fecha de expedición que no puede ser superior a un treinta (30) días en el momento de presentación de la propuesta. La duración de la persona jurídica deberá ser equivalente a la del plazo ofrecido para la ejecución del Contrato y un (01) año más. En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual o superior a la del contrato y un (1) año más. Para verificar este requisito se debe anexar certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica. El objeto social de la persona jurídica proponente o de las personas jurídicas miembros del consorcio o unión temporal, deben guardar relación con el objeto del contrato a celebrar. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado de existencia y representación conservará su validez. Las personas jurídicas extranjeras con domicilio en el país, deberán acreditar la existencia y representación legal de la sucursal que para el efecto ha debido constituir con el lleno de formalidades exigidas en la Legislación Colombiana y en especial la Ley 80 de 1993. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia y que no estén inscritas en la lista de proponentes de las Cámaras de Comercio, deberán ajustarse a lo indicado en el artículo 53del Decreto 1464 de 2010. En todo caso, estas personas deberán cumplir con las condiciones exigidas a los proponentes nacionales y deberán entregar la información legal respectiva con los documentos expedidos por autoridad competente de su país y dentro del término exigido en estos pliegos, debidamente apostillados ante el Ministerio de relaciones exteriores en la ciudad de Bogotá. Así mismo, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del Contrato y para representarlo judicial y extrajudicialmente. Cuando el representante legal de una persona jurídica proponente tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del Órgano Social Competente, expedido antes del cierre del proceso de selección, en el cual conste que está facultado para pres...
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. 4.5.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA
4.5.2 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL (SI APLICA) 4.1.1.3.1 DOCUMENTOS DEL PROPONENTE PLURAL
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. La existencia y representación legal de los oferentes será verificada a través del Sistema Konfirma, mediante el certificado que para el efecto expida la Cámara de Comercio correspondiente o el ente que haga sus veces. La duración de las personas jurídicas no será inferior a la del plazo contractual y tres (3) años más. Si el representante legal que firma la oferta requiere de alguna habilitación especial para presentar la oferta y/o suscribir el contrato, deberá adjuntar la autorización previa de la Junta Directiva o del organismo social competente.
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL (SI APLICA):
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. La existencia y representación legal de los Proponentes individuales o integrantes de los Proponentes Plurales se acreditará de acuerdo con las siguientes reglas:
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Los proponentes deben acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación de los siguientes documentos: • Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con una antelación no mayor de 30 días calendario anteriores a la presentación de la propuesta. • En caso de existir limitante del representante legal para presentar la propuesta, se debe presentar copia del acta, en la cual se le faculta para presentarla y ser adjudicatario en caso de ser favorecida, o en su defecto, certificación del Secretario de la Junta donde conste la autorización. Los documentos contenidos en los numerales 2.1.1 y 2.1.2 son requisitos de orden legal para la evaluación jurídica, se consideran sustanciales para efectos de este proceso, en la medida en que con ellos se acreditan elementos esenciales del negocio jurídico, en consecuencia, además de las particularidades establecidas para cada uno, la omisión en la presentación de los mismos en el momento establecido para la presentación de la propuesta, genera que la propuesta no sea evaluada.
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. La existencia y representación legal de los proponentes individuales o miembros de los proponentes Plurales se acreditará de acuerdo con las siguientes reglas:
3.1.2.1. PERSONAS NATURALES
A. Persona natural de nacionalidad colombiana: cédula de ciudadanía.
B. Persona natural extranjera con residencia en Colombia: cédula de extranjería vigente expedida por la autoridad competente.
C. Persona natural extranjera sin domicilio en Colombia: pasaporte.
3.1.2.2. PERSONAS JURÍDICAS Persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia:
a. Fecha de expedición del certificado no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso de contratación.
b. Que el objeto de la sociedad permita ejecutar las actividades descritas en el objeto del presente proceso de contratación.
c. Que, su duración no será inferior a la del plazo del contrato, su liquidación y tres (3) años más. Para efectos de la evaluación, este plazo será contado a partir de la fecha del cierre del proceso.
d. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de esta, deberá acreditar su capacidad a través de una autorización suficiente otorgada por parte del órgano social competente respectivo para cada caso.
e. El nombramiento del revisor fiscal en caso de que exista.
f. Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia (contratos de obra o servicios) deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio. Persona jurídica extranjera sin domicilio o sucursal en Colombia:
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Las personas naturales o jurídicas deberán acreditar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una fecha de expedición que no puede ser superior a un mes en el momento de presentación de la propuesta. La duración de ésta deberá ser equivalente a la del plazo ofrecido para la ejecución del Contrato y un año más. Del certificado se debe evidenciar que es competente para contratar, obligarse y en general garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones.
EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Las personas