PRÁCTICA DE DEPORTES. TRAVELER ASSISTANCE solo asumirá gastos por eventos causados por la práctica amateur de deportes, es decir, cuando la misma sea realizada exclusivamente en carácter recreativo, en ámbitos expresamente adecuados y autorizados a tal fin, no siendo válido a ningún efecto para la práctica profesional de los mismos. El beneficio por gastos médicos por práctica de deportes, será autorizado por la central de asistencia hasta el monto máximo establecido en el Certificado de Asistencia y siempre y cuando el evento no corresponda a alguna de Los servicios no incluidos en las presentes en estas Condiciones Generales. Este servicio contempla las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa con carácter amateur de los siguientes deportes, incluyendo, pero no limitado a: fútbol, rugby, hockey, tenis, natación, polo, ski acuático, jet ski, waverunner, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail, buceo, aladeltismo, surf, windsurf, etc.y hasta el tope de gastos estipulado en el certificado de Servicio para este beneficio adicional. Los siguientes deportes quedan absolutamente excluidos del servicio de asistencia de TRAVELER ASSISTANCE : práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales realizada fuera de pistas reglamentarias y autorizadas, como así tampoco la práctica del alpinismo, escalamiento de montañas, automovilismo, motociclismo, motocross, boxeo, paracaidismo, planeadores, senderismo, aviación deportiva, espeleología, bungee jumping, trekking, kayak, canyoning, regata, canotaje, observación de aves, equitación, biking y/o artes marciales, parapentismo.
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PRÁCTICA DE DEPORTES. TRAVELER ASSISTANCE solo asumirá gastos por eventos causados por la práctica amateur de deportes, es decir, cuando la misma sea realizada exclusivamente en carácter recreativo, en ámbitos expresamente adecuados y autorizados a tal fin, no siendo válido a ningún efecto para la práctica profesional de los mismos. El beneficio por gastos médicos por práctica de deportesEnfermedades Hematológicasrtes, será autorizado por la central Central de asistencia Asistencia hasta el monto máximo establecido en el Certificado de Asistencia y siempre y cuando el evento no corresponda a alguna de Los servicios no incluidos en las presentes en estas Condiciones Generales. Este servicio contempla las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa con carácter amateur de los siguientes deportes, incluyendo, pero no limitado a: fútbol, rugby, hockey, tenistennis, natación, polo, ski acuático, jet ski, waverunnerwave runner, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail, buceo, aladeltismo, surf, windsurf, etc.y etc. y hasta el tope de gastos estipulado en el certificado Certificado de Servicio para este beneficio adicional. Los siguientes deportes quedan absolutamente excluidos del servicio de asistencia de TRAVELER ASSISTANCE TAS NETWORK LLC: práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales realizada fuera de pistas reglamentarias y autorizadas, como así tampoco la práctica del alpinismo, escalamiento de montañas, automovilismo, motociclismo, motocross, boxeo, paracaidismo, planeadores, senderismo, aviación deportiva, espeleología, bungee jumping, trekking, ,kayak, canyoning, ,kayoning,regata, ,canotaje, observación de aves,observacióndeaves, equitación, ,biking y/o artes marciales, parapentismoartesmarciales.
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PRÁCTICA DE DEPORTES. TRAVELER ASSISTANCE TAS NETWORK solo asumirá gastos por eventos causados por la práctica amateur de deportes, es decir, cuando la misma sea realizada exclusivamente en carácter recreativo, en ámbitos expresamente adecuados y autorizados a tal fin, no siendo válido a ningún efecto para la práctica profesional de los mismos. El beneficio por gastos médicos por práctica de deportes, será autorizado por la central de asistencia hasta el monto máximo establecido en el Certificado de Asistencia y siempre y cuando el evento no corresponda a alguna de Los servicios no incluidos en las presentes en estas Condiciones Generales. Este servicio contempla las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa con carácter amateur de los siguientes deportes, incluyendo, pero no limitado a: fútbol, rugby, hockey, tenis, natación, polo, ski acuático, jet ski, waverunner, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail, buceo, aladeltismo, surf, windsurf, etc.y hasta el tope de gastos estipulado en el certificado de Servicio para este beneficio adicional. Los siguientes deportes quedan absolutamente excluidos del servicio de asistencia de TRAVELER ASSISTANCE TAS NETWORK : práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales realizada fuera de pistas reglamentarias y autorizadas, como así tampoco la práctica del alpinismo, escalamiento de montañas, automovilismo, motociclismo, motocross, boxeo, paracaidismo, planeadores, senderismo, aviación deportiva, espeleología, bungee jumping, trekking, kayak, canyoning, regata, canotaje, observación de aves, equitación, biking y/o artes marciales, parapentismo.
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