Reglas generales Cláusulas de Ejemplo

Reglas generales. 1.- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente. 2.- La documentación y la oferta se presentarán en idioma castellano. 3.- El contenido de cada sobre, deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente. 4.- La presentación de la proposición supone por parte del empresario la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y los documentos de carácter contractual citados en el apartado 2 de la cláusula primera de este pliego.( Art. 145 del TRLCSP ). 5.- Recibida la proposición no podrá ser retirada por el licitador. 6.-En los sobres, según ▇▇▇▇▇▇▇, se incluirá también la documentación que se determine en la letra T del cuadro de características.
Reglas generales. Este sobre únicamente deberá presentarse en el caso de que se utilicen criterios de valoración de las ofertas cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor, y sea exigido en el ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ del punto 31.1 de la Carátula. Este sobre contendrá los requisitos externos mencionados en la cláusula 12.2, y en su interior incluirá los documentos indicados en la siguiente «relación de documentos».
Reglas generales. 1.1 El contrato se adjudicará mediante concurso público a tramitar por las reglas del procedimiento abierto regulado en el título V de las Instrucciones Internas de Contratación, sobre selección de contratista y adjudicación de los contratos, y conforme a su desarrollo en el apartado C de este pliego, que completa a tal fin las Instrucciones. 1.2 Queda excluida cualquier posibilidad de negociar los términos y condiciones del contrato. 1.3 No se podrá presentar más de una proposición por empresario, entendiéndose como presentación de propuesta la que se presente en unión temporal con otras empresas. La infracción de esta prescripción conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de adjudicación. 1.4 Las comunicaciones y el intercambio de información se podrá efectuar por correo postal o electrónico dirigiéndose, recíprocamente, a la persona designada por el órgano de contratación como mandatario o, en su caso, responsable del contrato o al representante o apoderado que hubiera designado el licitador a tal fin al presentar su propuesta, pudiéndose designar una dirección de correo electrónico en la que se realicen las notificaciones. 1.5 Los plazos por días relativos al procedimiento de adjudicación se entenderán referidos a días hábiles. Los plazos por días relativos a los efectos del contrato se computarán por días naturales. 1.6 El anuncio de licitación, que se publicará en la página web corporativa de WALQA, tiene por efecto la apertura del procedimiento de adjudicación. 1.7 El procedimiento de adjudicación se regirá por el presente pliego y las Instrucciones Internas de Contratación. Las prescripciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de contratación y las normas contenidas en las Instrucciones se interpretarán y aplicarán conforme a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación y eficiencia económica en la gestión de los recursos empresariales. El anuncio de licitación se identificará con el cuadro-resumen que, como apartado G, integra el pliego. 1.8 El concurso se decidirá y notificará al interesado que resulte adjudicatario dentro del término de los dos meses siguientes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de licitación en la página web corporativa de WALQA, sin perjuicio de la posibilidad facultativa de su publicidad previa, simultánea o ulterior, en prensa periódica de difusión regional o en prensa económica de difusión nacional. Los gastos a los que diera lugar la publicidad complementar...
Reglas generales. 44.1 Las empresas organizadas según métodos racionales de productividad y todas aquellas que se organicen en el futuro podrán adoptar un régimen de incentivo a la producción aceptando como punto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ la actividad mínima o normal de 60 puntos Bedaux, 90 de la escala LMS (MTM) o 100 centesimales o cualquier otra medida de significación semejante en los sistemas admitidos. 44.2 El régimen de remuneración con incentivo podrá establecerse, bien como complemento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ mínimo, bien quedando comprendido dentro del incentivo la parte correspondiente a dicho salario mínimo sea éste legal o pactado y garantizado el mínimo retributivo del Convenio a la actividad mínima o normal. 44.3 El hecho de hallarse establecidos con anterioridad a la entrada en vigor del Convenio sistemas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, tareas, destajos, comisiones o cualquier otro sistema de trabajo con incentivo no presupone que sean correctas las tareas, escalas de incentivos, tarifas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, comisiones y rendimientos asignados hasta el presente a cada puesto de trabajo. 44.4 Las empresas podrán revisar los sistemas de incentivos que apliquen para ajustar las retribuciones del Convenio a la actividad exigible según métodos racionalizados. 44.5 La fijación de los rendimientos exigibles, así como la implantación o modificación de sistemas de incentivos, surtirán efecto desde la fecha de su implantación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15.c). 44.6 Tanto en los sistemas de incentivos de nueva implantación como en la revisión de los existentes (salvo lo establecido en la cláusula transitoria primera), quedará garantizado que quienes trabajan a rendimiento medido percibirán a la actividad óptima o máxima un incremento retributivo del 33% de la remuneración que corresponda a la actividad mínima ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Convenio, y para rendimientos intermedios entre la actividad mínima y la óptima, incrementos proporcionales al resultante de la aplicación de la regla anterior.
