Rutas y servidumbres. 7.1.1 La Sociedad Concesionaria deberá establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la imposición de las correspondientes servidumbres dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre. 7.1.2 La imposición de las Servidumbres que, según las Leyes Aplicables, requiera la Sociedad Concesionaria para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, será gestionada por la Sociedad Concesionaria conforme a los procedimientos y requisitos previstos en las Leyes Aplicables. 7.1.3 En caso la Sociedad Concesionaria se vea obligada a cambiar la ruta establecida y comunicada al Concedente para efectos de la imposición u obtención de las Servidumbres, la Sociedad Concesionaria deberá presentar a la Autoridad Gubernamental una nueva solicitud siguiendo el procedimiento establecido en las Leyes Aplicables. 7.1.4 El Concedente deberá brindar el apoyo necesario de manera de facilitar a la Sociedad Concesionaria el acceso que ésta requiera a las rutas establecida para la construcción del Sistema de Transporte de Gas y la realización de los estudios técnicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones materia del Contrato.
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Samples: Boot Concession Contract for Natural Gas Transportation
Rutas y servidumbres. 7.1.1 La Sociedad Concesionaria deberá establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la imposición de las correspondientes servidumbres dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre.
7.1.2 La imposición de las Servidumbres que, según las Leyes Aplicables, requiera la Sociedad Concesionaria para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, será gestionada por la Sociedad Concesionaria conforme a los procedimientos y requisitos previstos en las Leyes Aplicables.
7.1.3 En caso la Sociedad Concesionaria se vea obligada a cambiar la ruta establecida y comunicada al Concedente para efectos de la imposición u obtención de las Servidumbres, la Sociedad Concesionaria deberá presentar a la Autoridad Gubernamental una nueva solicitud siguiendo el procedimiento establecido en las Leyes Aplicables.
7.1.4 El Concedente deberá brindar el apoyo necesario de manera de facilitar a la Sociedad Concesionaria el acceso que ésta requiera a las rutas establecida establecidas para la construcción del Sistema de Transporte de Gas Líquidos y la realización de los estudios técnicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones materia del Contrato.
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Samples: Boot Contract
Rutas y servidumbres. 7.1.1 La Sociedad Concesionaria deberá establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la imposición de las correspondientes servidumbres dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre.
7.1.2 La imposición de las Servidumbres que, según las Leyes Aplicables, requiera la Sociedad Concesionaria para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, será gestionada por la Sociedad Concesionaria conforme a los procedimientos y requisitos previstos en las Leyes Aplicables.
7.1.3 En caso la Sociedad Concesionaria se vea obligada a cambiar la ruta establecida y comunicada al Concedente para efectos de la imposición u obtención de las Servidumbres, la Sociedad Concesionaria deberá presentar a la Autoridad Gubernamental una nueva solicitud siguiendo el procedimiento establecido en las Leyes Aplicables.
7.1.4 El Concedente deberá brindar el apoyo necesario de manera de facilitar a la Sociedad Concesionaria el acceso que ésta requiera a las rutas establecida establecidas para la construcción del Sistema de Transporte de Gas y la realización de los estudios técnicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones materia del Contrato.
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Samples: Boot Contract
Rutas y servidumbres. 7.1.1 La Sociedad Concesionaria deberá establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la imposición de las correspondientes servidumbres Servidumbres dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre.(*)
7.1.2 La imposición de las Servidumbres que, según las Leyes Aplicables, requiera la Sociedad Concesionaria para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, será gestionada por la Sociedad Concesionaria conforme a los procedimientos y requisitos previstos en las Leyes Aplicables.
7.1.3 En caso la Sociedad Concesionaria se vea obligada a cambiar la ruta establecida y comunicada al Concedente para efectos de la imposición u obtención de las Servidumbres, la Sociedad Concesionaria deberá presentar a la Autoridad Gubernamental una nueva solicitud siguiendo el procedimiento establecido en las Leyes Aplicables.
7.1.4 El Concedente deberá brindar el apoyo necesario de manera de facilitar a la Sociedad Concesionaria el acceso que ésta requiera a las rutas establecida establecidas para la construcción del Sistema de Transporte de Gas Distribución y la realización de los estudios técnicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones materia del Contrato.
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Samples: Concesión De La Distribución De Gas Natural Por Red De Ductos