Common use of Régimen económico Clause in Contracts

Régimen económico. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 6 del anexo I, distribuido en las anualidades previstas en el mismo. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. Si el contrato se financia con Fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

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Régimen económico. El presupuesto Para los servicios objeto de este acuerdo marco se establece como base de licitación asciende a la cantidad expresada el importe máximo por plaza ocupada/día que se especifica en el apartado 6 del anexo I, distribuido en las anualidades previstas en el mismo4 de la cláusula 1. Su cálculo incluye En dicho importe se incluyen todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 El régimen económico de los contratos derivados del contrato acuerdo marco es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. El presupuesto 23 de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el la cláusula 1. Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución de los contratos derivados del contrato acuerdo marco está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. 4 de la cláusula 1. Si el contrato se financia con Fondos fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CEUE) nº 1083/2006 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 17 de julio diciembre de 20062013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Cohesiónla Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

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Régimen económico. El presupuesto Para los servicios públicos objeto de este acuerdo marco se establecen como base de licitación asciende a la cantidad expresada los importes máximos por plaza ocupada/día que se especifican en el apartado 6 del anexo I, distribuido en las anualidades previstas en el mismode la cláusula 1. Su cálculo incluye En dichos importes se incluyen todos los factores de valoración y gastos que, según que para la correcta y total ejecución de los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido contratos basados en el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independienteacuerdo marco deben tenerse en cuenta. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 1019274446923507064637 El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. de la cláusula 1. El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución de los contratos derivados del contrato acuerdo marco está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. de la cláusula 1. Si el contrato acuerdo marco se financia con Fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

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Régimen económico. Cuando en el apartado 28 de la cláusula 1 se establezca una retribución directa de precio o aportación por parte de la Administración al concesionario, la ejecución del contrato estará amparada por los créditos que se indican en el apartado 5 de la cláusula 1 El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 6 del anexo I5 de la cláusula 1, distribuido en las anualidades previstas en el mismo, siendo el sistema de determinación del presupuesto el expresado en el citado apartado 5 de la cláusula 1. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, Añadido que figura como partida independiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere apartado 5 de la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitacióncláusula 1. La baja que pueda obtenerse como resultado autenticidad de la adjudicación, dará lugar, este documento se puede comprobar en su caso, a una baja proporcional xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. verificación: 1276299944207592225391 Si el contrato se financia con Fondos fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CEUE) nº 1083/2006 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 17 de julio diciembre de 20062013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Cohesiónla Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

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Régimen económico. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 6 del anexo Ide la cláusula 1, distribuido en las anualidades previstas en el mismo. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. 21 de la cláusula 1. El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982592889642385286191 La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. de la cláusula 1. Si el contrato se financia con Fondos fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

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Régimen económico. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 6 del anexo I, distribuido en las anualidades previstas en el mismo. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056454744878037427776 El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 22 del anexo I. El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica en el apartado 6 del anexo I. Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en el apartado 6 del anexo I. Si el contrato se financia con Fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión De Servicios Públicos De