Common use of SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR» Clause in Contracts

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): No. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si/no): No. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 (si/no): No.

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Samples: Contrato De Suministro

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): Nono):Si En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargo. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: No A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 muestras18 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. pertinentes):No ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si19(si/no): No. No VALORES ANORMALES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 elementos20 (si/no): NoNo PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.

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Samples: Servicios

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): NoLa presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. No procede Sobres y documentos que deben presentarse en cada fase : Fase 1: Fase 2: Fase 3: Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. NO En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si/no): No. muestras3 NO VALORES ANORMALES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 (si/no): Noelementos4 no PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): NoSi En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Plan de trabajo, indicando metodología. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de formulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto plan o programa de trabajo (si/no): Si En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, correspondiente de los siguientes límites y condiciones: pliegos. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 muestras (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. No ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si(si/no): No. No En el supuesto excepcional de que los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor tengan mayor preponderancia que los evaluables mediante la aplicación de fórmulas, indicar el organismo que, de acuerdo con artículo 134.2 de la LCSP, se encargará de evaluar las ofertas conforme a los primeros: COMITÉ DE EXPERTOS (si/no): ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO (si/no): VALORES ANORMALES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): Si En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 elementos (si/no): No.No A lo largo de cada fase de la subasta, se comunicará a las licitadoras, además de la información que les permita conocer su clasificación, los siguientes datos relativos a los precios o valores presentados por las restantes licitadoras:

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Samples: Contrato De Servicios

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): No. Supuesto especialSin contenido 16.1.- Mejoras: Fases en el caso de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. Entre que entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla figure el concepto otras mejoras mejoras, consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. En caso afirmativose tendrá en cuenta lo siguiente: a) Las citadas mejoras no repercutirán en el precio del contrato, se estará a lo previsto ofertarán conforme al Anexo IX de este pliego y formarán parte del contrato en el caso de que sean expresamente aceptadas por la Administración. b) Dichas mejoras, con las características recogidas en el enunciado del concepto, para que puedan tener incidencia en la valoración de la oferta se ofertarán respetando los límites, en su caso, establecidos en la cláusula 31.3 de la carátula. c) En cualquier caso, cada una de las mejoras ofertadas se considera independiente, de tal forma que, el órgano de contratación podrá optar por incluir dentro del contrato una, varias o ninguna de ellas. 16.2.- Carácter confidencial: en el caso de estimarlo preciso, la empresa podrá indicar, conforme al modelo incluido en el Anexo XI, las informaciones y anexo aspectos de la oferta incluidos en este sobre que considera de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, exponiendo las razones que justifican dicha vinculación. En ningún caso tendrá tal carácter la oferta económica realizada. 16.3.- Sobres correspondientes xxx xxxxxxa otras fases de valoración: en el caso de que la cláusula 30.2.b) de la carátula establezca otras fases de valoración, teniendo se presentarán tantos sobres como fases de valoración se hayan establecido en cuenta, la cláusula 31.2 de la carátula. En cada uno de ellos se incluirá la documentación correspondiente a una fase de valoración y en hoja independiente una relación de los siguientes límites y condiciones: A fin documentos incluidos. Cada uno de proceder los sobres identificará la fase de valoración a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 (si/noque corresponde, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si/no): No. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): En el supuesto con mención del número de que el precio sea el único criterio fase de valoración asignado en el citado punto, y los demás datos que se detallan en la cláusula 12.2 de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP este pliego (si/no): Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: En su caso, otros criterios objetivos en función identificaciones externas de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 (si/no): Nosobres).

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Samples: Contrato Administrativo Especial

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no): No. En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Los del 30.2.1 salvo la PROPUESTA ECONOMICA. SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA21” (si/no): Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: Número total no superior a 3 mejoras sobre los siguientes elementos o sistemas y en la condiciones que, en su caso, se señalan: ver criterio en 30.2.1. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras23 muestras22 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 24(si23(si/no): No. VALORES ANORMALES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): Sí. En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No. Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Estará incursa en presunción de valor anormal o desproporcionado el rebajar más del 10% con respecto a la media aritmética de los importes para cada año, consignados en las ofertas presentadas. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos25 elementos24 (si/no): No.. A lo largo de cada fase de la subasta, se comunicará a las licitadoras, además de la información que les permita conocer su clasificación, los siguientes datos relativos a los precios o valores presentados por las restantes licitadoras:

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Samples: Contrato De Servicios