REVISIÓN DEL AUTOMÓVIL. 1. Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de ocurrencia del siniestro, el Asegurado deberá solicitar que se le realice la valoración de daños al vehículo en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto. Asimismo, la reparación del vehículo asegurado deberá realizarse en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto.
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REVISIÓN DEL AUTOMÓVIL. 1. Dentro El Asegurado debe dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de ocurrencia del siniestro, el Asegurado deberá solicitar que se le realice la valoración de daños al vehículo en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto. Asimismo, la reparación del vehículo asegurado deberá realizarse en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto.
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Samples: Seguro Voluntario De Automóviles
REVISIÓN DEL AUTOMÓVIL. 1. Dentro El Asegurado debe dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de ocurrencia del siniestro, el Asegurado siniestro deberá solicitar que se le realice la valoración de daños al vehículo en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto. Asimismo, la reparación del vehículo asegurado deberá realizarse en los Talleres que conforman la Red de Servicios Auxiliares para la Valoración y Reparación de Daños con Supervisión y Ajuste Remoto.
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