Reuniones administrativas. 31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
Reuniones administrativas. 31.1 Tanto el Inspector de Obra como el Contratista podrán solicitar a la otra Parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión del Plan de Trabajo e Inversiones pendiente y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32.
Reuniones administrativas. 31.1 Tanto el Supervisor de Obras como el Contratista podrán solicitar al órgano contratante que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 33.
Reuniones administrativas. 30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras.
Reuniones administrativas. 31.1 Tanto el Supervisor de Obras como EL CONTRATISTA podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula treinta y dos, a éstas reuniones deberá asistir personal designado de la Unidadde Programa de Desarrollo xx Xxxxx para la Conservación de la Reserva de la Biosfera Maya y del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP). 31.2 El Supervisor de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y a EL CONTRATANTE. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Supervisor de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. De todas las reuniones se deberá dejar constancia en el Libro de Bitácora de “LAS OBRAS”, el cual deberá estar autorizado por la Contraloría General de Cuentas y deberá ser proporcionado por EL CONTRATANTE.
Reuniones administrativas. 29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Contratante deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista.
Reuniones administrativas. Uno. Ambas partes podrán solicitarse recíprocamente la asistencia a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la solución de asuntos planteados conforme al procedimiento de ADVERTENCIA ANTICIPADA que consiste en: A) El Contratista deberá advertir al Contratante lo antes posible sobre futuros eventos probables o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Contratante podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia puedan tener sobre el precio del Contrato y la fecha de terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible, siempre y cuando este plazo no exceda de treinta (30) días a partir del momento en que se estimen los eventos. B) El Contratista colaborará con el Contratante en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Contratante. Dos. El Contratante deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratista. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Contratante deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. DECIMA CUARTA:
Reuniones administrativas. El/la consultor(a) deberá coordinar reuniones de seguimiento con el Contratista, Municipalidad, y donde podrán participar representantes de la AECID, por lo menos quincenal, con el objetivo de informar la situación del proyecto en campo y tomar decisiones oportunas para corregir situaciones que se presenten en la obra. • La Supervisión será responsable de levantar las ayudas de memoria en las reuniones en condición de secretario. Ya sea en la propia reunión o con un máximo de tres (3) días posterior a ella, deberá proponer las obligaciones respectivas en relación a las medidas que deben adoptarse y comunicarlas por escrito a todos los asistentes. • Para facilitar la comunicación técnica en el sitio de las obras y para registrar los acontecimientos más importantes del proyecto, se utilizará el sistema de Bitácora. La Bitácora servirá para asentar la comunicación oficial de campo entre la Supervisión, el Contratista y la Municipalidad, quienes serán los únicos autorizados a hacer uso de la misma. • Los libros de Bitácora serán proporcionados por el Contratista y serán propiedad de la Municipalidad. El/la consultor(a) velará porque los libros de Bitácora sean adecuadamente protegidos y puestos a disposición por parte del Contratista, a las personas autorizadas para usarlos y deberán permanecer siempre en el sitio del proyecto. Deberá ser iniciada en conjunto con el Contratista con la anotación correspondiente y deberá mantener al día la información sobre el proyecto, anotando las principales actividades realizadas y cualquier problema suscitado durante la construcción, así como aquellas instrucciones más importantes giradas al Contratista y en general, todo el intercambio de ideas necesarias de documentar, en relación a la ejecución de las obras. • En la bitácora se registrará información tal como la siguiente: o Estado del Tiempo o Tiempo trabajado o Ordenes de trabajo giradas al contratista o Atrasos y sus razones o Visitas al proyecto o Cualquier suceso importante que esté relacionado con el proyecto • Previa a la liquidación de las obras, El/la consultor(a) deberá entregar a la Municipalidad el original de la bitácora. • Para efectuar la recepción provisional (sustancial): o Efectuar con la Comisión de Recepción, integrada por El/la consultor(a), La Municipalidad, a través del Equipo de Gestión y el Contratista, una evaluación completa del estado de las obras concluidas, dejando consignadas en bitácora las observaciones y correcciones que el Contratista t...
Reuniones administrativas. 2.5.1 Tanto el Coordinador del Proyecto, el Supervisor de Obra, como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados. 2.5.2 El Coordinador del Proyecto como el Supervisor de Obra deberán llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, El Coordinador del Proyecto deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
Reuniones administrativas. 31.1 Tanto la Supervisión de Obras, el Contratante como el Contratista podrán solicitar a las otras partes que asistan a reuniones