REFORMAS A LA LEGISLACIÓN EN LA MATERIA. En caso de que la Legislación Estatal o Federal aplicables sufra(n) alguna(s) modificación(es) que afecte(n) las responsabilidades de la Compañía, según esta Póliza, se entenderá que la Compañía será responsable por el monto de las indemnizaciones especificadas al momento de contratarse esta Póliza. El Asegurado podrá solicitar por escrito si las modificaciones mencionadas traen como consecuencia prestaciones más elevadas, que se apliquen a éstas las nuevas condiciones generales, estando obligado en este caso a cubrir las primas que correspondan. Esta cobertura opera sin la aplicación de deducible. En adición a lo estipulado en la Cláusula 2.a. Exclusiones Generales, esta cobertura en ningún caso cubrirá el pago de indemnización alguna por:
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