SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-4703-2014, de fecha 19 de diciembre de 2014, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 2015, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
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SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6DGPyP-6-47030128-20142019, de fecha 19 15 de diciembre enero de 20142019, emitido por la Dirección General de Programación, Organización Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 20152019, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitaciónLicitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM INPRFM, sólo pagará el Impuesto impuesto al Valor Agregado valor agregado (I.V.A.).
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Samples: Licitación Pública Nacional
SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-47034147-20142016, de fecha 19 21 de diciembre de 20142016, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 20152017, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 20162018, 2017 2019 y 20182020, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitaciónLicitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
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Samples: Licitación Pública Nacional
SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-4703-2014, de fecha 19 de diciembre de 2014, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 2015, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).I.V.A.).
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SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-47034147-20142016, de fecha 19 21 de diciembre de 20142016, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 20152017, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitaciónLicitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM INPRFM, sólo pagará el Impuesto impuesto al Valor Agregado valor agregado (I.V.A.). Los gastos de expedición de póliza que correspondan serán con cargo al INPRFM.
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SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-47034147-20142016, de fecha 19 21 de diciembre de 20142016, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 20152017, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 20162018, 2017 2019 y 20182020, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
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SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA. El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPOP-6-47034457-20142015, de fecha 19 18 de diciembre de 20142015, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 20152016, quedando supeditados los compromisos de pago que se deriven, para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, a la disponibilidad presupuestal que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados para esta entidad, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM INPRFM, sólo pagará el Impuesto impuesto al Valor Agregado valor agregado (I.V.A.). Los gastos de expedición de póliza que correspondan serán con cargo al INPRFM.
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