TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES otorgan su i) Teléfono Móvil. - Dispositivo del CLIENTE que recibirá mensajes de texto o datos, y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Factores de Autenticación, Claves de Acceso, la formalización del presente Contrato, el uso de su información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFS. ii) Operador Telefónico. - El CLIENTE podrá accesar a este Servicio digitando su Firma Electrónica y/o Claves de Acceso y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE autoriza a SFS, a grabar las Instrucciones verbales telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE desee realizar, aceptando desde ahora que SFS tendrá la grabación como Factor de Autenticación de las mismas. Tales grabaciones serán propiedad exclusiva de SFS y que su contenido tendrá el valor probatorio que las leyes le otorguen. iii) Cajero Automático. - El CLIENTE accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras mediante la utilización de la Tarjeta de Crédito, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de Crédito. iv) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE podrá utilizar este sistema o Servicio Electrónico a través de la Tarjeta de Crédito. v) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación o Instrucción relacionada con el Contrato y/o con las operaciones realizadas. vi) Aplicación móvil. - El CLIENTE podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFS, a través de cualquier Medio de Comunicación. El CLIENTE únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas que los Servicios Electrónicos antes señalados le permitan, o en su caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través de cualquier Medio de Comunicación; manifestando LAS PARTES expresamente que el acuerdo o autorización relacionado con cada Operación Electrónica pactada, se tendrá por perfeccionado para todos los efectos legales a que haya lugar al momento en que el sistema o Servicio Electrónico utilizado le proporcione el Número de Autorización.
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TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES Ambas partes otorgan susu consentimiento en someterse a las siguientes disposiciones que serán aplicables para cada uno de los Sistemas Electrónicos:
ia) Teléfono Móvil. - Móvil.- Dispositivo del CLIENTE Cliente en el que recibirá mensajes de texto o datos, datos que contendrán códigos confidenciales y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Factores que servirán para la autorización de Autenticación, Claves de Acceso, la formalización del presente Contrato, el uso de su información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar las operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFSelectrónicas.
iib) Operador Telefónico. - El CLIENTE podrá accesar a este Servicio Cliente accesará al Operador Telefónico digitando su Firma Electrónica y/o Claves de Acceso en las teclas del aparato telefónico y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE Cliente será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE El Cliente autoriza a SFS, S.F.S. a grabar todas las Instrucciones verbales conversaciones telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE desee realizarmantengan, aceptando desde ahora que SFS S.F.S. no tendrá la grabación obligación de informarle, en su momento, que se están grabando dichas conversaciones telefónicas, así como Factor de Autenticación de las mismas. Tales que tales grabaciones serán propiedad exclusiva de SFS S.F.S. S.F.S. y que su contenido tendrá el valor probatorio producirá los mismos efectos que las leyes le otorguenotorgan a los documentos suscritos por las partes, teniendo en consecuencia el mismo valor probatorio.
iiic) Cajero Automático. - El CLIENTE Cliente accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras al Cajero Automático mediante la utilización de la Tarjeta de CréditoTarjeta, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de CréditoClave Confidencial.
ivd) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE Cliente podrá utilizar este sistema o Servicio Sistema Electrónico a través de la Tarjeta de CréditoTarjeta.
ve) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica Internet.- Cuando S.F.S. habilite el uso de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, datos para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación aviso o Instrucción instrucción relacionada con el Contrato y/o con las operaciones realizadascontrato.
vif) Aplicación móvil. - Dispositivo digital móvil (TOKEN).- El CLIENTE Cliente podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFS, S.F.S. y que le informe a través de cualquier Medio de Comunicación, las condiciones y términos de uso y restricciones del aplicativo. El CLIENTE Cliente únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas que los Servicios Sistemas Electrónicos antes señalados le permitan, o en su caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través de cualquier Medio de Comunicación; manifestando LAS PARTES expresamente saber que el acuerdo o autorización de voluntades relacionado con cada Operación Electrónica pactada, pactada a través de los mismos se tendrá por perfeccionado perfeccionado, para todos los efectos legales a que haya lugar lugar, al momento en que el sistema o Servicio Electrónico utilizado le proporcione el Número de Autorización.
