Common use of REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR Clause in Contracts

REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR. El presente contrato se rige por lo dispuesto en la vigente Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre; publicada en el B.O.E. de 17 de octubre del mismo año) con todas sus modificaciones. Toda referencia que en este contrato se haga a la Ley, deberá entenderse realizada a la mencionada en el párrafo anterior. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en el artículo 104 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, Inter PartnerAssistance S.A. Sucursal en España informa al Tomador del seguro que la legislación aplicable es la española y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, el organismo de control. Asimismo, se informa que el Tomador podrá reclamar a Inter PartnerAssistanceS.A. Sucursal en España, al Defensor del Cliente o bien a la Dirección General de Seguros (Servicio de Reclamaciones y Consultas) o a la jurisdicción ordinaria. Conforme al Artículo 25 del Real Decreto Legislativo 6/04, de 29 de octubre se notifica que los datos o parte de ellos, así como los que se generen en caso de siniestro serán cedidos a organismos públicos o privados relacionados con el sector asegurador con fines Estadístico- Actuariales y de prevención del fraude, en la selección de riesgos y en la liquidación de siniestros.

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REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR. El presente contrato se rige por lo dispuesto en la vigente Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre; publicada en el B.O.E. de 17 de octubre del mismo año) con todas contadas sus modificaciones. Toda referencia que en este contrato se haga a la Ley, deberá entenderse realizada a la mencionada en el párrafo anterior. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en el artículo 104 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, Inter PartnerAssistance S.A. Sucursal en España EUROP ASSISTANCE, informa al Tomador del seguro que la legislación aplicable es la española y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, el organismo de control. control Asimismo, se informa que el Tomador podrá reclamar a Inter PartnerAssistanceS.A. Sucursal en EspañaEUROP ASSISTANCE, al Defensor del Cliente o bien a la Dirección General de Seguros (Servicio de Reclamaciones y Consultas) o a la jurisdicción ordinaria. Conforme al Artículo 25 del Real Decreto Legislativo 6/04, de 29 de octubre se notifica que los datos o parte de ellos, así como los que se generen en caso de siniestro serán cedidos a organismos públicos o privados relacionados con el sector asegurador con fines Estadístico- Actuariales y de prevención del fraude, en la selección de riesgos y en la liquidación de siniestros.

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REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR. El presente contrato se rige por lo dispuesto en la vigente Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre; publicada en el B.O.E. de 17 de octubre del mismo año) con todas sus modificaciones. Toda referencia que en este contrato se haga a la Ley, deberá entenderse realizada a la mencionada en el párrafo anterior. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en el artículo 104 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, Inter PartnerAssistance S.A. Sucursal en España AXA informa al Tomador del seguro que la legislación aplicable es la española y el organismo de control es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía Economía. · Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. · Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y Haciendasolvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · Real Decreto 1060/2015, el organismo de control20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Asimismo, se informa que el Tomador podrá reclamar a Inter PartnerAssistanceS.A. Sucursal en España, al Defensor del Cliente o bien a la Dirección · Reglamento 2016/679 General de Seguros Protección de Datos (Servicio RGPD) · Ley 59/2003, de Reclamaciones 19 de diciembre, de Firma electrónica. · Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y Consultas) o de comercio electrónico. · Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. · Si es un seguro obligatorio la jurisdicción ordinarianormativa aplicable. Conforme al Artículo 25 · Si hay riesgos extraordinarios del Real Decreto Legislativo 6/04Consorcio R.D.L. 7/2004, de 29 de octubre se notifica que los datos o parte de ellosOctubre, así como los por el que se generen en caso aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de siniestro serán cedidos a organismos públicos o privados relacionados con el sector asegurador con fines Estadístico- Actuariales y Compensación de prevención del fraude, en Seguros. · Y cualquier otra norma que durante la selección vigencia de riesgos y en la liquidación de siniestrosesta póliza pueda ser aplicable.

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