REQUISITOS GENERALES Cláusulas de Ejemplo
REQUISITOS GENERALES. − Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley7/2007, de 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇, del Estatuto Básico del Empleado Público( articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. − Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. − Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente. − Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. − No hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. − Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en la correspondiente convocatoria, para cada una de las plazas ofertadas.
REQUISITOS GENERALES. LOS LICITANTES QUE DECIDAN PARTICIPAR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES EN LA FECHA SEÑALADA PARA ESTE ACTO DEBERÁN PRESENTAR:
a) LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA QUE DEBERÁ ESTAR FOLIADA EN CADA UNA DE SUS HOJAS, Y LA PROPUESTA EN SU TOTALIDAD DEBERÁ SER REGISTRADA EN COMPRANET CON LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EMITIDA POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT) Y EXHIBIRSE SIN TACHADURAS NI ENMENDADURAS, Y EN SU CASO, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL.
REQUISITOS GENERALES. 11.1.1.- Cada empresa no podrá presentar más de una proposición o solicitud de participación (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la Carátula) ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. Y, quien participe individualmente no podrá participar en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas o solicitudes de participación suscritas en contravención a las mismas.
11.1.2.- Podrán participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, la clasificación exigida en la Carátula de este pliego (punto 29 de la Carátula).
11.1.3.- Así mismo, las licitadoras deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, así como, de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que ejecuten.
11.1.4.- Las personas jurídicas sólo podrán licitar a contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
11.1.5.- En el caso de que la Carátula de este pliego reserve el contrato a Centros Especiales de Empleo, o a su ejecución en el marco de programas de empleo protegido, cuando la mayoría de los trabajadores sean personas discapacitadas que, debido a la índole o a la gravedad de sus dolencias, no puedan ejercer su actividad profesional en condiciones normales, únicamente podrá participar quien, además de los demás requisitos de capacidad y solvencia, acredite estar en condiciones de cumplir dicha reserva (véase el punto 27 de la Carátula).
REQUISITOS GENERALES. La presentación de la documentación para su admisión como licitador supone la aceptación de lo dispuesto en la Instrucción de Contratación de INTECO incluida en el Perfil de Contratante y publicada en la web, así como todas las disposiciones del presente Pliego. Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 de la TRLCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Cuando para la realización de una actividad sea requisito disponer de una habilitación especial, deberá acreditarse que el candidato o licitador está en posesión de la misma. El órgano de contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa o general requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de INTECO a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato. El certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (R.O.L.E.C.E.) se admite para acreditar las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar, siempre que dicho certificado incluya las inscripciones voluntarias que se pretenden acreditar con el mismo. Las certificaciones emitidas por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y Certificados Comunitarios de clasificación tendrán la eficacia establecida en el artículo 83 y 84 de la TRLCSP. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 146.3 TRLCSP deberá acompañarse a la Certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (modelo anexo III al Pliego). La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad jurídica, de obrar, económica, financiera y técnica para la ejecución del con...
REQUISITOS GENERALES. El CONTRATADO debe obtener, configurar e instalar un conjunto de Sistemas de Soporte a Operaciones y Sistemas de Soporte al Negocio (colectivamente, OSS / BSS). A nivel general, el conjunto OSS / BSS debe tener capacidades y funcionalidades adecuadas para garantizar el funcionamiento eficiente, eficaz y sensible de la red. El CONTRATADO debe proporcionar, en su PROPUESTA TÉCNICA GENERAL, al FITEL una visión general del conjunto OSS / BSS propuesto y de sus capacidades y funcionalidades. El CONTRATADO debe entregar al FITEL, en su PROPUESTA TÉCNICA DEFINITIVA, una propuesta de estrategia de manejo de repuestos adecuadamente detallada, con capacidades y funcionalidades requeridas para cada situación.
REQUISITOS GENERALES. El proponente presentará su oferta ajustada en todos los aspectos a los presentes términos de referencia y anexará la documentación e información exigida. Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a lo consignado en los textos. En las discrepancias entre textos, que no puedan despejarse con simple raciocinio, prevalecerá el último texto consignado, sin tener en consideración en la cifra escrita. Los documentos de la propuesta no deben presentar tachaduras, borrones o enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o inducir a error, a menos que se haga la salvedad correspondiente, mediante confirmación con la firma del proponente o en su defecto, validada(s) en la carta de presentación de la oferta. Sin este requisito las enmiendas no se considerarán válidas. Las propuestas deberán ser presentadas impresas, sus hojas anilladas y todos sus documentos foliados consecutivamente en orden ascendente, incluyendo los medios magnéticos. En la carta de presentación deberá indicarse el número total de folios, el valor en letras y números de su propuesta y un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta. La propuesta debe presentarse en cuatro (4) capítulos separados que detallen los siguientes temas y en el orden que a continuación se establece: • Información General, Jurídica, requisitos habilitantes. • Información Financiera • Propuesta Técnica, Ejercicio Creativo • Propuesta Económica La propuesta deberá ser presentada en original impreso y dos (2) copias, adicional debe contener un (1) medio magnético en formato PDF con seguridad de edición y copia así: • Un sobre cerrado con la propuesta ORIGINAL con todos los documentos y anexos relacionados y la propuesta en medio magnético, debidamente rotulado y que no permita confusión con otros medios magnéticos entregados y dos (2) copias del original. • El sobre deberá estar cerrado y rotulado de manera que se identifique el nombre y número de la invitación, el nombre del proponente, su dirección y teléfono. En caso de que haya discrepancias entre la información de los medios magnéticos y la impresa, primará la segunda. Las propuestas deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los Términos de Referencia. Las fotocopias que se anexen a las propuestas deberán ser completamente legibles. La propuesta debe contener el nombre o razón social, residencia, domicilio comercial, teléfonos, correo electrónico y fax del proponente. La propuesta, tan...