Reglas generales. 1.1 El contrato se adjudicará mediante concurso público a tramitar por las reglas del procedimiento general establecido en este pliego. 1.2 Queda excluida cualquier posibilidad de negociar los términos y condiciones del contrato. 1.3 No se podrá presentar más de una proposición por empresario, entendiéndose como presentación de propuesta la que se presente en unión temporal con otras empresas. La infracción de esta prescripción conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de adjudicación. 1.4 Las comunicaciones y el intercambio de información se podrá efectuar por correo postal o electrónico dirigiéndose, recíprocamente, a la persona designada por el órgano de contratación como responsable del contrato o al representante o apoderado que hubiera designado el licitador a tal fin al presentar su propuesta, pudiéndose designar una dirección de correo electrónico en la que se realicen las notificaciones. 1.5 Los plazos por días relativos al procedimiento de adjudicación se entenderán referidos a días hábiles. Los plazos por días relativos a los efectos del contrato se computarán por días naturales. 1.6 El anuncio de licitación, que se publicará en la página web corporativa de ARAMON, MONTAÑAS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, S.A., tiene por efecto la apertura del procedimiento de adjudicación. 1.7 El procedimiento de adjudicación se regirá por el presente pliego cuyas prescripciones se interpretarán y aplicarán conforme a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación y eficiencia económica en la gestión de los recursos empresariales. El anuncio de licitación se identificará con el cuadro-resumen que, como apartado G, integra el pliego. 1.8 El concurso se decidirá y notificará al interesado que resulte adjudicatario dentro del término de los dos meses siguientes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de licitación en la página web corporativa de ARAMON, MONTAÑAS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, S.A., sin perjuicio de su publicidad previa, simultánea o ulterior en prensa periódica de difusión regional o en prensa económica de difusión nacional. Los gastos a los que dé lugar la publicidad complementaria serán de cuenta del empresario que finalmente pudiera resultar adjudicatario y así se hará constar en su publicidad. 1.9 El procedimiento se articulará en una fase única que comprenderá, por este orden, la calificación documental y la apertura de proposiciones técnica y económica, su valoración ordenada conforme a los criterio...
Reglas generales. Este sobre deberá presentarse en el caso estar exigido en el punto 31.1 de la Carátula, con los requisitos externos mencionados en la cláusula 12.2 y, en su interior, incluirá los documentos indicados en la siguiente “relación de documentos”.
Reglas generales. Aparatos Personales Contenido Inapropiado
Reglas generales. Las ofertas permanecerán en poder y bajo custodia de Metro de Madrid hasta que se haya formalizado el contrato y no existan recursos o reclamaciones pendientes en relación con los actos de preparación y adjudicación contractual. En el caso de que la oferta de la empresa licitadora incumpla las previsiones del PCP, conllevará su exclusión del procedimiento de adjudicación.
Reglas generales. Metro de Madrid adjudicará el contrato a la oferta que resulte mejor valorada en aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 26 del cuadro resumen del PCP, que se valorarán conforme a lo que dispone el apartado 27 del propio cuadro resumen. En caso de que no exista ninguna oferta admisible, Metro de Madrid declarará desierta la licitación, en su conjunto o respecto de los lotes para los que no existan ofertas.
Reglas generales. Las decisiones adoptadas por la Delegatura para la Protección del Consumidor, la Dirección de Investigación de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones o la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de actos administrativos de carácter general expedidos en materia de protección al Consumidor, se incorporarán en este Capítulo Sexto, según lo señalado en la parte resolutiva de los mismos.