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TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES otorgan susu consentimiento en someterse a las siguientes disposiciones que serán aplicables para cada uno de los Servicios Presenciales, Telefónicos y Electrónicos:
i) Teléfono Móvil. - Dispositivo del CLIENTE que recibirá mensajes de texto o datos, y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Factores de Autenticación, Claves de Acceso, la formalización del presente Contrato, el uso de su información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFS.
ii) Operador Telefónico. - El CLIENTE podrá accesar a este Servicio digitando su Firma Electrónica y/o Claves de Acceso y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE autoriza a SFS, a grabar las Instrucciones verbales telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE desee realizar, aceptando desde ahora que SFS tendrá la grabación como Factor de Autenticación de las mismas. Tales grabaciones serán propiedad exclusiva de SFS y que su contenido tendrá el valor probatorio que las leyes le otorguen.
iii) Cajero Automático. - El CLIENTE accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras mediante la utilización de la Tarjeta de Crédito, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de Crédito.
iv) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE podrá utilizar este sistema o Servicio Electrónico a través de la Tarjeta de Crédito.
v) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación o Instrucción relacionada con el Contrato y/o con las operaciones realizadas.
vi) Aplicación móvil. - El CLIENTE podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFS, a través de cualquier Medio de Comunicación. El CLIENTE únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas que los Servicios Electrónicos antes señalados le permitan, o en su caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través de cualquier Medio de Comunicación; manifestando LAS PARTES expresamente que el acuerdo o autorización relacionado con cada Operación Electrónica pactada, se tendrá por perfeccionado para todos los efectos legales a que haya lugar al momento en que el sistema o Servicio Electrónico utilizado le proporcione el Número de Autorización.
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Samples: Contrato De Apertura De Crédito
TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES Ambas partes otorgan susu consentimiento en someterse a las siguientes disposiciones que serán aplicables para cada uno de los Servicios Electrónicos:
i) Teléfono Móvil. - Móvil.- Dispositivo del CLIENTE Cliente que recibirá mensajes de texto o datos, y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Factores de Autenticación, Claves de Acceso, Electrónica la formalización del presente Contrato, así como el uso de su la información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFSSolicitud.
ii) Operador Telefónico. - El CLIENTE Cliente podrá accesar a este Servicio en caso de que S.F.S. estén disponibles para el Cliente digitando su Firma Electrónica y/o Claves de Acceso en las teclas del aparato telefónico y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE Cliente será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE Cliente autoriza a SFSS.F.S., a grabar las Instrucciones instrucciones verbales telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE Cliente desee realizar, aceptando desde ahora que SFS S.F.S. tendrá la grabación como Factor de Autenticación de las mismas. Tales grabaciones serán propiedad exclusiva de SFS S.F.S. y que su contenido tendrá el valor probatorio que las leyes le otorguen.
iii) Cajero Automático. - Automático.- El CLIENTE Cliente accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras al Cajero Automático mediante la utilización de la Tarjeta de CréditoTarjeta, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de CréditoClave Confidencial.
iv) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE Cliente podrá utilizar este sistema o Servicio Electrónico a través de la Tarjeta de CréditoTarjeta.
v) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica Internet.- Cuando S.F.S. habilite el uso de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, datos para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación o Instrucción instrucción relacionada con el Contrato y/o con las operaciones realizadasContrato.
vi) Aplicación móvil. - Dispositivo digital o móvil (token).- El CLIENTE Cliente podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFSS.F.S., y que le informe a través de cualquier Medio de Comunicación, las condiciones y términos de uso y restricciones del aplicativo. El CLIENTE Cliente únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas operaciones electrónicas que los Servicios Electrónicos antes señalados le permitan, o en su caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS S.F.S. ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través de cualquier Medio de Comunicación; manifestando LAS PARTES las Partes expresamente que el acuerdo o autorización relacionado con cada Operación Electrónica pactada, se tendrá por perfeccionado para todos los efectos legales a que haya lugar al momento en que el sistema o Servicio Electrónico utilizado le proporcione el Número de Autorización.
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TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES otorgan su
su consentimiento en someterse a las siguientes disposiciones que serán aplicables para cada uno de los Servicios Presenciales, Telefónicos y Electrónicos: i) Teléfono Móvil. - Dispositivo del CLIENTE que recibirá por medio del cual podrá contratar productos o servicios, recibir mensajes de texto o datos, y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Electrónica y/o Factores de Autenticación, Claves de Acceso, la formalización del presente Contrato, el uso de su información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFS.
. ii) Operador Telefónico. - El CLIENTE podrá accesar a este Servicio digitando su Firma Electrónica y/o Claves Factores de Acceso Autenticación y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE autoriza a SFS, a grabar las Instrucciones verbales telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE desee realizar, aceptando desde ahora que SFS tendrá la grabación como Factor de Autenticación de las mismas. Tales grabaciones serán propiedad exclusiva han sido utilizados en forma indebida o bien cuando SFS detecte algún error en la Instrucción respectiva. b) Para el acceso de los CLIENTES a los distintos Servicios Electrónicos que en su caso estén disponibles al CLIENTE, SFS y proporcionará los distintos medios de autenticación para el acceso a los mismos, los cuales se citan en el apartado de Definiciones bajo el concepto de Factores de Autenticación. Sin éstos, el CLIENTE no podrá utilizar los servicios que su contenido tendrá se describen en el valor probatorio que las leyes le otorguen.
