CAPACIDAD PARA CONTRATAR Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 de la TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 76 de la TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 de la TRLCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a “Licitación Pública para la contratación del servicio de reequipamiento y mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Condiciones Particulares. El contrato será ejecutado con la modalidad orden de compra abierta, conforme lo regido por el Artículo 40 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4764, y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014. Durante la vigencia del contrato se solicitará la realización de los servicios requeridos y según detalle de prestaciones específicas técnicas, contenidos y el sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, descripto en el Pliego de Especificaciones Técnicas que complementa al presente, y que forma parte integrante del mismo, en un todo de acuerdo a los términos xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14) que se completa, aclara y perfecciona mediante el presente Pliego. RENGLÓN DESCRIPCIÓN 1 REEQUIPAMIENTO (según detalle xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas) 2 A MANTENIMIENTO INTEGRAL. Valor fijo mensual por cámara (según PET) 2B SUMINISTRO de partes y piezas (según PET) Atento la naturaleza esencial del objeto de esta Licitación, cada oferente deberá integrar su oferta en forma total y comprensiva de las cantidades y características de las prestaciones especificadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, sin que se admitan ofertas parciales ni ofertas por parte de los renglones. Cada oferente deberá contemplar, en razón del cronograma de implementación de la Policía Metropolitana, lo establecido en el Anexo xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.
Objetivo General Es objeto del presente pliego regir las condiciones técnicas de la gestión del servicio público de limpieza urbana y conservación de los espacios públicos y zonas verdes de la Ciudad de Madrid, el cual engloba los siguientes conceptos: - Limpieza urbana de los espacios públicos y de sus elementos constituyentes así como de todos aquellos espacios recogidos en el anexo 5, de zonas de limpieza obligada. Se definen como espacios públicos aquellos espacios de dominio y uso público destinados a posibilitar el movimiento de los peatones, vehículos o medios de transporte colectivos de superficie, así como la estancia de peatones o el estacionamiento de vehículos en dichos espacios. Se incluyen igualmente las zonas y elementos de mobiliario urbano cuya conservación y mantenimiento sean de titularidad y competencia municipales, túneles, carriles bus, drenajes superficiales del tipo canaletas con o sin cubrición, rejillas o aquellas que discurren bajo elementos prefabricados de pavimentos (dársenas de paradas de autobuses), carriles de circulación especiales, solares, zonas verdes y todo aquel espacio de uso público que se determine desde los Servicios Técnicos municipales. Se incluye el vaciado de papeleras. - Conservación y mantenimiento de zonas verdes y arbolado viario de titularidad municipal. - Conservación, mantenimiento preventivo y correctivo, reparación y sustitución de los elementos instalados en las áreas de juegos infantiles, áreas de mayores y circuitos deportivos elementales situados en parques y espacios públicos de acuerdo, en cada caso, con las normas europeas de seguridad. - Conservación, mantenimiento preventivo y correctivo, reparación y sustitución de los elementos de mobiliario urbano, incluidas las papeleras de propiedad municipal, excepto las 63.460 papeleras de modelo Cibeles y otras 57 papeleras singulares que se encuentran ubicadas en aceras de la vía pública. - Conservación de sistemas xx xxxxx y abastecimiento de agua. - Conservación y mantenimiento de elementos de recogida de aguas de lluvia constituidos por canaletas, rejillas y distintos dispositivos que se encuentran en zonas peatonales, cubiertas de aparcamientos, zonas de uso publico de edificación abierta, y que por su disposición no son atendidas dentro de las labores de mantenimiento del alcantarillado llevadas a cabo por el Canal xx Xxxxxx XX. Quedan excluidos expresamente del presente contrato, la limpieza y la conservación de zonas verdes y arbolado viario de titularidad privada, así como todas las prestaciones del presente contrato en las zonas verdes objeto del contrato de conservación integral de parques históricos, singulares y forestales de Madrid. Estas últimas, a título informativo, son las siguientes: Dehesa de la Villa, Jardín del Capricho, Jardines de la Xxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxx x Lepanto), Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Parque del Oeste – Templo de Debod – Príncipe Xxx, Parque Lineal xxx Xxxxxxxxxx, Quinta de los Molinos, Casa de Campo, Madrid – Río, Parque Cuña Verde de O´Xxxxxxx, Parque Xxxx Xxxxxx X, Parque Xxxx Xxxxx XX, Parque Xxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxxx, y Parque del Retiro. Igualmente se excluye la conservación del Jardín Floral de la Plaza de la Villa, por ser objeto de contrato independiente. Asimismo, se excluyen aquellos elementos infraestructurales privados o de otras instituciones (excepto aquellos incluidos en procesos de ejecución sustitutoria o por condiciones de salubridad pública debidamente informado y justificado), elementos de alumbrado público o de señalización vertical, no contenidos explícitamente en este Pliego, excepto en lo que se refiere a la retirada de carteles no atornillados y pegatinas que sí se encuentra incluido en las labores del presente Pliego. El Responsable del Contrato será la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana u órgano que lo sustituya en su caso.
Organización del trabajo Artículo 10
Condiciones Generales del Contrato Las Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y los otros documentos que aquí se enumeran, constituirán un documento integral que establece claramente los derechos y obligaciones de ambas partes. El formato que se ha seguido para las CGC ha sido desarrollado con base en la experiencia internacional en la redacción y administración de contratos, teniendo en cuenta la tendencia en la industria de la construcción del uso de un idioma más simple y directo. El formato puede ser utilizado directamente para contratos de obras menores a precio unitario y puede adaptarse, mediante la introducción de las modificaciones indicadas en las notas de pie de página, para contratos de suma alzada. El uso de CGC estándar para construcciones y obras civiles fomentarán en los países amplitud de cobertura, la aceptación general de sus disposiciones, el ahorro de recursos y tiempo en la preparación y revisión de las Ofertas, y el desarrollo de un sólido antecedente histórico de casos jurídicos.
Principios generales De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el personal tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia del correlativo deber de DENTIX en la protección del personal a su servicio frente a los riesgos laborales. En cumplimiento del deber de protección, DENTIX garantizará la seguridad y la salud del personal a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo y, en caso necesario, entregará con carácter previo al personal el protocolo de actuación para evitar los riesgos laborales. Igualmente, DENTIX está obligada a garantizar al personal una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva y, de una forma particular, cuando se produzcan cambios de actividades y tareas o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios de puesto de trabajo. Corresponde a cada persona trabajadora velar por el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas.
PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ----------------------
OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.