REQUISITOS GENERALES. El Contratista debe dar cumplimiento a las normas contenidas en la legislación labo- ral, de seguridad social y de prevención de riesgos del trabajo, debiendo bajo su ex- clusiva responsabilidad adecuarse a la misma tanto en materia de registros, liquida- ción y pago de salarios, cargas sociales y contratación de los seguros emergentes. Tratándose de personal extranjero, además de los requisitos mencionados en el pá- rrafo anterior, el contratista debe dar cumplimiento a las normas vigentes en materia de política migratoria en la República Argentina. Por ende, el personal deberá cumplir con las exigencias que impone su status migratorio, y el Contratista deberá gestionar las respectivas visas de trabajo, declarando a sus dependientes ante el régimen de seguridad social conforme la ley argentina y en un todo de acuerdo al principio de te- rritorialidad vigente en la Ley de Contrato de Trabajo. El incumplimiento de estas normas será considerada como “falta grave”.
REQUISITOS GENERALES. 1. Comparecencia en escritura pública del deudor y acreedor, indicando las calidades completas, en donde el deudor da en pago a su acreedor uno o varios inmuebles por la obligación existente entre ellos (art. 450 del Código Civil, art. 83 del Código Notarial y art. 51, inc. f, del Reglamento del Registro Público)
2. Citas del inmueble o inmuebles que se dan en pago, e indicar su descripción completa (art. 88 del Código Notarial y art. 51, inc. g, del Reglamento del Registro Público). Si lo que se da en pago es un derecho, debe indicarse la submatrícula correspondiente.
3. Monto o valor de la dación en pago. En caso de ser varios inmuebles los que se dan en pago, indicar el valor por separado de cada uno (art. 2, inc. b, de la Ley de Aranceles del Registro Público).
4. Si la dación en pago se realiza a varios acreedores, debe darse la proporcionalidad en que los acreedores adquieren el inmueble (Principio de especialidad, art. 67 del Reglamento del Registro Público).
5. En caso de darse en pago una parte del inmueble, debe indicarse la proporción del derecho dado en pago. (Principio de especialidad, art. 67 del Reglamento del Registro Público).
6. Debe indicar número de plano catastrado (art. 30 de la Ley del Catastro Nacional).
7. Pagar tributos (ver los puntos 7 y 8 de los requisitos generales de la compraventa).
A. Requisitos generales
1. Comparecencia en escritura pública de los permutantes, con indicación de sus calidades (art. 83 del Código Notarial, art. 450 del Código Civil y art. 51, inc. f, del Reglamento del Registro Público).
2. Citas de los inmuebles que se permutan, e indicar su descripción completa (art. 88 del Código Notarial y art. 51, inc. g, del Reglamento del Registro Público).
3. Valor de los inmuebles permutados. En caso de que sean varios los inmuebles que se permutan, se debe dar el valor por separado de cada inmueble (art. 2, inc. b, de la Ley de Aranceles del Registro Público).
4. Si la permuta es a varios adquirentes, debe darse la proporcionalidad en que estos adquieren el inmueble (Principio de especialidad, art. 67 del Reglamento del Registro Público).
5. En caso de permutarse una parte del inmueble, debe indicarse la proporción del derecho permutado. Si se permuta un derecho, se debe indicar su monto (Principio de especialidad, art. 67 del Reglamento del Registro Público).
6. Pagar tributos por cada inmueble (ver los puntos 7 y 8 de los requisitos generales de la compraventa).
7. Plano catastrado (art. 30 de la Ley del Catastr...
REQUISITOS GENERALES. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real Decreto 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley 31/95, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el Real Decreto 337/2010, de 19 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, y su legislación complementaria y de desarrollo. Igualmente se compromete a acatar cualquier norma de seguridad elaborada por Canal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, S.A. que afecte a sus instalaciones y donde los empleados del contratista desarrollen su trabajo. En consecuencia, será obligación del contratista: - Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. - Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias. - Evaluar los riesgos laborales. - Planificar la acción preventiva a partir de los resultados de la evaluación de los riesgos. - Asegurar que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores. - Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar. Canal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.733, Folio 86, Sección 8, Hoja M-534929. Inscripción 1ª. Denominación en inscripción 34, NIF A86488087, Domicilio Social: ▇/ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, 125, 28003 Madrid. - Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas. - Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales. - Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva. - Informar y adoptar m...
REQUISITOS GENERALES. LOS LICITANTES QUE DECIDAN PARTICIPAR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES EN LA FECHA SEÑALADA PARA ESTE ACTO DEBERÁN PRESENTAR:
