Ámbito de aplicación 1. Son contratos del sector público y, en consecuencia, están sometidos a la presente Ley en la forma y términos previstos en la misma, los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes, organismos y entidades enumerados en el artículo 3.
DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Son derechos de suscriptor y/o usuario aquellos reconocidos a favor del usuario en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes:
IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".
OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:
LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a “Licitación Pública para la contratación del servicio de reequipamiento y mantenimiento integral preventivo y correctivo del sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Condiciones Particulares. El contrato será ejecutado con la modalidad orden de compra abierta, conforme lo regido por el Artículo 40 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4764, y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014. Durante la vigencia del contrato se solicitará la realización de los servicios requeridos y según detalle de prestaciones específicas técnicas, contenidos y el sistema integral de video vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, descripto en el Pliego de Especificaciones Técnicas que complementa al presente, y que forma parte integrante del mismo, en un todo de acuerdo a los términos xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14) que se completa, aclara y perfecciona mediante el presente Pliego. RENGLÓN DESCRIPCIÓN 1 REEQUIPAMIENTO (según detalle xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas) 2 A MANTENIMIENTO INTEGRAL. Valor fijo mensual por cámara (según PET) 2B SUMINISTRO de partes y piezas (según PET) Atento la naturaleza esencial del objeto de esta Licitación, cada oferente deberá integrar su oferta en forma total y comprensiva de las cantidades y características de las prestaciones especificadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, sin que se admitan ofertas parciales ni ofertas por parte de los renglones. Cada oferente deberá contemplar, en razón del cronograma de implementación de la Policía Metropolitana, lo establecido en el Anexo xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS “LA EMPRESA” se obliga con “EL AYUNTAMIENTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL AYUNTAMIENTO” o a terceros, si con motivo de la contratación objeto del presente Contrato se viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad Intelectual, en tal virtud, “LA EMPRESA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y La Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL AYUNTAMIENTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste, será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “LA EMPRESA”, para que ésta, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $22,091.20 (Veintidós Mil Noventa y Un Pesos 20/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------------------------