Common use of Requisitos de Seguridad Clause in Contracts

Requisitos de Seguridad. El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para él, sean este personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O VISITAS. El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, y el personal SUBCONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y SUB CONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos y Metas SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA en casos de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema de Manejo de Incidentes de YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-contratistas. La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTA: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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Requisitos de Seguridad. Por YPFB CHACO: El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para élel, sean este personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O VISITAS. El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará ejecutara el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, y el personal SUBCONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y SUB CONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío extravió o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos y Metas SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA en casos de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema de Manejo de Incidentes de Por YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-contratistas. CHACO: La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico especifico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas Clausulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTA: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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Requisitos de Seguridad. El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para él, sean este estas personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O Y VISITAS. Por YPFB CHACO: El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, personal y el personal SUBCONTRATADOSUB CONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO Chaco S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. S.A. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y Y SUB CONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB YPF CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En SGC).En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. Por CONTRATISTA: El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío extravio o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas subcontratistas. El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTASSUB CONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA la CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos objetivos y Metas metas de SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. Por YPFB CHACO: En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, EstándaresEstandares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contratocontrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán Proyecto, efectuaran la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA en casos caso de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema sistema de Manejo de Incidentes de YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-sub contratistas. La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTA: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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Requisitos de Seguridad. El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para él, sean este estas personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O VISITAS. Por YPFB CHACO: El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se La CONTRATISTA, deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara CHACO S.A. realizará la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, y el personal SUBCONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y SUB CONTRATISTAS SUBCONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. subcontratistas. Por CONTRATISTA: El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos y Metas SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán será de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El La CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA en casos de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema de Manejo de Incidentes de YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-contratistas. La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTA: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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Requisitos de Seguridad. El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para él, sean este personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O VISITAS. Por: YPFB CHACO: El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, y el personal SUBCONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y SUB CONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: CONTRATISTA: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos y Metas SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA en casos de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema de Manejo de Incidentes de YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-contratistas. La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTAPor: YPFB CHACO: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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Requisitos de Seguridad. El CONTRATISTA es responsable final de todas las personas que trabajen para él, sean este personal del CONTRATISTA, SUBCONTRATISTAS Y/O VISITAS. Por YPFB CHACO: El CONTRATISTA deberá asegurar que