Reglas generales Cláusulas de Ejemplo

Reglas generales. 1.- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente.
Reglas generales. Este sobre únicamente deberá presentarse en el caso de que se utilicen criterios de valoración de las ofertas cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor, y sea exigido en el xxxxxxx xxxxx del punto 31.1 de la Carátula. Este sobre contendrá los requisitos externos mencionados en la cláusula 12.2, y en su interior incluirá los documentos indicados en la siguiente «relación de documentos».
Reglas generales. 44.1 Las empresas organizadas según métodos racionales de productividad y todas aquellas que se organicen en el futuro podrán adoptar un régimen de incentivo a la producción aceptando como punto xx xxxxxxx la actividad mínima o normal de 60 puntos Bedaux, 90 de la escala LMS (MTM) o 100 centesimales o cualquier otra medida de significación semejante en los sistemas admitidos.
Reglas generales. Sin perjuicio de lo que a continuación se dirá la distribución de la jornada anual respetará las siguientes reglas:
Reglas generales. Este sobre deberá presentarse en el caso que se encuentre exigido en el punto 31.1 de la Carátula, con los requisitos externos mencionados en la cláusula 12.2 anterior y, en su interior, incluirá los documentos indicados en la siguiente “relación de documentos”.
Reglas generales. Aparatos Personales Contenido Inapropiado
Reglas generales. Las ofertas permanecerán en poder y bajo custodia de Metro de Madrid hasta que se haya formalizado el contrato y no existan recursos o reclamaciones pendientes en relación con los actos de preparación y adjudicación contractual. En el caso de que la oferta de la empresa licitadora incumpla las previsiones del PCP, conllevará su exclusión del procedimiento de adjudicación. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, Metro de Madrid ordenará la apertura de la documentación administrativa y procederá luego a comprobar la integridad, suficiencia y validez de la misma. Si Metro de Madrid observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará a los licitadores interesados para que éstos corrijan o subsanen la documentación, o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Metro de Madrid, una vez calificada la documentación anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, procederá a determinar las ofertas que cumplen las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de lo exigido a efectos de documentación administrativa y, en su caso, a declarar excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato a las que no las cumplan. La exclusión deberá ser notificada a los licitadores interesados. En los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 25 del cuadro resumen del PCP, proceda la presentación de oferta técnica, Metro de Madrid: - Comprobará que la oferta técnica cumple los requisitos técnicos contemplados en el PPT. - Comprobará que la oferta técnica contiene los documentos mínimos que se exigen, en su caso, en el apartado 25 del cuadro resumen del PCP. Será excluida de la licitación aquella proposición que no incluya los documentos indicados como contenido mínimo en el apartado 25 del cuadro resumen del PCP, así como aquellas proposiciones que sean consideradas inviables desde el punto de vista técnico por no cumplir los requerimientos del PPT. En el caso de que se hayan establecido criterios de adjudicación cualitativos evaluables mediante juicios de valor en el apartado 27 del cuadro resumen, la puntuación correspondiente a dichos criterios se asignará conforme a lo previsto en el citado apartado. En el caso de que solo se hubiesen previsto en el apartado 27 del cuadro resumen criterios cualitativos evaluables mediante juicios de valor y ningún criterio cualitativo evaluable de forma automática por aplicación de fórmulas, serán excluidas ...
Reglas generales. Se podrán adjudicar contratos sin aplicar las NCP con sujeción a las siguientes reglas:
Reglas generales. Las decisiones adoptadas por la Delegatura para la Protección del Consumidor, la Dirección de Investigación de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones o la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de actos administrativos de carácter general expedidos en materia de protección al Consumidor, se incorporarán en este Capítulo Sexto, según lo señalado en la parte resolutiva de los mismos. * Capítulo Quinto, Derogado Mediante Resolución No. 35315 del 31 xx Xxxx de 2012, publicada en el Diario Oficial número 48.448 del 1 xx Xxxxx de 2012, así como el Anexo 2.6 Formulario General de Solicitud de Depósito.
Reglas generales. 1.Reglas sobre la competencia. Están prohibidos todos los acuerdos o convenios entre empresarios, las decisiones de asociaciones empresariales y las prácticas concertadas que, directa o indirectamente, tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia dentro del sistema financiero y asegurador. La Superintendencia Bancaria, de oficio o a petición de parte, podrá ordenar, como medida cautelar o definitivamente, que los empresarios se abstengan de realizar tales conductas, sin perjuicio de las sanciones que con arreglo a sus atribuciones generales pueda imponer.