iiipresente Contrato. c) Cajero Automático. - El CLIENTE accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras mediante la utilización de la Tarjeta de Créditoreconoce que podrá contratar, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de Crédito.
iv) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE podrá utilizar este sistema o Servicio Electrónico a través de la Tarjeta de Crédito.
v) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación o Instrucción relacionada con el Contrato modificar y/o con las operaciones realizadas.
vi) Aplicación móvil. - El CLIENTE podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFS, a través cancelar cualquiera de cualquier Medio de Comunicación. El CLIENTE únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas que los Servicios Electrónicos antes señalados le permitanque, o en su todo caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través del Centro de cualquier Medio Atención Telefónica, de Comunicación; manifestando LAS PARTES expresamente la aplicación móvil o del Portal de Internet, debiendo utilizar el Factor de Autenticación correspondiente. d) SFS bloqueará las Claves de Acceso temporalmente, en caso de que el acuerdo o autorización relacionado con cada Operación Electrónica pactadaCLIENTE introduzca una clave errónea por tres (3) ocasiones consecutivas, se tendrá por perfeccionado para todos los efectos legales a que haya lugar al momento lo cual la única manera en la que el sistema CLIENTE podrá desbloquear las Claves de Acceso será directamente en el Portal de Internet o Servicio Electrónico utilizado le proporcione mediante la aplicación móvil. e) En caso de inactividad en el Número servicio, SFS dará por terminada la sesión después de Autorizaciónveinte (20) minutos.
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TIPOS DE MEDIOS. ELECTRÓNICOS.- LAS PARTES Ambas partes otorgan susu consentimiento en someterse a las siguientes disposiciones que serán aplicables para cada uno de los Servicios Electrónicos:
i) Teléfono Móvil. - Móvil.- Dispositivo del CLIENTE Cliente que recibirá mensajes de texto o datos, y por medio del cual el CLIENTE autorizará con su Firma Electrónica, Factores de Autenticación, Claves de Acceso, Electrónica la formalización del presente Contrato, así como el uso de su la información y de los datos previstos en la Pre-Solicitud y Solicitud de Contrato, así como realizar operaciones y consultas por medio de la Aplicación Móvil de SFSSolicitud.
ii) Operador Telefónico. - Telefónico.- El CLIENTE Cliente podrá accesar a este Servicio en caso de que haya disponibilidad de SFM, al Operador Telefónico digitando su Firma Electrónica y/o Claves de Acceso en las teclas del aparato telefónico y, una vez realizada dicha digitación, el CLIENTE Cliente será atendido por un operador a través del cual podrá pactar, mediante Instrucciones verbales, las Operaciones Electrónicas que el operador le permita. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE Cliente autoriza a SFSSFM, previo aviso y autorización a grabar las Instrucciones instrucciones verbales telefónicas que el operador permita y que el CLIENTE Cliente desee realizar, aceptando desde ahora que SFS SFM tendrá la grabación como Factor de Autenticación de las mismas. Tales grabaciones serán propiedad exclusiva de SFS SFM y que su contenido tendrá el valor probatorio que las leyes le otorguen...
iii) Cajero Automático. - Automático.- El CLIENTE Cliente accesará a los Cajeros Automáticos de las entidades financieras al Cajero Automático mediante la utilización de la Tarjeta de CréditoTarjeta, debiendo digitar su NIP de la Tarjeta de CréditoClave Confidencial.
iv) Terminal Punto de Venta.- El CLIENTE Cliente podrá utilizar este sistema o Servicio Electrónico a través de la Tarjeta de CréditoTarjeta.
v) Portal de Internet. – El CLIENTE podrá ingresar a la dirección electrónica Internet.- Cuando SFM habilite el uso de SFS para consultar Productos, Programas y Servicios Adicionales, datos para confirmar, enviar, consultar o autorizar cualquier comunicación, aviso, notificación o Instrucción instrucción relacionada con el Contrato y/o con las operaciones realizadasContrato.
vi) Aplicación móvil. - Dispositivo digital o móvil (token).- El CLIENTE Cliente podrá acceder a dispositivos digitales o móviles que sean habilitados e informados por SFSSFM, y que le informe a través de cualquier Medio de Comunicación, las condiciones y términos de uso y restricciones del aplicativo. El CLIENTE Cliente únicamente podrá pactar las Operaciones Electrónicas operaciones electrónicas que los Servicios Electrónicos antes señalados le permitan, o en su caso, de cualesquier otro medio electrónico que SFS SFM ponga a su disposición y le haga de su conocimiento a través de cualquier Medio de Comunicación; manifestando LAS PARTES las Partes expresamente que el acuerdo o autorización relacionado con cada Operación Electrónica pactada, se tendrá por perfeccionado para todos los efectos legales a que haya lugar al momento en que el sistema o Servicio Electrónico utilizado le proporcione el Número de Autorización.
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