toda la información de SSAS emitida por YPFB CHACO S.A. sea difundida e implementada de manera efectiva a todo su personal. El CONTRATISTA deberá mantener un registro de dicha difusión. El CONTRATISTA es responsable de dar capacitación al personal propio y subcontratado que ejecutará el trabajo en función de los riesgos específicos identificados en el servicio. Se deberá mantener registro de dichas capacitaciones. La CONTRATISTA debe contar con la identificación de peligros, evaluación y control de los Riesgos SySO del servicio, para lo cual YPFB Chaco S.A realizara la revisión y aprobación de dicha matriz cuando sea aplicable. El CONTRATISTA deberá mantener un registro que demuestre que su personal, y el personal SUBCONTRATADO, ha sido capacitado en temas de Seguridad, Salud, Ambiente y Social de acuerdo con su puesto de trabajo y tomando en cuenta la evaluación de los riesgos asociados al mismo. YPFB CHACO S.A. podrá solicitar dichos registros en cualquier momento, los mismos que deberán ser provistos por el CONTRATISTA a requerimiento de YPFB CHACO SA. Previo al inicio de actividades es requisito obligatorio que todo el personal de la CONTRATISTA y SUB CONTRATISTAS reciban la inducción de SSAS, misma que es realizada por YPFB CHACO S.A. Por CONTRATISTA: De la misma manera es de carácter obligatorio la habilitación del personal y vehículos afectados al servicio dentro del Sistema de Gestión de Contratistas (SGC). En caso de utilizar vehículos para la prestación de servicios, el CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos detallados en el anexo correspondiente adjunto al modelo de contrato u orden de servicio. Por CONTRATISTA: El CONTRATISTA proveerá Equipo de Protección Personal (EPP), certificado y adecuado al trabajo a realizarse y de acuerdo a los criterios descritos en el procedimiento correspondiente. Dicho equipo deberá estar en perfecto estado de uso y deberá ser reemplazado inmediatamente en caso de deterioro, extravío o daño asociado a las actividades del servicio. La contratista deberá mantener un registro de la dotación de EPP a su personal y subcontratistas El Gerente o Representante Legal del CONTRATISTA y/o cualquier otro miembro de la misma, al igual que cualquier persona de los SUBCONTRATISTAS, deberán asistir a todas las reuniones referentes a temas de SSAS convocadas por YPFB CHACO S.A. El CONTRATISTA es responsable de proveer herramientas y equipos apropiados para el trabajo y en buen estado de funcionamiento, y deberá reemplazarlos en caso de no estar en condiciones seguras de uso. YPFB CHACO S.A. podrá exigir la presentación de cualquier certificación que considere necesaria para constatar el perfecto estado del equipo, la misma que deberá ser provista por el CONTRATISTA antes de iniciar el trabajo. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA previo al inicio del servicio deberá presentar a Gerencia de CSSM&RSE la documentación solicitada en este anexo y que sea relevante para el servicio, para su evaluación y posterior habilitación para inicio de operaciones. De la misma manera, LA CONTRATISTA deberá coordinar la elaboración del Documento Puente y/o de los Objetivos y Metas SSAS de acuerdo a procedimiento correspondiente, cuyos respaldos serán presentados de manera mensual para la verificación del cumplimiento a esta Gerencia. YPFB Chaco S.A solicitara de acuerdo al alcance y características del servicio, personal calificado para realizar la supervisión de SSAS y la supervisión Médica por parte de la CONTRATISTA. El perfil de los profesionales requeridos será incluido dentro xxx xxxxxx de especificaciones técnicas del servicio u orden de servicio y deberá ser aprobado por YPFB Chaco S.A. previa presentación de la documentación de respaldo. Por YPFB CHACO: EL CONTRATISTA deberá presentar mensualmente el Resumen Estadístico de Seguridad, Salud, Medio Ambiente según requerimientos de YPFB CHACO S.A y en los plazos establecidos previamente. En caso de detectar condiciones que contravengan las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS, YPFB CHACO S.A. podrá interrumpir el desarrollo del trabajo en cualquier momento. La ocurrencia de este evento no hará variar otras cláusulas del presente Contrato, y cualquier atraso y/o consecuencia que se produzca por dicha interrupción serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, por lo que la misma no dará derecho al CONTRATISTA a solicitar extensión de plazos, indemnización ni remuneración adicional alguna. El CONTRATISTA una vez finalizado el proyecto, en coordinación con la Gerencia de CSSM&RSE y el Fiscal del Proyecto efectuarán la evaluación del cumplimiento de la gestión de SSAS. El CONTRATISTA deberá presentar un plan de emergencias que contemple los distintos escenarios que resulten de la gestión de riesgos SySO del servicio, cuando sea aplicable. El CONTRATISTA en casos de emergencias médicas (MEDEVAC) seguirá el Sistema de Manejo de Incidentes de YPFB CHACO y asumirá todos los gastos y costos que origine la evacuación de su personal o sub-contratistas. La CONTRATISTA, deberá dar la capacitación que YPFB CHACO S.A. requiera en temas de Salud, Seguridad, Ambiente y Social, que resulten del análisis específico del trabajo a ejecutarse o después de un incidente. El CONTRATISTA será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por la falta, incumplimiento y/o inobservancia de los requerimientos de YPFB CHACO S.A., según lo estipulado en las Cláusulas de Indemnidad y seguros del presente Contrato. Por CONTRATISTA: Cualquier incumplimiento de las Políticas, Estándares, Procedimientos y Normas de SSAS podrá ser considerado causal de incumplimiento del Contrato, aplicándose lo establecido en la Cláusula de Incumplimiento del presente Contrato.

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