Derechos de terceros. El contratista garantizará que los resultados del trabajo no estén sujetos a derechos de propiedad intelectual ni de otra índole a favor de terceros que pudieran restringir la utilización de los mismos conforme al apartado 1.9.3. El contratista mantendrá indemne a la GIZ frente a toda reclamación de terceros en relación con la cesión o el ejercicio de los derechos de explotación descritos en el apartado 3.1, y le reembolsará los costos derivados de la defensa legal de dichos derechos.
Derechos de terceros. Únicamente el Colegio y los Padres son partes de este contrato. Ni el Alumno/a ni ningún tercero es parte de ello. Los actos y omisiones de los Padres son vinculantes respeto al Alumno/a y viceversa en cuanto a asuntos de comportamiento, disciplina y Cuotas. Todas las solicitudes y autoridades por parte de los Padres se consideran hechas en nombre del Alumno/a y viceversa.
Derechos de terceros. 5.1. La Aplicación puede incluir software de terceros según se enumera en la URL a continuación (en adelante, “Software de terceros”). Si utiliza el Software de terceros, también deberá cumplir con los términos y las condiciones aplicables que se establecen en la URL a continuación. Si existe un conflicto entre los términos de este Acuerdo y los términos del Software de terceros, los términos del Software de terceros serán aplicables en la medida en que usted use el Software de terceros. La Compañía no es responsable de dicho Software de terceros.
5.2. Con relación a algunas partes de la Aplicación, quienes otorgan la licencia al Licenciante son terceros beneficiarios del presente Acuerdo. El Licenciante podrá ejecutar a su beneficio la renuncia de la garantía, la limitación de los términos y las resoluciones de responsabilidad aplicables a dichas partes de la Aplicación del presente Acuerdo. El Acuerdo puede ser rescindido si el Licenciante se viera obligado a proteger sus derechos de propiedad intelectual u otros derechos.
Derechos de terceros. Este SOFTWARE puede incluir software de terceros según se enumera en la URL a continuación (en adelante, el “Software de terceros”). Si utiliza el Software de terceros, también deberá cumplir con los términos y las condiciones aplicables que se establecen en la URL a continuación. Si existe un conflicto entre los términos de este Acuerdo y los términos del Software de terceros, los términos del Software de terceros serán aplicables en la medida en que usted use el Software de terceros. La Compañía no es responsable de dicho Software de terceros.
Derechos de terceros. Las partes no tienen la intención de que ninguno de los términos de estas Condiciones Generales o del ERPA sea exigible en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 por una persona que no sea Parte en este acuerdo.
Derechos de terceros. 28. En el momento en que los contenidos digitales se suministran al consumidor deben estar libres de derechos de terceros, incluidos los basados en propiedad intelectual, de forma que los contenidos digitales puedan utilizarse de acuerdo con el contrato.
29. Cuando los contenidos digitales se suministren durante un periodo de tiempo, el proveedor mantendrá, durante dicho periodo, los contenidos digitales suministrados al consumidor libres de derechos de terceros, incluidos los relacionados con la propiedad intelectual, de forma que los contenidos digitales puedan utilizarse de acuerdo con el contrato.
Derechos de terceros. Dado que la relación jurídica del presente contrato se establece exclusivamente con el Tomador del seguro o el Asegurado, el posible derecho de terceros se entenderá limitado al percibo de la indemnización, si correspondiera, sin que puedan intervenir en la tramitación del siniestro; y les afectarán las reducciones o pérdidas de derechos en que hubiera incurrido el Tomador del seguro o el Asegurado, salvo lo dispuesto en la Ley para los casos en que existan acreedores hipotecarios, pignoraticios o privilegiados.
Derechos de terceros. El contratista garantiza que los resultados del trabajo y los materiales preexistentes aportados no están sujetos a derechos de la propiedad intelectual ni de otra índole a favor de terceros que pudieran restringir su utilización en la extensión arriba descrita. El contratista defenderá a la GIZ ante cualquier reclamación derivada del incumplimiento de un derecho de propiedad industrial, de un derecho de autor, u de otros derechos afines mediante el uso contractual de los resultados del trabajo y los materiales preexistentes y se hará cargo de los costes y la cuantía de la indemnización por daños y perjuicios impuestos judicialmente, siempre y cuando la GIZ informe sin demora al contratista de dichas reclamaciones y si se reservan al contratista todas las medidas de defensa y negociaciones de conciliación. No ha lugar a la anterior obligación del contratista si este no fuere responsable de la infracción.
Derechos de terceros. Una persona que no sea parte del Contrato no puede hacer cumplir ninguno de sus términos en virtud de la Ley de Contratos xxx Xxxxx Unido (Derechos de Terceros) de 1999 o de otro modo.
Derechos de terceros. XXXXXXX declara y garantiza al Patrocinador que no otorgó ni otorgará a otra persona u organización que no sea el Patrocinador ningún derecho u oportunidad de publicidad, promoción o marketing en relación con los JOJ como tampoco ningún derecho a usar las Marcas JOJ o Designaciones JOJ con respecto a los Productos/Servicios, dentro del Territorio durante el Plazo, Sin perjuicio de ello, XXXXXXX podrá otorgar derechos de suministros a terceros con relación a los Productos / Servicios, siempre que ello no implique una asociación a derechos de marketing otorgados.