REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO. Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 de la TRLCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, la Mesa de Contratación podrá recabar de los licitadores la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Para su acreditación inicial bastará con la cumplimentación de la declaración responsable conforme al modelo establecido en el Anexo 2 del presente pliego. En todo caso, la comprobación documental del cumplimiento de todos los requisitos exigidos por parte del licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, será efectuada por la Mesa de Contratación antes de formular la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, conforme lo previsto en el apartado 8.5 del presente pliego.
Appears in 12 contracts
Samples: Contract for Maintenance Services, Contract for Communication Services, Service Agreement