Procedimiento De Licitación Y Adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento De Licitación Y Adjudicación. La forma de adjudicación del aprovechamiento especial será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluido toda negociación de los términos del contrato. Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en una prohibición de contratar.
Procedimiento De Licitación Y Adjudicación. 12.- Tramitación del expediente 12 13.- Procedimiento de adjudicación del contrato 12 14.- Prohibición de prácticas colusorias 12
Procedimiento De Licitación Y Adjudicación. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.-
Procedimiento De Licitación Y Adjudicación. 1.- Publicación del anuncio. La presente venta se anunciará en los siguientes medios:  El Boletín Oficial de la Provincia de Albacete  En el tablón de anuncios de Urvial, Sociedad de Gestión Urbanística, SLU.  Mediante anuncio indicativo en diario local de este municipio.  En la página Web de Urvial, Sociedad de Gestión Urbanística, SLU (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xx/xxxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxx.). La publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete determinará el inicio del plazo de 20 días naturales de antelación a la fecha de celebración de la subasta, establecido en el apartado 4 de la presente cláusula.
Procedimiento De Licitación Y Adjudicación. 1.- El C.A.C. Teatro Xxxxxxx, S.A. podrá utilizar los procedimientos abierto, restringido o negociado, éste último con o sin publicidad. 2.- El diálogo competitivo y el concurso de proyectos podrán ser utilizados en la forma establecida en la LCSP para los contratos administrativos, adaptándolos a las peculiaridades de la naturaleza jurídica del C.A.C. Teatro Xxxxxxx, S.A. 3.- Podrán utilizarse además cualquiera de las técnicas de contratación establecidas en la LCSP tales como el acuerdo marco, el sistema dinámico de adquisición y la subasta electrónica. 4.- En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición. En el restringido solo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios seleccionados por el C.A.C. Teatro Xxxxxxx, S.A. mediante solicitud de oferta. En el procedimiento negociado, el contrato será adjudicado al empresario elegido por el C.A.C. Teatro Xxxxxxx, S.A. contratante entre las ofertas recibidas o previa solicitud de ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas siempre que ello sea posible. 5.- En las cantidades establecidas en las presentes Instrucciones, no se considerará incluido el importe correspondiente al IVA. 6.- Los procedimientos generales de contratación, desarrollados en los pliegos de claúsulas administrativas de cada contrato, serán los siguientes según el tramo en que se sitúe la cuantía del mismo: A) Contratos de todo tipo de valor estimado inferior a 50.000 euros. B) Obras por valor estimado inferior a 300.000 euros o a 100.000 euros en el resto de los casos. C) Obras por valor estimado inferior a 4.845.000 euros , suministros y servicios comprendidos en las categorías 1 a 16 del Anexo II de la LCSP inferiores en ambos casos a 193.000 euros, así como resto de contratos no sujetos a regulación armonizada de cuantía superior a las señaladas.
Procedimiento De Licitación Y Adjudicación 

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  • Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula duodécima.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN De conformidad con el artículo 151.1 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. De conformidad con el artículo 151.2 del TRLCSP, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del mismo cuerpo legal y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.del TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.

  • TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION La enajenación se efectuará por el procedimiento de subasta pública, La participación en la Subasta significa que el licitador conoce y acepta el estado del bien en el momento de su celebración, así como la aceptación del presente pliego en todos sus términos.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La apertura de las ofertas debe efectuarse en el plazo máximo de treinta días naturales desde la fecha de finalización del plazo para presentar ofertas. La adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el Órgano de Contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El plazo para la subsanación de la documentación será de un mínimo de tres días hábiles desde su comunicación. El Órgano de Contratación puede articular el procedimiento simplificado en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de los criterios de valoración señalados en el Pliego de Cláusulas Particulares. El número de soluciones que lleguen hasta la fase final deberá ser lo suficientemente amplio como para garantizar una competencia efectiva, siempre que se hayan presentado un número suficiente de soluciones o de candidatos adecuados. Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. El Órgano de Contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en la solicitud de ofertas o en el Pliego de Cláusulas Particulares y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa. EOI examinará las ofertas presentadas pudiendo solicitar al licitador la documentación adicional que precise. Se excluirán las ofertas que incumplan cualquier cosa indicada en este Pliego o en el Pliego de Características Técnicas. El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de sesenta días naturales desde la apertura de las ofertas. De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado los licitadores tendrán derecho a retirar su oferta. La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil Contratante de EOI. EOI solicitará al licitador propuesto como adjudicatario la presentación, en el plazo xx xxxx días hábiles, de la siguiente documentación: - Documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y representación, según lo indicado en el Anexo 5. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas por EOI. - Documentos indicados en el Cuadro Resumen necesarios para acreditar la solvencia económica y financiera y relación de la misma según modelo del Anexo 6. - Documentos indicados en el Cuadro Resumen necesarios para acreditar la solvencia técnica o profesional, según modelo del Anexo 7. - Certificación positiva, emitida por la Agencia Tributaria, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias. - Certificación positiva, emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativa de la situación de cotización. - Garantía definitiva (en caso de ser procedente). - Cualquier otro documento acreditativo que considere necesario. La forma de presentación de esta documentación será la misma que la indicada en el apartado 5 de este Pliego para la presentación de sobres. En caso de no presentar la documentación solicitada, EOI podrá efectuar una nueva adjudicación al siguiente licitador siguiendo el orden de valoración de ofertas.

  • Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente El contrato de suministro se adjudicará por el procedimiento abierto o restringido, según disponga el anexo I, en el que también se establecerá la posibilidad o no, de incluir variantes o mejoras. En el anexo I se indicará la forma de tramitación del expediente. Los órganos de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.

  • Procedimiento y criterios de adjudicación Tramitación anticipada: NO Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN Abierto y adjudicación en base a varios criterios.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • DERECHOS DEL ADJUDICATARIO La empresa concesionaria será titular de los derechos que la legislación otorga a las empresas concesionarias de servicios públicos, en los términos que establecen los documentos que rigen el contrato objeto de este pliego. En particular y, sin perjuicio de sus restantes derechos, le corresponderán los siguientes: 1.- Percibir de los usuarios/as el importe de las tarifas establecidas para la prestación de los servicios de podología, peluquería, comedor y cafetería conforme a las determinaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas regulador de la contratación, y de este Ayuntamiento, la cantidad que se establezca como precio del contrato. 2.- Dirigir la prestación del servicio, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a esta Corporación Municipal. 3.- Percibir el importe correspondiente a la revisión de precios del contrato en los términos establecidos en la cláusula 35ª de este pliego. 4.- Recabar de esta Corporación Municipal la colaboración necesaria para la prestación del servicio. 5.- Usar los bienes de dominio público municipal precisos para el funcionamiento del servicio. 6.- Recabar del Ayuntamiento la utilización de la vía de apremio y el ejercicio de cuantas actuaciones de autoridad sean precisas para la normal prestación del servicio, sin perjuicio de las obligaciones de la empresa concesionaria. 7.- Ser indemnizado por esta Corporación Municipal de los daños y perjuicios que sufra a consecuencia de actuaciones directamente ordenadas por aquél, siempre que con arreglo a la legislación reguladora de los contratos administrativos y a este pliego no deba soportarlos a su xxxxx exclusiva.